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C. MINISTERIO DE HACIENDA

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1. Con arreglo al Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, el Ministerio de Hacienda es uno de los que componen la Administración General del Estado.

2. El artículo 5.1 del Real Decreto que acaba de ser invocado precisa que: «Corresponde al Ministerio de Hacienda la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de Hacienda pública, de Presupuestos y de gastos, además del resto de competencias y atribuciones que le confiere el ordenamiento jurídico».

3. El Ministerio de Hacienda –agrega el artículo 5.2 del Real Decreto 2/2020– «Se estructura en los siguientes órganos superiores:

a) La Secretaría de Estado de Hacienda.

b) La Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos».

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