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EN DEFENSA DE GAYO CORNELIO 104 (II)
Оглавление1. ¿Voy a enfrentarme abiertamente a las voluntades de los hombres más nobles? (Aquila Romano, Sobre las Figuras retóricas en RL 25.15.)
2. ¡Hombres astutos! ¡asunto ingenioso! ¡temibles ingenios!… dijimos… queremos presentar testigos… a ver, ¿a quién de nosotros se le escapó que vosotros fueseis a actuar así? (Cicerón, El Orador 225; Quintiliano, Instituciones 9.4.123.)
3. ¿Es que tenéis dudas en este proceso sobre la identidad de estos testigos? Yo os lo mostraré. Quedaron dos que fueron cónsules 105 , hostiles al poder tribunicio. Además los siguen unos cuantos aduladores y secuaces. (Asconio 79.16C.)
4. Pero si de manera amistosa quisiera preguntar 106 a Quinto Cátulo 107 , un hombre de lo más instruido y humano: «¿Qué tribunado de los dos encuentras menos aceptable: el de Gayo Cornelio, o (no diré el de Publio Sulpicio, ni el de Saturnino, ni el de Gayo Graco, ni el de Tiberio —no nombraré a nadie a quien estos consideren sedicioso 108 —) o el de tu tío, Quinto Cátulo, un hombre muy ilustre y que amaba con pasión a su patria?». ¿Qué pensáis que me respondería 109 ? (Asconio 80.7C.)
5. ¿Qué? Tu tío 110 , un hombre sumamente ilustre, descendiente de un ilustrísimo padre, abuelo y antepasados, en silencio, con el apoyo de los nobles y cuando nadie estaba dispuesto a interponer su veto, le dio al pueblo romano el poder de elegir sacerdotes 111 quitándoselo a los colegios de los hombres más poderosos. (Asconio 79.25C.)
6. ¿Y qué más? ¿No atacó el mismo Domicio a Marco Silano, un hombre de rango consular, con todo el poder inherente a un tribuno de la plebe 112 ? (Asconio 80.16C.)
7. Esta controversia es de tal naturaleza que un tribuno de la plebe como Gneo Domicio [tiene mi aprobación], Marco Terpolio la de Cátulo 113 . (Asconio 81.1C.)
8. No me conmueven las riquezas con las que muchos comerciantes de esclavos y mercaderes superaron a todos los Africanos y Celios 114 , ni los tapices o el oro cincelado, ni la plata con la que muchos eunucos de Siria y Egipto vencieron a nuestros antiguos Marcelos y Máximos; ni, en verdad, estos ornamentos de las villas, con los que veo que algún Deliaco o Siro habrían podido superar muy fácilmente a Lucio Paulo y Lucio Mumio 115 —quienes colmaron con ellos Roma y toda Italia 116 —. (Cicerón, El Orador 232; Quintiliano, Instituciones 9.4.14.)
9. ¿Quién tan rico en recursos? (Prisciano, Instituciones en GL 18.2.19; Arusiano Mesio, Ejemplos de Elocuciones en GL 7.449.6.)
10. a. Si vosotros las fortunas de éste por el odio de unos pocos habéis adjudicado. (Arusiano Mesio, Ejemplos de Elocuciones en GL 7.456.20.)
10. b. Mejor que un hombre mísero e inocente le sea arrebatado al pueblo romano, expulsado de su patria, apartado de los suyos 117 . (Arusiano Mesio, Ejemplos de Elocuciones en GL 7.470.9.)
11. Permitamos que sea entregado a un misérrimo y sumamente cruel poder absoluto. (Arusiano Mesio, Ejemplos de Elocuciones en GL 7.465.17.)
12. Cuán celosos de la libertad conviene que seáis vosotros. (Arusiano Mesio, Ejemplos de Elocuciones en GL 7.468.21.)
13. Quien con la palabra, al menos, y con su voluntad ha velado por los intereses del pueblo romano. (Arusiano Mesio, Ejemplos de Elocuciones en GL 7.468.23.)
14. Expulsara de los que administran. (Arusiano Mesio, Ejemplos de Elocuciones en GL 7.470.12.)
15. b. ¿Qué decían de que yo ante los caballeros romanos había cometido una ofensa? (Arusiano Mesio, Ejemplos de Elocuciones en GL 7.497.11.)
16. Para que ningún perjuicio sufra quien haya convocado al pueblo a una asamblea. (Servio, Comentarios a la Eneida 11.708.)
