Читать книгу La moderna cofiguración del la cláusula "rebus sic stantibus" - Francisco Javier Orduño Moreno - Страница 78
5.2. CRISIS ECONÓMICA COMO INSOLVENCIA PATRIMONIAL. RESPONSABILIDAD Y EJECUCIÓN PATRIMONIAL
ОглавлениеCuando la crisis económica se toma en consideración respecto del estado de insolvencia o situación de incapacidad de pago de una de las partes contratantes hay que señalar, como criterio general, que en dichos supuestos queda excluida la posible aplicación de la cláusula rebus. La razón no es otra que la propia tipicidad jurídica de la insolvencia como lesión del derecho de crédito que afecta al campo de la responsabilidad patrimonial del deudor y que resulta reglamentada ya por la vía del procedimiento concursal, o bien por la realización patrimonial de los bienes del deudor, ámbitos que exceden a la tipicidad contractual que determina el fundamento y la función de la aplicación de la cláusula rebus14).
Esta perspectiva también nos ilustra acerca del papel que debe jugar la cláusula rebus en estos contextos de crisis económica, en donde no parece que su posible aplicación deba operar como una alternativa u opción para paliar los efectos de la crisis en materia de ejecución hipotecaria y protección de los deudores que deban ser atendidas conforme a su regulación específica y diferenciadora, sin confundir la naturaleza y función de otras figuras que puedan resultar más o menos próximas a los intereses o bienes objeto de tutela.
A esta línea de protección diferenciada responde al Decreto Ley 8/2011, de 7 julio y la Ley 1/2013, de 14 mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social como, en su caso, la demandada futura legislación sobre la denominada «segunda oportunidad» (fresh start). Si esto es así, la conclusión interpretativa que también cabe establecer, por su razón lógica, es que en el ámbito de la interpretación y aplicación de la cláusula rebus, en principio todas las condiciones y valoraciones de carácter social, que son tomadas en consideración en la aplicación de estas medidas de tutela diferenciada, resultan extrañas a la configuración o tipicidad contractual de la cláusula rebus; entre otras, la ponderación de los ingresos familiares, el salario mínimo interprofesional, la situación laboral de los miembros de la familia, el destino de la vivienda o su propiedad única, las situaciones de vulnerabilidad social, etc.