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14. SAP MADRID DE 11 DE SEPTIEMBRE 201122. DEFENSA JURÍDICA EN PROCEDIMIENTOS PENALES

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Esta sentencia conoció del caso “Forum Filatélico”, debatiéndose la cobertura y el alcance de los gastos de defensa jurídica de la póliza respecto de los hechos cubiertos por la misma. La Audiencia considera con carácter previo que hay que concretar el contenido de la póliza suscrita por Forum Filatélico y cuál era el objeto del contrato, cuáles las coberturas, exclusiones, definición de conceptos utilizados en la misma, y en último lugar qué se incluía en la póliza respecto de la defensa de los asegurados, para resolver si lo contratado fue un seguro de responsabilidad de administradores en el que se incluía la asistencia jurídica de los asegurados o por el contrario estaba incluido el seguro “de defensa jurídica” del art. 76 a) LCS, y partiendo de estas diferencia si en todo caso el seguro cubre o no la defensa penal por delito doloso.

La distinción no era baladí, ni por el monto de la defensa (más de 7 millones de euros) ni por el concepto (defensa penal por hechos penales). La sentencia considera relevantes dos datos: el primero que solo estaban cubiertos los gastos para aquellos supuestos en los que fuera en proceso penal o civil demandado, es decir, los gastos derivados de su legitimación pasiva, no activa, y en segundo lugar, la cobertura de la póliza, porque examinada la misma se comprueba que solo se cubría la responsabilidad por actos negligentes, culposos, no por actos dolosos.

Concluye la sentencia razonando que en el marco de un proceso penal iniciado por una conducta negligente pudiera resultar que la condena fuera por un hecho doloso, o una culpa grave, no cubierta, y es en ese supuesto en el que tiene su razón de ser la obligación de reembolsar, pero en este caso el supuesto es inverso, es un proceso penal no inicialmente seguido por una conducta reprochable a título de culpa o negligencia, sino por una conducta dolosa lo que no está cubierto, no debiéndose confundir lo que es la defensa penal o asistencia penal en su caso, con la cobertura del acto ilícito.

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