Читать книгу Observatorio de los contratos públicos 2020 - Jose María Gimeno Feliu - Страница 36

VI. Bibliografía citada

Оглавление

ALONSO GARCÍA, María Consuelo (2018): “Contratación pública ecológica”, en GAMERO CASADO, E. y GALLEGO CÓRCOLES, I. (Dirs.): Tratado de contratos del sector público, Libro III, Valencia, Tirant lo Blanch, pp. 2754-2805.

BERNAL BLAY, Miguel Ángel (2017): “Compra pública de innovación una aproximación pro-competitiva” en GUILLÉN CARAMÉS, J. y HERNANDO RYDINGS, M.ª (Dirs.): Contratación, competencia y sostenibilidad: últimas aportaciones desde el derecho administrativo, Thomson Reuters, Cizur Menor, pp. 83-105.

BERNAL BLAY, Miguel Ángel (2018): “Procedimiento de asociación para la innovación [artículos 177-182]”, en MARTÍNEZ FERNÁNDEZ, J.M. y BOCOS REDONDO, P. (Dirs.) Contratación del sector público local: comentarios al articulado de la nueva Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, Wolters Kluwer: El Consultor de los Ayuntamientos, Madrid, pp. 892-912.

CANTERO MARTÍNEZ, Josefa (2020): “La profesionalización de la contratación pública como herramienta de innovación”, en Martín Delgado, Isaac y Moreno Molina, José Antonio (Dirs.): Administración electrónica, transparencia y contratación pública, Iustel, Madrid, pp. 197-246.

CERRILLO i MARTÍNEZ, Agustí (2018): “La integridad y la transparencia en la contratación pública” en Anuario del Gobierno Local, núm. 1, pp. 77-127.

DE GUERRERO MANSO, M.ª del Carmen (2018a): “La inclusión de condiciones especiales de ejecución como medida efectiva para la defensa del medio ambiente a través de la contratación pública” en Revista Aragonesa de Administración Pública, N.° Extra 19, (Ejemplar dedicado a: Mecanismos económicos y de mercado para la protección ambiental), pp. 141-177.

DE GUERRERO MANSO, M.ª del Carmen (2018b): “La asociación para la innovación. Nuevo procedimiento de adjudicación que permite a los órganos de contratación ser protagonistas del proceso de adquisición de bienes, servicios u obras innovadoras” en FERNÁNDEZ SALMERÓN, M. y MARTÍNEZ GUTIÉRREZ, R. (Dirs.): Transparencia, innovación y buen gobierno en la contratación pública, Tirant lo Blanch, Valencia, pp. 271-304.

DE GUERRERO MANSO, M.ª del Carmen (2018c): “Las consultas preliminares del mercado: una herramienta para mejorar la eficiencia en la contratación pública”, en GIMENO FELIU, J.M. (Dir.): Estudio Sistemático de la Ley de Contratos del Sector Público, Aranzadi, Cizur Menor, pp. 1047-1071.

DE GUERRERO MANSO, M.ª del Carmen (2019): “Los tres procedimientos de asociación para la innovación licitados en España valoración de sus aspectos clave y pros y contras de cada uno de ellos” en GIMENO FELIU, J.M. (Dir.): Observatorio de los contratos públicos 2018, Aranzadi, Cizur Menor. Pp. 281-327.

DOMÍNGUEZ-MACAYA LAURNAGA, Jaime (2018): “La contratación pública electrónica como instrumento para la transparencia ¿Estamos a setas o estamos a Rolex©?” en FERNÁNDEZ SALMERÓN, M. y MARTÍNEZ GUTIÉRREZ, R. (Dirs.): Transparencia, innovación y buen gobierno en la contratación pública, Tirant lo Blanch, Valencia, pp. 196-234.

FERNÁNDEZ ACEVEDO, Rafael (2018): “Incorporación de cláusulas ambientales en la contratación pública” en LAZO VITORIA, X. (Dir.): Compra Pública Verde, Barcelona, Atelier, pp. 29-51.

GALERA RODRIGO, Susana (2009): “Compras verdes: ahora o nunca”, en Revista de Derecho Urbanístico y Medio Ambiente, núm. 247, enero-febrero 2009, pp. 11-16.

