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1.10 OAX bajo la administración de la Marconi
ОглавлениеEl 30 de setiembre de 1926, El Comercio, con el encabezado “El traspaso de la Broadcasting al gobierno”, publicó dos resoluciones supremas. En una de ellas, fechada el 6 de setiembre de 1926, el gobierno disponía la adquisición de los derechos y propiedades de la Peruvian Broadcasting Co., y la entrega de la administración de los servicios a la Marconi Wireless. El precio de la compra, según la norma, se haría sobre la base de una valoración realizada por peritos de la empresa británica. Asimismo, la resolución suprema dejaba sin efecto la exclusividad concedida a la Peruvian Broadcasting Co. para importar aparatos y accesorios radiofónicos, “quedando completamente libre la importación de ellos, previo pago de los respectivos derechos de aduana”. Por último, fijaba el pago semestral y adelantado por derecho de antena a los usuarios de receptores en una libra peruana y otorgaba facultades a la Administración General de Correos, Telégrafos y Radiotelegrafía (a cargo de la Marconi) para que propusiera la reglamentación sobre uso de aparatos y cobro de licencias (El Comercio, 30 de setiembre de 1926).
Mediante la otra resolución suprema, fechada el 27 de setiembre de 1926, el gobierno, vista una “comunicación adjunta de la Administración General de Correos, Telégrafos y Radiotelegrafía”, establecía disposiciones reglamentarias para el uso de receptores, las que deberían ir impresas en el dorso de las licencias que se otorgaran. Mediante estas disposiciones, el gobierno prohibía el empleo de los aparatos con fin comercial, y fijaba límites a la longitud de las antenas. Advertía, además, que el poseedor de un receptor no debía divulgar ni permitir que se divulgaran mensajes que recibiera por medio del aparato, “excepto los programas de broadcasting, señales horarias e informes meteorológicos”. Las licencias eran intransferibles, y el poseedor debía comunicar al Servicio Radiotelegráfico si trasladaba el receptor a otro lugar. La resolución contemplaba también la inspección de la estación materia de la licencia y el decomiso de aparatos por falta de pago o instalación clandestina. El producto de la venta de los aparatos decomisados debía dividirse entre el Servicio Radiotelegráfico y la persona que denunciase la existencia de la instalación clandestina (El Comercio, 30 de setiembre de 1926).
El 1 de octubre, el Servicio Radiotelegráfico del Perú, publicó un comunicado en El Comercio, informando al público que desde esa fecha, y de acuerdo a la resolución suprema del 6 de setiembre, la Administración General de Correos, Telégrafos y Radiotelegrafía (en manos de la Marconi) asumía el control general de los servicios de radiodifusión y de las trasmisiones de la estación OAX. Asimismo, indicaba que quedaban sin valor las licencias para el uso de receptores otorgadas anteriormente, y se remitía a las resoluciones mencionadas en cuanto al otorgamiento de certificación de licencias, el pago semestral y las normas de uso de los aparatos receptores (El Comercio, 1 de octubre de 1926).
Como epílogo de este proceso, el 3 de octubre, El Comercio publicaba un aviso de liquidación de aparatos receptores de la Peruvian Broadcasting Co. en las oficinas de la compañía (San Pedro 337). El 20 de noviembre, un último aviso ofertaba receptores de galena desde 6 soles, de un tubo desde 28 soles, de dos o tres tubos desde 4 libras, de cuatro tubos desde 7 libras, y de cinco tubos desde 8 libras, así como partes aisladas (Gargurevich 1995: 89).
En resumen, las disposiciones del gobierno no solo establecían la adquisición de las propiedades y derechos de la Peruvian Broadcasting Co. y otorgaban la administración de la estación de radio a la Marconi, sino que buscaban reordenar el uso del medio y aumentar el control del Estado sobre este. Pretendían, también, explorar otra forma de financiamiento, distinta al monopolio sobre la importación y venta de receptores, y complementaria al pago de licencia: el cobro por derecho de antena.