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II. DESARROLLOS NORMATIVOS EN MATERIA DE DEBIDA DILIGENCIA Y CAMBIO CLIMÁTICO

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Las empresas son uno de los actores que más contribuyen al cambio climático. En este sentido, el informe del climatólogo Richard HEEDE, que analizó las emisiones de CO2 en función de las entidades productoras de carbono, descubrió que casi dos tercios de las emisiones mundiales desde 1850 hasta 2010 podían atribuirse a 90 empresas de las industrias del petróleo, el carbón y el gas9. En particular, la quema de combustibles fósiles que se ha utilizado para producir energía a gran escala desde el inicio de la Revolución Industrial ha sido una de las principales causas de la liberación de CO2 en la atmósfera. A su vez, el CO2 es el principal gas que contribuye a atrapar el calor emitido por la tierra en la atmósfera, creando el llamado efecto invernadero que da lugar consecuentemente al calentamiento global. Así, se ha señalado que “existe una relación directa y lineal entre las emisiones de gases de efecto invernadero provocadas por el ser humano, en parte debida a la quema de combustibles fósiles, y el calentamiento global”10. Esto significa que las empresas de combustibles fósiles tienen un considerable grado de responsabilidad en el cambio climático. Puede decirse que estas empresas tienen al menos una responsabilidad moral o ética en este ámbito, la cual se identifica cada vez más con una obligación legal de asumir un papel activo en la lucha contra el cambio climático. Para cumplir con esa responsabilidad, las empresas deben ejercer una debida diligencia.

La lucha en clave judicial frente al cambio climático

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