17. Si alguna vez hubo una causa, jueces, en la que, al comienzo del discurso …pues, antes de nada, nos hacemos cargo de una causa en el momento más hostil. (Grilio, Comentario del libro I de Cicerón sobre la invención en RL 602.13.)
18. ¿Desde dónde voy a empezar a hablar? ¿desde la misma ley 118 ? (Grilio, Comentario del libro I de Cicerón sobre la invención en RL 604.18.)
19. Esta costumbre —la de perseguir a los populares— ya existió entre los hombres de otro tiempo y entre los barbados. (Grilio, Comentario del libro I de Cicerón sobre la invención en RL 598.33.)
20. Por lo que no dejan de refutar a un hombre, hasta que se hayan retirado los asesores. (Valerio Probo, Selección de textos sobre el nombre en GL 7.449.6.)
1 En el año 65; los discursos a los que se refiere, pronunciados en el 66, son: «En defensa de la ley Manilia», «En defensa de Cluencio», «En defensa de Fundanio», «En defensa de Manilio»y «En defensa de Mucio».
2 En el 67.
3 El rechazo se debió a que muchos senadores se beneficiaban de esta práctica que permitía vergonzosos excesos, como sobornos electorales y extorsiones.
4 En el 94.
5 Pero, al parecer, abandonó su propuesta de ley. En el 50 ya estaba vigente la ley Gabinia, que prohibía demandas para recuperar los créditos hechos a provinciales (Cartas a Ático 5.21.12; 6.2.7).
6 El senado tenía, desde hacía mucho tiempo, el poder de eximir a individuos concretos del cumplimiento de determinadas leyes.
7 A pesar de esto, Glóbulo, por razones que se desconocen, apoyó a Cornelio en este juicio.
8 Este personaje intervenía en las asambleas públicas ordenando silencio o recitando en voz alta los documentos.
9 Cornelio, al actuar así, seguía el precedente establecido por Tiberio Graco en el 133.
10 Con esta actitud, Cornelio parece una persona moderada y respetuosa con la ley, que busca métodos alternativos para lograr sus propósitos; es la línea de defensa que sigue Cicerón, ya que no puede negar ni justificar plenamente la acción de Cornelio.
11 Cornelio modifica y suaviza su propuesta anterior: mantiene la autoridad del senado, pero con control suficiente como para evitar abusos.
12 El edicto perpetuo era la legislación base que proponían los magistrados al acceder a su cargo. El magistrado solía adoptar los edictos de sus predecesores y estos edictos se convirtieron en un cuerpo de ley importante.
13 Sólo se tiene noticia de otra ley propuesta por Cornelio sobre el soborno electoral.
14 En el 66.
15 De concusión.
16 Fue la primera acusación.
17 La ley Cornelia del 81, promulgada por Sila y todavía en vigor, regulaba el procedimiento penal en el delito de traición y en cualquier delito grave contra la autoridad del Estado.
18 En la edición que utilizamos aparece el nombre de Publio Casio, pero quizá se trate de Lucio Casio Longino, pretor del 66.
19 El pretor, cuando administraba justicia, se sentaba en la silla curul sobre una plataforma elevada junto a sus asesores y amigos.
20 En el 65.
21 Gayo Manilio, tribuno de la plebe del 66, al término de su tribunado fue acusado de concusión y el pretor de ese año, Cicerón, amigo suyo, intentó acelerar los procedimientos legales para juzgarlo bajo su pretura: pero la presión del pueblo le obligó a posponer el juicio hasta el año siguiente y Cicerón asumió la defensa del tribuno. Cuando se estaba celebrando el juicio, bandas armadas lo interrumpieron y los cónsules, apoyados por un decreto del senado, dieron protección al proceso; al reanudarse, Manilio no se presentó y, condenado en ausencia, se exiló.
22 Cornelio quería mostrar un comportamiento estrictamente legal en contraste con el intento de Manilio de interrumpir su juicio de forma violenta.
23 Todos ellos habían sido cónsules y pertenecían al partido aristocrático; además, los cuatro primeros eran antiguos partidarios de Sila; Metelo Pío y Lúculo eran enemigos de Pompeyo.
24 Los Rostra, situados en el foro romano, eran la plataforma próxima a la Curia desde la que los oradores se dirigían a la asamblea.
