Читать книгу La certificación forestal: un instrumento económico de mercado al servicio de la gestión forestal sostenible - Fernando García-Moreno Rodríguez - Страница 31

I.4.1.B. Evolución de la gestión forestal sostenible a nivel paneuropeo: El continente europeo recoge el testigo de la sostenibilidad de los bosques postulado a nivel internacional y se erige en modelo a seguir al asumir plenamente la necesidad de explotar los mismos garantizando su conservación.

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Una vez analizada de manera sucinta la evolución de la gestión sostenible de los bosques a nivel internacional, y siendo del todo fiel con el guión inicialmente señalado respecto de la evolución de la gestión forestal sostenible, me corresponde analizar ahora la tan traída y llevada sostenibilidad de los bosques a nivel paneuropeo, debiendo señalar ya desde un principio y como primera nota característica y definitoria de la misma, que como consecuencia de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo celebrada en Río de Janeiro y la consiguiente aprobación en la misma de los Principios Forestales, el continente Europeo comenzó un proceso similar al descrito anteriormente a escala mundial64, si bien, evidentemente, circunscrito a su propio ámbito territorial65.

Dentro de dicho proceso paneuropeo, impulsado a instancias de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo, se ha ido alcanzando progresivamente a través de la celebración de sucesivas Conferencias Ministeriales sobre Protección de Bosques, un consenso en materia de gestión forestal sostenible. En este sentido, no puede obviarse por su importancia y transcendencia en relación con la gestión sostenible de los bosques, las Conferencias Ministeriales que sobre protección de bosques se han celebrado a nivel paneuropeo en Estrasburgo66, Helsinki (en donde se hacen oficiales en Europa los principios Forestales de las Naciones Unidas, si bien adaptadas al ámbito Europeo)67, Lisboa68, y Viena69, en donde se han dado pasos comunes, ciertamente importantes y significativos, en relación con la sostenibilidad de los bosques70.

Un paso más en el estudio de la evolución de la gestión sostenible de los bosques me obliga, sin tener que abandonar el viejo continente, a analizar dentro del mismo, si bien ya no a nivel paneuropeo, la regulación que sobre tal materia aprobó en su día la Comunidad Económica Europea, hoy Unión Europea. Así y por lo que a este nuevo espacio territorial y competencial se refiere, debo empezar señalando que desde el Tratado Fundacional, concebido inicialmente en la época del desarrollo económico europeo, la Comunidad Europea surgió con un marcado carácter mercantilista y con escasa atención a los problemas medioambientales, siendo tal concepción una de las causas, quizá la principal, por la que la antigua Comunidad Económica Europea no contó en sus inicios y durante bastante tiempo con una auténtica Política Forestal71, siendo lo más parecido que hizo en este sentido el emprender acciones relacionadas con los bosques, siempre residuales y tangenciales, a través de otras políticas sectoriales72 afines en algunos aspectos con la forestal, como por ejemplo la agrícola, lo que, de ningún modo, habida cuenta de no contar aquellas con la suficiente entidad ni calado, permiten poder hablar de la existencia de un Derecho Forestal Europeo como bloque normativo que intencionadamente pretenda la aplicación de una estrategia forestal definida previamente para el ámbito territorial y totalidad de países que integran dicha institución.

A pesar de lo señalado con anterioridad, era plenamente consciente la Unión Europea, pese a ser en principio los bosques competencia y por tanto, responsabilidad de los respectivos Estados miembros, que las características derivadas de los mismos en cuanto que motores del desarrollo rural, sustento y base crucial de la biodiversidad, así como fuente de bienes y servicios sujetos a las leyes del mercado, entre otras muchas más características a las que se podría hacer alusión, propiciaban su inclusión dentro de las políticas propias de la Unión Europea73. En este sentido resulta primordial recordar que: 1.- Los bosques, con sus múltiples funciones, constituyen una parte esencial de las zonas rurales y uno de los principales pilares de la política integrada de desarrollo rural, especialmente en lo que respecta a su contribución a la renta y el empleo y a su valor ecológico y social. 2.- Los bosques y su diversidad son un elemento importante del medio ambiente europeo y su protección y conservación se integran en diversas políticas comunitarias, además de en intervenciones medioambientales específicas como la Estrategia sobre la diversidad de la Unión Europea, Natura 2000 y la aplicación sobre el cambio climático. 3.- Los productos de la selvicultura y, sobre todo, la madera (junto con el corcho y las resinas) están sujetos a las reglas del mercado interior, entre las que se incluyen las disposiciones comunitarias en materia de ayudas estatales, fusiones de empresas y cárteles.