GARCÍA JIMÉNEZ, Antonio (2015): “Gestión profesional de las licitaciones públicas: propuestas para la nueva ley de contratos del sector público” en Revista Aranzadi Doctrinal núm. 10/2015 parte Estudios. Editorial Aranzadi, Cizur Menor.

GARCÍA MELIÁN, Juan Carlos (2020): “Buen gobierno y profesionalización de las compras públicas” en Sánchez de Diego Fernández de la Riva, Manuel y Sierra Rodríguez, Javier (Coords.): Transparencia y participación para un gobierno abierto, El Consultor de los ayuntamientos, Madrid, pp. 269-289.

GIMENO FELIU, José María (2006): La nueva contratación pública europea y su incidencia en la legislación española. La necesaria adopción de una nueva ley de contratos públicos y propuestas de reforma, Madrid, Thomson-Civitas, 421 pp.

GIMENO FELIU, José María (2014a): “La obligación de publicidad de todas las licitaciones en la plataforma de contratos del sector público. Hacia una efectiva política de transparencia” opinión publicada en el Observatorio de Contratación Pública (www.obcp.es) el 12 de mayo de 2014. Disponible en http://www.obcp.es/print/pdf/node/6316.

GIMENO FELIU, José María (2014b) “Decálogo de Reglas para prevenir la corrupción en los Contratos Públicos”, opinión publicada en el Observatorio de Contratación Pública (www.obcp.es) el 12 de noviembre de 2014. Disponible en http://www.obcp.es/print/pdf/node/6343.

GIMENO FELIU, José María (2016): “Reglas básicas para mejorar la eficiencia y la transparencia en la contratación pública” en Presupuesto y gasto público, núm. 82, pp. 137-158.

HERNANDO RYDINGS, María (2018): “El procedimiento de asociación para la innovación” en GIMENO FELIU, J.M. (Dir.): Estudio Sistemático de la Ley de Contratos del Sector Público, Aranzadi, Cizur Menor, pp. 1147-1176.

MALARET, Elisenda (2016): “El nuevo reto de la contratación pública para afianzar la integridad y el control: reforzar el profesionalismo y la transparencia”, en Revista Digital de Derecho Administrativo núm. 15, pp. 21-60.

MARTÍN DELGADO, Isaac y MORENO MOLINA, José Antonio (Dirs. 2020): Administración electrónica, transparencia y contratación pública. Iustel, Valencia, 326 pp.

MARTÍNEZ GUTIÉRREZ, Rubén (2015): La Contratación Pública Electrónica: análisis y propuesta de transposición de las directivas comunitarias de 2014, Valencia: Tirant lo Blanch, 979 pp.

MEDINA ARNAIZ, Teresa (2011): “Comprando para asegurar nuestro futuro: la utilización de la contratación pública para la consecución de los objetivos políticos de la Unión Europea”, en Gimeno Feliu, J.M. (Dir.): Observatorio Público de Contratos 2010, Civitas, Madrid.

MIRANZO DÍAZ, Javier (2019): “El principio de transparencia en el derecho global de la contratación pública” en Revista de Derecho Administrativo, núm. 18, pp. 276-302.

MORENO MOLINA, José Antonio (2017): “Gobernanza y nueva organización administrativa en la reciente legislación española y de la Unión Europea sobre contratación pública” en Revista de Administración Pública, núm. 204, pp. 343-373.

PERNAS GARCÍA, Juan José (2020): “La participación de los actores privados en la preparación de los contratos de gestión de servicios públicos locales. De la patología a la eficiencia a través de la consulta preliminar, una herramienta clave para una administración íntegra y profesionalizada” en GIMENO FELIU, J.M. (Dir.): Observatorio de los contratos públicos 2019, Aranzadi, Cizur Menor, pp. 391-432.

RAMÍREZ MARTÍNEZ, Juan Manuel (2018): “La transparencia en la contratación pública” en GIMENO FELIU, J.M. (Dir.): Estudio Sistemático de la Ley de Contratos del Sector Público, Aranzadi, Cizur Menor, pp. 803-826.

RODRÍGUEZ BEAS, Marina (2019): “El procedimiento de asociación para la innovación en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público oportunidades e incertidumbres” en Revista General de Derecho Administrativo, núm. 59.

ROMÁN MÁRQUEZ, Alejandro (2018): “Contratación pública ecológica y objeto del contrato: el diseño «verde» de las prestaciones contractuales en el derecho comunitario e interno” en Revista Aranzadi de derecho ambiental, núm. 39, pp. 97-132.

