Читать книгу Manual práctico de derecho de la circulación - Javier Fole de Navia Osorio - Страница 143

2.3. Artículo 361 LEC. Idoneidad para ser testigos

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Podrán ser testigos todas las personas, salvo las que se hallen permanentemente privadas de razón o del uso de sentidos respecto de hechos sobre los que únicamente quepa tener conocimiento por dichos sentidos.

Los menores de catorce años podrán declarar como testigos si, a juicio del tribunal, poseen el discernimiento necesario para conocer y para declarar verazmente.

Art. 365.2 LECiv.

Manual práctico de derecho de la circulación

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