Читать книгу La vigencia del Código Civil de Andrés Bello - Varios autores - Страница 11

1. INTRODUCCIÓN

Оглавление

Estos días en los que soplan vientos de cambio constituyen un buen momento para detenernos a reflexionar en el punto de partida, en nuestro Código, el Código de don Andrés Bello, un código “latinoamericano” en todo el sentido de la palabra. Dicen algunos que el Código de Bello ha cumplido su ciclo; otros ya han firmado su acta de defunción aduciendo que la mayor parte de la regulación del derecho privado se encuentra en leyes especiales, que este código, vetusto, debe ser reemplazado. Sin el ánimo de quedarnos rumiando las viejas glorias de nuestra materia1, quisiera hacer uso, en estos tiempos que acosan a este código en su lecho de muerte, de ese dicho popular según el cual “no hay muerto malo”, para señalar una bondad de ese código que puede seguir ocupando el lugar de “tradición” en nuestro derecho patrio; “tradición” lejos de ser entendida como el apego a las viejas instituciones, sino comprendida en su verdadero sentido de continua superación de la historia2.

¿Por qué es útil pensar en lo qué debemos conservar de este código en tiempos de “actualización” del derecho privado en Colombia? No solo la doctrina y la jurisprudencia están familiarizadas con muchas categorías conceptuales de este código que aún son derecho vivo, sino que el modelo de este código nos permite un diálogo con el resto de América Latina, en tiempos de armonización del derecho latinoamericano. Pues bien, una de las cosas que podemos conservar del gran Código de Bello es su sistemática, en la que la persona ocupa un lugar “primordial”.

La vigencia del Código Civil de Andrés Bello

Подняться наверх