25 Esta postura era poco sincera, pues los personajes citados no eran defensores ni partidarios del poder tribunicio, e incluso algunos de ellos quizá colaboraron con Sila para derogar este poder en los años 70.
26 Cicerón defiende a Cornelio alegando que un tribuno tiene derecho a oponerse al veto de un colega, tal y como hizo Tiberio Graco en el 133 y Manilio en el 66.
27 Cicerón no estaba tan seguro de esto, pues, meses más tarde, se mostraba preocupado pensando en qué medida su intervención en este juicio podría perjudicar sus aspiraciones al consulado (Cartas a Ático 1.2.2.).
28 Se refiere al jurado cuya composición había establecido la ley Aurelia del 70: tres partes iguales de caballeros, tribunos y senadores.
29 Se pronunciaron en dos días diferentes, después de los discursos de la acusación, pues el proceso duró cuatro días.
30 Sigue el orden y la numeración del texto de Asconio.
31 Quizá sea una referencia al proceso contra Manilio que se presentó, en un primer momento, ante Cicerón mientras éste era todavía pretor.
32 Cicerón muestra a Cominio como un oportunista que aprovecha la atmósfera creada por la acusación contra Manilio en el 66 para acusar a Cornelio.
33 Asconio explica que se trataba de muñecos de paja que se ponían delante de los toros bravos para incitarlos y comprobar así su carácter; estos hombres de paja, en el contexto del discurso, buscarían probar hasta qué punto la opinión era favorable para retomar la acusación contra Gayo Cornelio.
34 Cicerón utiliza este ejemplo para convencer a Cominio de que ponga fin a la denuncia contra Cornelio siguiendo el ejemplo de Quinto Metelo Nepote, cónsul del 58, que había dejado de perseguir judicialmente a Gayo Escribonio Curión, cónsul del 76. Cicerón, en realidad, con esta referencia quería halagar a la familia de los Metelos, uno de cuyos integrantes era testigo de la acusación.
35 Los motivos que impulsaron a Metelo a acusar a Curión derivan de la práctica de la acusación recíproca que se asumía para defender el honor familiar o como venganza contra acusaciones judiciales previas motivadas por razones políticas y personales. En este caso, el padre de Metelo, cónsul en el 98, cuando estaba en su lecho de muerte pidió a su hijo que acusara a Curión, porque éste le había acusado a él, posiblemente en el 97.
36 Cicerón va a atacar el argumento presentado por Cominio de que Cornelio había apoyado la ley propuesta por Manilio que concedía a los libertos el derecho a voto en todas las tribus; esta ley revivía la ley propuesta por Publio Sulpicio, tribuno del 88, que se anuló tras su muerte; la distribución por tribus del voto de los libertos se había discutido con anterioridad en numerosas ocasiones.
37 Se refiere a la casi inmediatez con la que Manilio presentó su ley sobre el derecho a voto de los libertos nada más acceder a su cargo de tribuno en diciembre del 67; una excesiva celeridad que pudo ser el motivo de la posterior derogación de la ley alegando defectos de forma.
38 Gayo Atio Celso.
39 Cicerón empieza a explicar su relación con Manilio y su intervención como abogado defensor en un juicio previo; trata de justificarse y de establecer diferencias entre sus dos defendidos.
40 Se trataba de la ley sobre el derecho de voto para los libertos, derogada después por un decreto del senado y a la que Cicerón califica de «perniciosa», y de la ley «admirable» que otorgaba a Pompeyo el mando en la guerra contra Mitrídates.
41 La ley Manilia seguía vigente.
42 Asconio cree que se refiere a Catilina y a Pisón. Cicerón muestra a Manilio como un juguete en manos de gente más poderosa que pro los altercados violentos que obligaron al propio Cicerón a abandonar el eso antes de la condena de Manilio.
43 La interrupción del primer juicio contra Manilio.
44 Gayo Cota, durante su consulado del 75, se ganó la enemistad de los optimates con dos leyes: una que pretendía restablecer la fuerza de los tribunos que Sila había menoscabado; la otra era una ley sobre los juicios de carácter privado, que fue abolida en el 74 por su hermano Marco Aurelio Cota. La elección de los hermanos Cota, como ejemplo, no es casual, pues Lucio Cota, el cónsul del 65, había promulgado durante su pretura, en el 70, la ley Aurelia sobre la composición de tribunales que se estaba aplicando en este juicio.
