Читать книгу Los Desafíos Jurídicos de la Transición Energética - Isabel González Ríos - Страница 51
V. CONCLUSIONES
ОглавлениеEl Informe publicado a finales del 202038 califica la situación actual de la UE en materia de energías renovables de modo positivo, pero de sus datos se puede concluir que algunos de los objetivos prioritarios de la estrategia para la Unión de la Energía están retrasados. Ahí se identifican solamente cuatro acuerdos en materia de transferencias estadísticas39 y se concluye que el uso de los mecanismos de cooperación no se ha manejado como podría, por eso la Unión manifiesta su intención de mediar y prestar apoyo técnico a aquellos Estados miembros que quieran utilizarlo. También se señala que habrá un de excedente total de producción de energía renovable de 12.177 ktep respecto de la trayectoria indicativa, disponible para posibles transferencias estadísticas en 2020, del que deben disponer los Estados miembros que no logren alcanzar el objetivo de producción para ese año.
El informe señala aún que una parte del dinero que se va a transferir a los Estados en el ámbito de los planes de recuperación y resiliencia se destina a programas de reformas e inversiones en energías renovables, por lo que se espera que fomenten que en los próximos cuatro años haya un despliegue de estas energías, que son, como venimos señalando, un eje esencial de las políticas de ambiente y clima, no solo en ámbito europeo, pero también mundial.
Para eso es esencial que, en el otorgamiento de sistemas de apoyo a estos nuevos proyectos, no solo se respeten las reglas europeas en materia de ayudas de estado, sino que además es necesario que se haga una buena aplicación del Derecho por todos los responsables que intervienen en esa tarea para que, de esta forma, estemos ante un mecanismo efectivo que genere oportunidades para la sociedad.