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Normativa básica aplicable a las medidas de regulación de empleo
Luis Pérez Capitán
Sumario:
2. Normativa básica aplicable a las medidas de regulación de empleo
2. NORMATIVA BÁSICA APLICABLE A LAS MEDIDAS DE REGULACIÓN DE EMPLEO
En la actualidad, la normativa principal que regula las medidas de regulación de empleo se halla formulada básicamente en los siguientes textos:
• Artículos 12.4 e), 47, 51 y Disposiciones Adicionales 16.ª y 17.ª del Estatuto de los Trabajadores (desde ahora ET), Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Estos no son los únicos preceptos del ET que debemos tener en cuenta para el análisis de nuestra materia. Los artículos 41, 49, 52 y 53 de este cuerpo legal son algunos de aquellos que podemos considerar imprescindibles para el entendimiento de las medidas de regulación de empleo.
• Art. 64 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, modificada Ley 38/2011, de 10 de octubre, también modificado por el Real Decreto-ley 11/2013, de 2 de agosto, para la protección de los trabajadores a tiempo parcial y otras medidas urgentes en el orden económico y social. A partir del 1 de septiembre, es necesario tener en cuenta la vigencia del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal, principalmente arts. 169 a 185.
• Capítulo IV del Título II del Libro II de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social (desde ahora LJS), con las importantes modificaciones introducidas por la Ley 3/2012, de 6 de julio y del Real Decreto-ley 11/2013 y, por último por la Ley 1/2014, de 28 de febrero, para la protección de los trabajadores a tiempo parcial y otras medidas urgentes en el orden económico y social.
• Real Decreto 1483/2012, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada, con los cambios introducidos por el Real Decreto-ley 11/2013, de 2 de agosto, para la protección de los trabajadores a tiempo parcial y otras medidas urgentes en el orden económico y social y la Ley 1/2014, de 28 de febrero, para la protección de los trabajadores a tiempo parcial y otras medidas urgentes en el orden económico y social.
• Directiva 98/59/CE, de 20 de julio de 1998, del Consejo sobre aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros que se refieren a los despidos colectivos, en la cual es ámbito geográfico al que se refiere el período temporal en el que se produzcan los ceses o suspensiones es el centro de trabajo.
• Convenio 158 de la OIT, sobre la terminación de la relación de trabajo por iniciativa del empleador, ratificado por España el 18 de febrero de 1985.
• Disposición Adicional Decimotercera del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
• Disposición Adicional 16.ª de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, de actualización, adecuación y modernización del Sistema de Seguridad Social, en la redacción de la Ley 3/2012, de 6 de julio, referida a las aportaciones económicas a realizar por las empresas con beneficios que realicen despidos colectivos que afecten a trabajadores de cincuenta o más años desarrollada por Real Decreto 1484/2012, de 29 de octubre, sobre las aportaciones económicas a realizar por las empresas con beneficios que realicen despidos colectivos que afecten a trabajadores de cincuenta o más años. Regulación modificada por el Real Decreto-ley 5/2013, de 15 de marzo, sobre medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo y el Real Decreto-ley 16/2013, de 20 de diciembre, de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores.
• La normativa derivada del COVID-19 se expone en su capítulo específico.