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2.3. RECURSOS INDIVIDUALES DE LAS EMPRESAS DISPONIBLES A ESCALA LOCAL, HACIENDO ABSTRACCIÓN DE SU TAMAÑO

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En la valoración de los recursos individuales para licitar autónomamente, el tamaño de la empresa se ha considerado como un elemento a tomar, a priori, en consideración. No obstante, que las empresas que cooperan en UTE sean grandes multinacionales no ha conducido a que su colaboración se considerase, automáticamente, incompatible, si las características concretas de la licitación en cuestión justificaban la colaboración.

Así, se declaró compatible una UTE entre Lafarge y Cemex6) para el suministro de hormigón, aun reconociéndose que ambas empresas eran, obviamente, de gran tamaño y que disponían individualmente de capacidad suficiente para suministrar el hormigón requerido, en el área de suministro. No obstante, la constitución de la UTE, en estas circunstancias, se consideró compatible, pues el cliente había impuesto unas «fortísimas garantías» para asegurarse de que el suministro no fallase y podían llegar a darse elevados picos de demanda.

Anuario de Derecho de la Competencia 2017

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