SANMARTÍN MORA, M.ª Asunción (2012): “La profesionalización de la contratación pública en el ámbito de la Unión Europea” en GIMENO FELIU, J.M. (Dir.): Observatorio de Contratos Públicos 2011, Aranzadi-Civitas, Pamplona. pp. 298-318.

TARDÍO PATO, José Antonio (2016): “La “asociación para la innovación” contrato, procedimiento de adjudicación y libre competencia” en Revista española de derecho administrativo, núm. 181, pp. 267-295.

VALCÁRCEL FERNÁNDEZ, Patricia (2011): “Impulso decisivo en la consolidación de una contratación pública responsable. Contratos verdes; de la posibilidad a la obligación”, en Actualidad Jurídica Ambiental, núm. 1, abril 2011, pp. 16-24.

VALCÁRCEL FERNÁNDEZ, Patricia (2018): “Las consultas preliminares del mercado como mecanismo para favorecer las “compras inteligentes”, en Revista Española de Derecho Administrativo, núm. 191, pp. 77-106.

VALCÁRCEL FERNÁNDEZ, Patricia (2019): “The relevance of promoting collaborative and Joint Cross Border Procurement for buying innovative solutions”, en RACCA, G. and YUKINS, C.R. (Dirs.): Joint Public Procurement and Innovation. Lessons across borders, Bruylant, Brussels, pp. 133-169.

VALCÁRCEL FERNÁNDEZ, Patricia (2020): “La especialización o la profesionalización, la independencia y el liderazgo como elementos clave para el buen funcionamiento del recurso especial en materia de contratación pública español” en Díaz Bravo, E. y Moreno Molina, J.A. (Dirs.), Contratación pública global: Visiones comparadas, Tirant lo Blanch, Valencia, pp. 587-615.

YÁÑEZ SÁNCHEZ, Guillermo (2019): “Comunidades virtuales de profesionalización en contratación pública”, en Gabilex Revista del Gabinete Jurídico de Castilla-La Mancha, N.° Extra 1, (Ejemplar dedicado a: Un año de compra pública con la LCSP), pp. 247-270.

1. Sobre la necesidad de profesionalización en la contratación pública pueden verse los recientes trabajos de CANTERO MARTÍNEZ (2020), VALCÁRCEL FERNÁNDEZ (2020) y GARCÍA MEILÁN (2020). Pese a que sea más antiguo, cabe destacar también por su interés el trabajo de SANMARTÍN MORA (2012).

2. Sobre la perspectiva estratégica de la contratación pública, entendida como una herramienta para conseguir objetivos de otras políticas públicas a la par que se adquieren servicios, bienes u obras, de manera que se trata de un instrumento de intervención en la vida económica social y política puede verse el temprano trabajo de GIMENO FELIU (2006: 47 y 48).

3. En el supuesto de compra pública verde, su promoción en Europa es muy anterior. El primer antecedente normativo en esta materia es la Comunicación de la Comisión COM (98) 143, “La contratación pública en la Unión Europea”, de 11 de marzo de 1998. En ella se incluye un apartado dedicado a “Analizar y consolidar un efecto de sinergia con otras políticas comunitarias” entre las que se encuentra la protección del medioambiente. Anteriormente se había publicado el Libro Verde de la Comisión Europea “La contratación pública en la Unión Europea: reflexiones para el futuro”, COM (96) 583 final, Comunicación adoptada por la Comisión Europea el 27 de noviembre de 1996, a propuesta del Señor Monti. Sobre los primeros hitos y la evolución normativa de la inclusión de criterios ambientales en la normativa comunitaria sobre contratación pública puede verse ROMÁN MÁRQUEZ (2018: 97 y ss.), FERNÁNDEZ ACEVEDO (2018: 29-32), VALCÁRCEL FERNÁNDEZ (2011: 17 y ss.) y GALERA RODRIGO (2009: 12-16).

4. Véase en este sentido, ALONSO GARCÍA (2018: 2762) quien pone de manifiesto el giro extraordinario producido en la contratación pública a través de la Directiva 2014/24/UE. Según esta autora, se ha evolucionado desde un comienzo con pequeñas referencias y recomendaciones a las autoridades hasta la situación actual, en la cual se han creado mecanismos suficientes para promover un futuro en el que todos los contratos que celebre el sector público sean sostenibles y utilicen las tecnologías más innovadoras.

5. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

6. Sobre la aplicación de esta obligación en todos los contratos públicos, su gestación y su grado de eficacia véase DE GUERRERO MANSO (2018a).

7. Por la importancia de la literalidad de dicho precepto, transcribimos el artículo 70 de la Directiva: “Los poderes adjudicadores podrán establecer condiciones especiales relativas a la ejecución del contrato, siempre que estén vinculadas al objeto del contrato, en el sentido del artículo 67, apartado 3, y se indiquen en la convocatoria de licitación o en los pliegos de la contratación. Dichas condiciones podrán incluir consideraciones económicas o relacionadas con la innovación, consideraciones de tipo medioambiental, social, o relativas al empleo” (el subrayado es nuestro).

8. Recuérdese que el artículo 152 del derogado Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, permitía apreciar las denominadas bajas temerarias, pero no obligaba a rechazar las ofertas que hubieran incurrido en ellas. Además, en dicho precepto se aludía expresamente a la normativa laboral: “el respeto de las disposiciones relativas a la protección del empleo y las condiciones de trabajo vigentes en el lugar en que se vaya a realizar la prestación”, pero no a la ambiental. Frente a este precepto, el artículo 149.4 LCSP dispone: “En todo caso, los órganos de contratación rechazarán las ofertas si comprueban que son anormalmente bajas porque vulneran la normativa sobre subcontratación o no cumplen las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral, nacional o internacional, incluyendo el incumplimiento de los convenios colectivos sectoriales vigentes (…)”.

9. Sobre la compra pública de innovación desde una perspectiva pro-competitiva véase BERNAL BLAY (2017).

10. Sobre el procedimiento de asociación para la innovación puede verse TARDÍO PATO (2016), BERNAL BLAY (2018), HERNANDO RYDINGS (2018), DE GUERRERO MANSO (2018b) y RODRÍGUEZ BEAS (2019). Para un análisis de los tres procedimientos de asociación para la innovación licitados hasta el momento en España véase DE GUERRERO MANSO (2019).

11. Tampoco puede olvidarse los beneficios que se obtendrían para la innovación si se recurriera a la promoción de la compra conjunta transfronteriza, de manera que se optimicen los esfuerzos conjuntos de los poderes adjudicadores de los distintos Estados miembros. En este sentido resulta de gran interés VALCÁRCEL FERNÁNDEZ (2019).

12. Sobre las consultas preliminares del mercado puede verse GALLEGO CÓRCOLES (2019), DE GUERRERO MANSO (2018c) y VALCÁRCEL FERNÁNDEZ (2018). Para un análisis del rol del sector privado en la preparación de esta herramienta véase PERNAS GARCÍA (2020).

13. El proceso de obligatoriedad en la utilización de la contratación pública está siendo largo y complicado en España, y ha sido objeto de diversas prórrogas en su aplicación. Puede verse un temprano y profundo análisis de la posible trasposición de las directivas 2014/24/UE, sobre contratación pública y 2014/55/UE, relativa a la facturación electrónica en la contratación pública en R. MARTÍNEZ GUTIÉRREZ (2015), La Contratación Pública Electrónica: análisis y propuesta de transposición de las directivas comunitarias de 2014, Valencia: Tirant lo Blanch.

14. J.M. GIMENO FELIU (OBCP 6-10-2020) http://www.obcp.es/opiniones/los-pilares-de-next-generation-eu-y-la-contratacion-publica.

15. J.M. GIMENO FELIU (OBCP 25-01-2020) http://www.obcp.es/opiniones/de-las-ideas-la-accion-en-la-gestion-de-los-fondos-europeos-reflexiones-propositivas-para.

16. E. HERNÁEZ SALGUERO (OBCP 30-11-2020) http://www.obcp.es/opiniones/reflexiones-sobre-la-nueva-vuelta-de-tuerca-la-compra-publica-derivada-de-las-exigencias.

17. P. IGLESIAS REY (OBCP 27-11-2020) http://www.obcp.es/opiniones/el-proyecto-del-real-decreto-ley-por-el-que-se-aprueban-medidas-urgentes-para-la.

18. Mª A. SANMARTÍN MORA (OBCP 25-01-2021) http://www.obcp.es/opiniones/igualdad-de-genero-y-contratacion-publica-sera-el-programa-next-generation-ue-una.

