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VI. Conclusiones

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El derecho a la igualdad y la no discriminación y el derecho a un acceso efectivo a la justicia en igualdad de condiciones con las demás personas, están estrechamente vinculados al disfrute de los derechos humanos por las personas con discapacidad, de ahí su especial importancia. Y aunque todavía queda mucho por hacer para conseguir la plena igualdad en el acceso a la justicia de las personas con discapacidad, nuestro país está dando los pasos necesarios para lograrlo.

El legislador ha tomado conciencia de que las personas con discapacidad siguen afrontando importantes obstáculos para lograr la igualdad y la no discriminación, así como el acceso efectivo a la justicia en igualdad de condiciones con las demás personas y, con más o menos acierto, ha llevado a cabo en los últimos años una importante serie de reformas legislativas, promoviendo, por un lado, la inclusión de las personas con discapacidad en todos los planes y programas de políticas públicas y, por otro lado, mediante la promulgación de normas centradas específicamente en la discapacidad, para adaptar nuestro ordenamiento jurídico a las directrices de la CDPD, aprobando leyes y políticas para abordar y reducir las desigualdades, facilitando la accesibilidad, y trabajando activamente para modificar las percepciones y las actitudes negativas presentes en nuestra sociedad; aplicando leyes y políticas que garanticen que las personas con discapacidad tengan acceso a la información necesaria para defender sus derechos en igualdad de condiciones con las demás, y que se preste asistencia jurídica adaptada y asequible a las personas con discapacidad; e impartiendo formación y capacitación a los funcionarios policiales y judiciales, respecto de los derechos humanos de las personas con discapacidad, a fin de superar los obstáculos en su acceso efectivo a la justicia en igualdad de condiciones con las demás personas.

Todas estas medidas han provocado una transformación sustancial del marco normativo de protección de los derechos y libertades de las personas con discapacidad, pudiendo afirmarse que estamos muy cerca de alcanzar la igualdad de oportunidades, la no discriminación y la accesibilidad universal de las personas con discapacidad. Sin embargo, no podemos ignorar que frecuentemente los derechos de las personas con discapacidad, pese a estar reconocidos y garantizados en las leyes, en la práctica siguen siendo ignorados, vulnerados y pisoteados, siendo objeto de discriminación, exclusión social y violencia por motivos de discapacidad. No es suficiente con el reconocimiento de la igualdad formal, ni tampoco con una política que persiga una igualdad sustantiva o material, mediante medidas de acción afirmativa y discriminación positiva o al considerar que la denegación de ajustes razonables es una forma de discriminación, si no se articulan los cauces y mecanismos adecuados que garanticen el cumplimiento de las normas y políticas sobre igualdad y no discriminación. Si no conseguimos este objetivo, todo ese nuevo cuerpo legislativo desarrollado para proteger a las personas con discapacidad, no será más que papel mojado. Este es el reto al que nos enfrentamos ahora, dotar económica y presupuestariamente a la Administración de Justicia para asegurar la disponibilidad de todos los recursos y servicios necesarios para garantizar el acceso a la justicia de las personas con discapacidad y sancionar cualquier incumplimiento.

Sociedad, justicia y discapacidad

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