45 La ley Licinia Mucia, promulgada en el 95 durante el consulado de Lucio Licinio Craso y Quinto Mucio Escévola, establecía una estricta regulación del derecho de ciudadanía y privaba del ejercicio de los derechos civiles a los itálicos y a los latinos ociosos de Roma. Era técnicamente impecable, pero resultó ser un fracaso político.
46 Cicerón plantea los procedimientos por los que el senado tiene poder para derogar aquellas leyes que, a su juicio, pueden ser perjudiciales para el Estado.
47 Quinto Cecilio Metelo Numídico y Marco Junio Silano, cónsules del 109, estuvieron, respectivamente, al frente de dos guerras: la guerra de Yugurta y la guerra contra los cimbrios. La elección de este ejemplo está muy estudiada, pues Quinto Cecilio Metelo Numídico, un hombre de Estado que reacciona ante las necesidades de su patria, era el padre del cónsul del 80, Quinto Metelo Pío, uno de los eminentes testigos de la acusación.
48 Las leyes Livias promulgadas en el 91 por el tribuno de la plebe Marco Livio Druso y anuladas por los cónsules de ese mismo año, Lucio Marcio Filipo y Sexto Julio César, eran, al parecer, favorables al partido aristocrático; Filipo se opuso a ellas y convenció al senado para que las derogara.
49 La ley Calpurnia del 67 sobre el cohecho, promulgada por Pisón dos años antes, incluía, entre otras sanciones, la imposición de multas y penas para los que admitían sobornos (En defensa de Lucio Murena 47).
50 Este ejemplo muestra la prudencia de un eminente hombre de Estado que, al darse cuenta de que su propuesta legal era equivocada, tuvo el valor de retirarla. Cicerón quiere que el jurado ponga en la misma situación a Cornelio, que demostró estar dispuesto a asumir los riesgos derivados de una propuesta legal que él creía que beneficiaría al Estado.
51 Publio Cornelio Escipión Africano, cónsul del 194, había decretado la reserva de asientos para los senadores durante los Juegos Romanos, pero cambió de idea y retiró la ley cuando se dio cuenta de que no era justa.
52 Cicerón hace un listado de todos los momentos en los que es posible interponer el veto a una ley en el transcurso de una asamblea para dejar claro que no existía un momento concreto fijado y que, en el caso de Cornelio, la aceptación del veto todavía no había tenido lugar, ni Cornelio se había opuesto a que hubiera una votación y, precisamente por ese motivo, su comportamiento fue legal y responsable.
53 Cornelio.
54 En contra de la oposición conservadora (Cátulo, Hortensio, Pisón) Gabinio, tribuno de la plebe con Cornelio, había ido mucho más allá y, con absoluta impunidad, había conseguido aprobar la ley que otorgaba a Pompeyo el mando absoluto en la lucha contra los piratas; esta propuesta, muy del gusto del pueblo pero contraria a los senadores, generó una intensa polémica y Gabinio tuvo que enfrentarse a Trebelio, otro tribuno que intentó detener el proceso de aprobación de la medida presentando su veto; Gabinio propuso entonces que se destituyera a Trebelio de su cargo de tribuno y, cuando diecisiete de las treinta y cinco tribus ya habían votado a favor de la propuesta de Gabinio, Trebelio retiró el veto.
55 En un primer momento, cuando un miembro del colegio de los tribunos se oponía a una resolución de sus colegas, no se podía hacer nada más que desestimar la resolución o propuesta; pero, con el ejemplo de Tiberio Graco, se sentó un precedente que alteró la normativa inicial: cuando un tribuno se oponía de forma obstinada a una propuesta y persistía en su veto, era posible privarlo de su cargo (Las leyes 3.10).
56 Cicerón no condena totalmente la actuación de Gabinio sino que la compara con la de Cornelio, menos violenta y más moderada, pero ambas encaminadas a lograr el beneficio del Estado.
57 En este breve fragmento Cicerón vuelve a retomar la discusión sobre cómo Cornelio había estado dispuesto a corregir su proposición de ley sobre los casos de exención y cómo la modificación de su propuesta inicial benefició al propio senado. Cicerón quiere resaltar la actitud de cooperación y prudencia de Cornelio en su actuación sobre esta propuesta de ley.
58 Los enemigos de Sila, una vez muerto éste, persiguieron judicialmente a su hijo para que devolviera el dinero que su padre había robado o recibido del tesoro público, pero el senado siempre se había opuesto a esta medida. Fausto Sila fue acusado en el 66 por varios tribunos de la plebe y Cicerón, que entonces era pretor, lo defendió (En defensa de Aulo cluencio 34).
