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6. CRITERIO DE LA ACTIVIDAD COMPRENDIDA EN LA COMPETENCIA ESPECÍFICA DEL ÓRGANO ACTUANTE
ОглавлениеCriterio enunciado por Villar Palasí, que trata de salvar la dificultad de definir en términos absolutos qué materias entran en el giro o tráfico administrativo y que casuísticamente salva las dificultades de la determinación del Derecho a aplicar en las materias fronterizas o límite de la aplicación de uno u otro Derecho, como en la contratación de las Administraciones Públicas, por ejemplo. La actividad comprendida en el «giro o tráfico administrativo» es, así, aquella que aparece expresamente atribuida a cada órgano como materia de su competencia.