En definitiva, pronto se dio cuenta la Unión Europea de que las tres políticas horizontales a que con anterioridad me he referido, en cuanto que competencias propias y características de la misma, incidían muy directamente y lo que es más importante aún, de manera decisiva sobre los bosques, pues la plasmación de aquellas se concretaba ni más ni menos que en el Desarrollo Rural, el Medio Ambiente y el Mercado Interior, de modo y manera que, en virtud de tan incontestables hechos, los bosques no podían seguir considerándose de competencia exclusiva de los respectivos Estados, como tradicionalmente se había venido haciendo, sino, muy por el contrario, como una materia compartida entre la Unión Europa y sus Estados miembros. El caer en la cuenta de tal circunstancia, conllevó que las iniciativas llevadas a cabo por la Unión Europea sobre el particular tuvieran su primera expresión en la aprobación de una muy variada normativa de Derecho derivado, fundamentalmente, en tres campos: 1.- Ayuda al desarrollo rural, dentro del cual se encuentran, por supuesto, los bosques, a cargo del Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrícola. 2.- La protección de los bosques en todo el territorio de la Comunidad contra la contaminación atmosférica y contra los incendios. 3.- Sistema Europeo de información y Comunicación Forestal74.

Precisamente, en virtud de tales planteamientos, el Parlamento de la Unión Europea, profundizando y continuando con la tendencia anteriormente apuntada, aprobó en enero de 1997 una Resolución, concretamente, sobre la Política Forestal de la Unión Europea75, instando a la Comisión a elaborar una Estrategia Forestal Europea en un plazo de dos años. Fruto de tal ruego la Comisión elaboró un informe76 que fue objeto de una Resolución del Consejo aprobada el 14 de diciembre de 1998 y que configura lo que hoy en día constituye la Estrategia Forestal de la Unión Europea77. Además, durante el año 1998, se iniciaron las negociaciones en el seno de la Unión Europea sobre el Reglamento de Desarrollo Rural, que incluía el apoyo decidido al sector forestal al formar parte del paquete de reformas de las políticas comunes, denominado Agenda 2000 y cuyo propósito era regular las ayudas que podrían ser financiadas por los fondos estructurales para el periodo 2000-2006.

Volviendo a la Resolución que dictó el Parlamento de la Unión Europea en enero de 1997 –empleando, por cierto, aunque no lo haya mencionado con anterioridad, la nueva posibilidad que le brindaba el artículo 138 del Tratado de Maastricht, con el objetivo final de instaurar una Estrategia Forestal de la Unión Europea–, he de apostillar que la misma no solo consiguió tal objetivo, como he tenido oportunidad de exponer en el párrafo precedente, sino que del mismo modo propició que la Comisión elaborase un plan de trabajo para diseñar un Plan Forestal Europeo para el siglo XXI de acuerdo con los criterios y acuerdos internacionales suscritos por la Unión Europea, y cuyos objetivos básicos consistían, básica y fundamentalmente, en integrar los aspectos de multifuncionalidad, o lo que es lo mismo, de sostenibilidad ecológica, económica y social de los bosques en el desarrollo rural con la triple finalidad de fijar población rural dentro de la Unión Europea, generar empleo estable y digno dentro de la misma y finalmente, proteger el medio ambiente en todos y cada uno de los países integrantes de aquella78.

De todo lo expuesto hasta el momento en relación con la Comunidad Económica Europea, más tarde, Unión Europea, se constata por lo que a la evolución de la gestión forestal sostenible se refiere, que al igual que en el resto de ámbitos territoriales a que hasta el momento me he referido (ámbito internacional y ámbito paneuropeo), también para la Unión Europea constituye la sostenibilidad de los bosques a la hora de gestionar los mismos, uno de los ejes y principios fundamentales desde el que debe articularse la Política Forestal de la Unión79, motivo por el cual no debe extrañar en absoluto que como objetivos concretos que tiende a perseguir esta última, o derivados de aquel, se señalen, entre otros, los siguientes: 1.-El de proteger y defender los bosques (principalmente de incendios forestales y de la desertificación, así como de potenciales enfermedades y posibles plagas). 2.- El de conservar y mejorar los bosques protegidos, especialmente los que contengan especies o constituyan hábitats de la Red Natura 2000. 3.- El de llevar a cabo una gestión económica sostenible de los bosques de forma que contribuyan a mejorar el balance comercial de la Unión Europea en productos forestales e indirectamente contribuir a la protección de bosques y selvas de otros países en vías de desarrollo80. 4.- El de diseñar una política internacional que contribuya a los compromisos medioambientales de carácter global de la Unión y al equilibrio del mercado forestal internacional. 5.- El de promocionar una adecuada cultura forestal, educación, formación e investigación 6.- El de desarrollar el Sistema Europeo de Información y Comunicación Forestal. A resultas de los cuales, y si se analizan con detenimiento, late y se encuentra detrás de todos y cada uno de ellos, la búsqueda y finalidad de conseguir la tan perseguida sostenibilidad integral de los bosques81.

La certificación forestal: un instrumento económico de mercado al servicio de la gestión forestal sostenible

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