59 Cicerón propuso en una asamblea que se pospusiera el proceso contra el joven Sila argumentando que la presión popular podría influir en el voto del senado.
60 Posiblemente esta alusión hace referencia al proceso que amenazaba al tribuno del 90, Gayo Escribonio Curión, que podría ser uno de los testigos de la acusación en este proceso.
61 Cicerón defiende ahora la proposición de ley de Cornelio sobre los edictos de los pretores argumentando que si esta ley hubiera estado vigente en el proceso de Dolabela contra Volcacio, Dolabela no habría podido acusar injustamente a Volcacio.
62 Gneo Cornelio había nombrado heredero al joven Publio Escipión, pero el edicto de Lucio Cornelio Sisena, pretor del 78, se modificó para que Escipión no pudiera heredar. El desheredado había sido adoptado por el principal testigo de la acusación. Quinto Metelo Pío; la alabanza que dirige Cicerón a este joven Escipión seguro que fue del agrado de Metelo.
63 Cicerón defiende que, si la severa ley de Cornelio hubiera estado vigente, no habrían tenido que contemplar el vergonzoso espectáculo de los dos cónsules designados del 65, Publio Cornelio Sila y Publio Autronio Peto, condenados por soborno y reemplazados por sus acusadores victoriosos, Lucio Aurelio Cota y Lucio Manlio Torcuato (En defensa de P. Sila 49-50).
64 A la acusación contra Cornelio de haber incitado la revuelta contra la propuesta de Pisón a través de un esclavo de su propiedad llamado Fileros, Cicerón responde con ironía y sentido del humor aludiendo a la frecuencia de los dos nombres en Roma.
65 Cicerón, una vez que ya ha demostrado que Cornelio no estuvo implicado en la revuelta contra Pisón, añade la idea de que incluso colaboró con el cónsul por el bien del Estado, pues la ley de Pisón no habría salido adelante sin el apoyo decidido de Cornelio.
66 Aquí comienza la exposición sobre el tribunado y sus poderes. No está claro el sujeto de «dicen»: se puede referir o a los acusadores o a los cinco mandatarios de la ciudad implicados en la acusación contra Cornelio: Hortensio. Cátulo, Metelo Pío, Marco Lúculo y Lépido.
67 Se refiere al tribuno Manilio.
68 Cicerón defiende el poder tribunicio para generar confianza en el jurado ante un acusado que también es tribuno de la plebe.
69 Posiblemente se refiere a Pompeyo y Craso, pues ambos fueron responsables de la restauración del poder tribunicio en el 70, cuando promulgaron la ley Pompeya del poder tribunicio.
70 Craso formaba parte del jurado en este proceso.
71 Pompeyo estaba en estos momentos en Asia, en la guerra contra Mitrídates.
72 Cicerón va a repasar ahora la historia del poder tribunicio para enfatizar la importancia que tiene para el Estado contar con tribunos responsables, mesurados y competentes como Cornelio.
73 En el 494.
74 Al parecer, entre estos dos fragmentos, se ha perdido la narración de la historia de Apio Claudio y Virginia, que provocó esta nueva secesión de la plebe.
75 El cónsul del 482, Gayo Julio Julo, el del 461, Servio Sulpicio Camerino Cornuto, y el del 454, Espurio Tarpeyo Montano Capitolino.
76 El pontífice máximo fue uno de los cónsules del 441.
77 Cicerón enumera varios incidentes y leyes que generaron enfrentamientos entre nobles y tribunos de la plebe, entre senatoriales y populares. Comienza con tres leyes que garantizaron derechos al pueblo: la ley Porcia y las dos leyes Casias.
78 La ley Porcia, promulgada posiblemente por el tribuno Publio Porcio Leca en el 199.
79 Hay constancia de dos leyes Casias: la primera del 137, promulgada por el tribuno Lucio Casio Longuino Ravilla. que aseguraba el voto secreto en los tribunales: la otra ley es del 104, propuesta por Lucio Longino, que no permitía mantener el cargo de senador a quien hubiera resultado condenado en un proceso; esta ley iba dirigida contra Quinto Servilio Cepión y le supuso la expulsión del senado.
80 Gayo Aurelio Cota, cónsul del 75, restauró el poder tribunicio contra el deseo de los optimates y propuso una ley que permitía a quienes habían desempeñado el cargo de tribuno de la plebe optar a otros cargos electos.
