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6.1. Seguridad en la manipulación

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Los fluidos frigorígenos siempre serán manipulados por personal profesional habilitado en plantilla de las empresas frigoristas, que estarán autorizados para realizar operaciones de recuperación, limpieza y reutilización de refrigerantes, evitándose cualquier peligro a personas o bienes, así como su emisión a la atmósfera.

En el manual de instrucciones de la instalación se incluirán las indicaciones relativas a la manipulación del refrigerante y los riesgos asociados a dicha actividad.

Las empresas frigoristas deberán llevar un registro normalizado informatizado en el que se reflejarán todas las operaciones realizadas con fluidos frigorígenos, y se entregará anualmente al órgano competente de la comunidad autónoma. El registro deberá contener los siguientes apartados:

1 Fecha de la operación.

2 Tipo de operación realizada: adquisición, cesión, carga del sistema, recuperación, entrega a gestor.

3 Tipo y cantidad de refrigerante.

4 Persona competente responsable de la operación.

5 Distribuidor, empresa frigorista, instalación, o gestor de residuos autorizado, según proceda en función del tipo de operación.

6 Número de factura o contrato.

Toda operación será registrada en las 24 horas siguientes a haberse realizado.

La forma en la que se manipule el refrigerante deberá decidirse antes de comenzar a trabajar con él, de manera que las pérdidas de fluido que se produzcan sean mínimas. Antes de realizar cualquier operación con envases de refrigerantes se deben efectuar pruebas de presión y de estanqueidad en el circuito para comprobar que no hay fugas y que funciona todo perfectamente, procurando no emitir refrigerantes a la atmósfera y si no se pueden evitar, intentar que sean las menos posibles. Si se tiene que realizar cualquier operación de carga, recuperación, limpieza o reutilización de frigorígeno se tendrán en cuenta algunas consideraciones:

1 Nunca debe conectarse un envase a una línea frigorífica que tenga mayor presión que el envase ni a tuberías con refrigerante líquido cuya presión sea suficiente para provocar retorno de refrigerante hacia el envase, ya que el retorno del fluido puede provocar errores de carga y sobrellenado del envase, con una elevación de la presión que haga estallar el recipiente o abrirse la válvula de seguridad en caso de que la hubiera.

2 El refrigerante que se introduzca en el sistema deberá ser medido en masa o volumen, mediante balanza o dispositivo de carga volumétrica, aparatos analíticos preparados específicamente para medir dichos parámetros. Antes de introducir cualquier tipo de refrigerante en un sistema debe comprobarse que el contenido del envase es el mismo a introducir, ya que una carga de sustancias equivocadas puede ocasionar accidentes.


Cilindro de carga


Balanza electrónica

1 Los envases refrigerantes, no se deben golpear, ni dejar caer, ni exponer a radiaciones térmicas durante el llenado o el vaciado de la instalación.

En cualquier manipulación se debe tener presente el Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual. En el caso de las instalaciones frigoríficas, frente a la posibilidad de quemaduras por congelación al entrar en contacto con refrigerantes líquidos, deberá recurrirse al uso de protección para ojos, cara, manos, pies y piernas en función de la cantidad y tipo de refrigerante que se use.


Nota

Tras la finalización del llenado o vaciado del sistema el envase de fluido frigorígeno tiene que retirarse.

Puesta en marcha y regulación de instalaciones de climatización y ventilación-extracción. IMAR0208

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