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2.10. Artículo 368 LEC. Contenido y admisibilidad de las preguntas que se formulen

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1. Las preguntas que se planteen al testigo deberán formularse oralmente y con la debida claridad y precisión. No habrán de incluir valoraciones ni calificaciones, y si éstas se incorporan, se tendrán por no realizadas.

2. El Tribunal decidirá sobre las preguntas planteadas en el mismo acto del interrogatorio, admitiendo las que puedan resultar conducentes a la averiguación de hechos controvertidos, que guarden relación con el objeto del juicio.

Se inadmitirán las preguntas que no se refieran a los conocimientos propios de un testigo según el artículo 360.

3. Si pese a haber sido inadmitida, se respondiese a una pregunta, la respuesta no constara en acta.

Arts. 285. 360 y 460.2. 1.º LECiv.

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