81 La ley Aurelia del 70.
82 La ley Roscia del teatro, propuesta en el 67 por el tribuno Lucio Roscio Otón, concedía un asiento reservado a los caballeros en los espectáculos públicos, fue causa de altercados en la época de Cicerón (Cartas a Ático 2.1).
83 Se refiere a la ley Plocia Judiciaria, posiblemente del 89. que establecía que quince personas, cada año, eran elegidas de cada una de las tribus para formar parte del jurado en un litigio.
84 Se trata del juicio contra Gneo Pompeyo Estrabón. Cicerón recuerda este caso por las similitudes que presenta con el caso de Cornelio: el jurado estaba formado por senadores y caballeros y el cargo era también de alta traición: Estrabón, a pesar de ser una persona odiosa, fue absuelto y Cicerón sugiere que un jurado similar, una idéntica acusación y un hombre afable y prudente como Cornelio deberían llevar también a la absolución de su defendido.
85 Es una de las numerosas leyes que se promulgaron en Roma sobre el delito de traición; la primera fue, posiblemente, la ley Apuleya, promulgada en el quinto consulado de Mario (Sobre el orador 2.25.49); la ley Varia se promulgó en el 90 (Bruto 89); la ley Cornelia en el 81.
86 Sigue el texto y la numeración fijados por la edición de C. L. Kayser y J. G. Baiter de 1869.
87 No es habitual la apertura de un discurso de Cicerón con una invocación solicitando la ayuda de los dioses; este motivo sólo aparece en tres ocasiones más en su oratoria (En defensa de Gayo Rabirio 5; En defensa de Lucio Murena 1; En agradecimiento al pueblo l).
88 Es un texto poco claro, pero parece que se refiere a que se requería que hubieran transcurrido tres nundinas entre la propuesta de una ley y su votación.
89 Se trata de un momento muy importante del discurso en el que Cicerón debe dejar claro que su defendido no cometió ningún acto que pueda ser considerado traición: se limitó a leer el documento en voz alta ante la asamblea, pero no hubo violencia, ni un comportamiento sedicioso, ni incitación a la revolución. Cicerón reconoce que, en efecto, Cornelio leyó ante la asamblea el documento.
90 La ley que proponía Cornelio era más estricta que la propuesta por Gayo Calpurnio Pisón, cónsul del 67. porque incluía castigos para los divisores, los repartidores del dinero.
91 Los divisores eran una figura legal; se encargaban de distribuir regalos del patrono entre los miembros de las tribus. Cuando alguien se convertía en candidato a unas elecciones, ya no era un patrono regular, pero podía seguir haciendo uso de esos divisores para que entregaran en su nombre sobornos electorales, una práctica totalmente ilegal.
92 A Cornelio.
93 A Pompeyo.
94 Los senadores.
95 Parece que el fragmento hace referencia a las revueltas que se produjeron cuando la propuesta de ley contra el soborno de Pisón se aprobó por un voto de diferencia; según Asconio, la revuelta la provocaron los divisores, enfadados y contrarios a la ley; Pisón tuvo que marcharse del foro y volvió a promulgar su ley defendido por guardaespaldas.
96 Es una expresión coloquial.
97 Parece que Cicerón quiere animar al jurado a que olvide toda la complejidad y los adornos del proceso y se centre en lo fundamental: la inocencia del acusado y su honestidad vital.
98 Va a nombrar a los cónsules del 66 que habían estado en el proceso previo y que habían apoyado a su defendido: Manio Emilio Lépido y Lucio Volcacio Tulo. Cicerón quiere recordar a sus oyentes que Cominio fue sólo un muñeco manejado por los optimates en el anterior proceso, igual que en el actual.
99 Cicerón insiste en que Cominio no se querelló después contra la masa o los responsables de los disturbios del 66 que interrumpieron el proceso previo contra Cornelio.
100 La utilización del término «lazo» no es muy frecuente en la oratoria ciceroniana (En defensa de Celio 71; Verrinas 2.2.102) y en este contexto parece tener un sentido bastante neutro, ya que Cicerón asume y plantea ante el auditorio las asechanzas y peligros que le supone la defensa y, al mismo tiempo, se muestra seguro de poderlas superar con la ayuda de su benevolencia; el fragmento podría pertenecer al exordio del discurso.
