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B. Algunos ejemplos aplicados a culturas antiguas 1. La dicotomía en la cultura japonesa: las ideas de Ruth Benedict

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El planteamiento inicial ha conducido a otros antropólogos a formular distinciones semejantes. Es así como Ruth Benedict, por ejemplo, en un clásico trabajo sobre la cultura japonesa, afirma que en antropología es necesario distinguir entre aquellas culturas que se basan en el temor a la vergüenza y aquellas que lo hacen en el miedo a la culpabilidad. La nota está puesta en el tipo de sanción empleada, aunque la autora no separa con total nitidez ambas emociones. Según ella, en una cultura de la culpabilidad se inculcan normas absolutas de moralidad y estas se confían a la conciencia, lo que no obsta a que en una cultura de la culpa se sienta vergüenza por algunas conductas, aunque estas no importen un pecado, de modo que la autora le reconoce a la vergüenza un radio de acción superior a la culpa, la que pasa a comprenderse como una emoción de naturaleza exclusivamente moral.

En cambio, con cierto rasgo de ambigüedad, pensamos nosotros, Benedict sostiene que en una cultura en la que el valor principal es el honor y la pena es la vergüenza, la gente tiene este sentimiento cuando en culturas occidentales se sentiría culpa. Con este argumento, la autora quiere destacar otro rasgo diferenciador entre culpa y vergüenza, que ya hemos tenido oportunidad de analizar. A diferencia de la primera, en efecto, en la segunda emoción, la expiación, la reparación o la confesión no alivian la vergüenza, de modo que el acto que causa o provoca la emoción se esconde; el ideal no es confesarlo, sino esconderlo, evitar que los demás lo sepan, apartase de la mirada de los otros. Enseguida y como complemento, destaca la autora que la cultura de la vergüenza se apoya en las sanciones externas establecidas para el buen comportamiento, no sobre la conciencia de pecado15.

Los fundamentos filosóficos de la culpa jurídica

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