19. En este sentido puede verse la opinión de GIMENO FELIU publicada en el Observatorio de Contratación Pública (www.obcp.es) el 12 de noviembre de 2014 “Decálogo de Reglas para prevenir la corrupción en los Contratos Públicos”, disponible en http://www.obcp.es/print/pdf/node/6343. La séptima regla del decálogo propone la profesionalización como uno de los factores clave para promover la integridad.

Véase también E. MALARET (2016), “El nuevo reto de la contratación pública para afianzar la integridad y el control: reforzar el profesionalismo y la transparencia”, en Revista Digital de Derecho Administrativo, núm. 15, pp. 21-60. En él su autora presenta algunos aspectos del proceso decisional que deberían ser rediseñados para minimizar la posibilidad de adoptar decisiones incorrectas vinculadas con la obtención de ganancias personales indebidas.

20. Integridad en la contratación pública, buenas prácticas de la “a” a la “z”, 2007. Resumen disponible en https://www.oecd.org/fr/gov/ethique/38947794.pdf.

21. Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo y al Comité Económico y Social Europeo, Lucha contra la corrupción en la UE, COM (2011) 308 final.

22. Sobre la transparencia, contratación electrónica y su vinculación con la integridad en la contratación pública véase, con carácter global el completo y certero libro dirigido por MARTÍN DELGADO y MORENO MOLINA (2020). Además, resultan muy interesantes y útiles los trabajos de GIMENO FELIU (2016), CERRILLO I MARTÍNEZ (2018), RAMÍREZ MARTÍNEZ (2018), DOMÍNGUEZ-MACAYA LAURNAGA (2018) y MIRANZO DÍAZ (2019).

23. Este requisito también se cumple mediante la publicación de los contratos en las plataformas y los servicios de información similares de las Comunidades Autónomas.

24. Documento de trabajo de los servicios de la Comisión. Informe sobre España 2020 que acompaña al documento Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo Europeo, al Consejo, al Banco Central Europeo y al Eurogrupo. Semestre Europeo 2020: Evaluación de los avances en lo que respecta a las reformas estructurales y la prevención y la corrección de los desequilibrios macroeconómicos, y resultados de los exámenes exhaustivos conforme al Reglamento (UE) n.° 1176/2011 {COM(2020) 150 final}.

25. Propuesta de Resolución tras una declaración de la Comisión presentada de conformidad con el artículo 110, apartado 2, del Reglamento sobre el resultado del Foro del Mercado Único. 9 de noviembre de 2011.

26. Seguimos en este apartado a SANMARTÍN MORA (2012: 300-301).

27. Resolución del Parlamento Europeo, de 18 de mayo de 2010, sobre nuevos aspectos de la política de contratación pública (2009/2175(INI)).

28. Puede verse la información, programa, discursos y resumen de los procedimientos en https://ec.europa.eu/growth/content/conference-modernisation-eu-public-procurement-policy_en.

29. Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el “Libro Verde sobre la modernización de la política de contratación pública de la UE — Hacia un mercado europeo de la contratación pública más eficiente” COM(2011) 15 final (2011/C 318/19).

30. RECOMENDACIÓN (UE) 2017/1805 DE LA COMISIÓN de 3 de octubre de 2017 sobre la profesionalización de la contratación pública “Construir una arquitectura para la profesionalización de la contratación pública”.

31. Disponible en https://ec.europa.eu/growth/content/increasing-impact-public-investment-through-efficient-and-professional-procurement-0_en.

32. Disponible en https://ec.europa.eu/docsroom/documents/25612.

33. Disponible en https://ec.europa.eu/docsroom/documents/25613.

34. Disponible en https://ec.europa.eu/growth/content/targeted-consultation-draft-guidance-public-procurement-innovation_en.

35. YÁÑEZ SÁNCHEZ (2019) expone y analiza una iniciativa de gran interés llevada a cabo en España consistente en la creación de comunidades virtuales de profesionalización en el ámbito de la contratación pública.

36. El análisis de esta herramienta tiene como base la opinión publicada en el OBCP.es el 1 de febrero de 2021.

37. Disponible en https://ec.europa.eu/info/policies/public-procurement/support-tools-public-buyers/professionalisation-public-buyers/procurcompeu-european-competency-framework-public-procurement-professionals_es.

Observatorio de los contratos públicos 2020

Подняться наверх