101 Este fragmento y los dos siguientes se refieren a la huída vergonzosa de los Cominios en el juicio previo contra Cornelio, pues tuvieron que escapar presionados por las turbas.
102 Cicerón parece animar a que se relean los documentos oficiales que relataban lo que sucedió en la revuelta de la que Cominio acusa a Cornelio.
103 El fragmento posiblemente pertenece a la narración, muy breve en este discurso, pues todos sabían bien lo que había sucedido y al orador no le pareció conveniente repetir todo el relato de los hechos.
104 Sigue el texto y la numeración fijados por la edición de C. L. Kayser y J. G. Baiter de 1869.
105 Según el comentario de Asconio, se refiere a Marco Lúculo y Mamerco Emilio Lépido, testigos de la acusación. Cicerón sugiere que su testimonio carece de valor, porque la defensa ya ha admitido todos los datos relevantes y la trayectoria política e ideológica de estos testigos les impide ser imparciales. La escasez de seguidores parece reforzar la imagen de falta de confianza en el testimonio que ofrecen.
106 Cicerón comienza a interrogar, uno a uno, a los testigos.
107 Fue uno de los líderes de la aristocracia romana y cónsul con Emilio Lépido en el 78.
108 Cicerón cita a los tribunos de la plebe más revolucionarios y odiados por los senadores para contraponerlos a la figura de Cornelio y retrasa al máximo el nombre del tío del testigo, el tribuno de la plebe Gneo Domicio Enobarbo, cuya magistratura, en el 104, se desarrolló sin un excesivo tinte revolucionario.
109 La pregunta es muy inteligente, ya que impide a Quinto Cátulo responder con dignidad: no puede contestar que es más apreciable la labor de su tío que la de Cornelio, porque eso le llevaría a mostrar de forma favorable los actos que, como tribuno, llevó a cabo su tío, actuaciones contrarias, en muchos casos, a los intereses senatoriales; pero, si responde que se ha de valorar más el de Cornelio, degrada la consideración pública de su familia.
110 Con este comentario, Cicerón compara a Domicio Enobarbo con Cornelio y busca que el jurado se plantee por qué Cátulo declara contra Cornelio cuando su tío actuó de forma muy semejante a la del acusado al favorecer con sus medidas, como tribuno de la plebe, la causa popular.
111 Cuando el colegio de los pontífices no eligió a Enobarbo, éste presentó la ley Domicia, que quitaba el poder de elección a los pontífices y se lo daba al pueblo que, agradecido, lo nombró pontífice.
112 Enobarbo acusó al cónsul del 109, Marco Junio Silano, de haber luchado en la guerra contra los cimbrios sin mandato del pueblo romano y de ser, con su derrota, responsable de las calamidades que Roma había sufrido en esta guerra. En realidad la acusación contra Silano era un asunto privado, pues el tribuno quería vengarse de una ofensa que Silano había cometido contra un amigo del tribuno.
113 Cicerón continúa comparando a Enobarbo con tribunos anteriores como Marco Terpolio, tribuno de la plebe en el 77, durante el consulado de Décimo Bruto y Mamerco Emilio Lépido.
114 Familias romanas de glorioso pasado y grandes riquezas.
115 Posiblemente con el primer nombre se refiera a Lucio Emilio Paulo Macedónico, uno de los más preclaros representantes de la nobleza romana y defensor de sus tradiciones, que llegó a ser cónsul en dos ocasiones y obtuvo un triunfo por su victoria sobre los ligures; Lucio Mumio Aqueo fue cónsul y obtuvo un triunfo tras haber destruido Corinto.
116 Ambos entregaron al tesoro público los inmensos botines de guerra que obtuvieron militarmente y pasaron sus vidas casi en la pobreza. La eficacia del ejemplo de estos dos personajes se basa en que, frente a su innegable semejanza (sus vidas son paralelas en honorabilidad, victorias militares, cargos políticos, generosidad hacia el Estado y desprecio personal hacia las riquezas), presentan una peculiaridad que los diferencia: una tendencia política distinta, pues Paulo era conservador y Mumio popular.
117 Posiblemente Cicerón se refiere a una improbable condena de Cornelio, un patriota romano, cuyo exilio sería, para él, la pena más terrible e injusta.
118 El uso de la dubitatio crea una atmósfera de expectación y sorpresa en el público; también es posible que Cicerón quiera que el acusador baje la guardia ante su indecisión y falta de claridad.