Читать книгу Derecho Financiero y Tributario - Luis María Cazorla Prieto - Страница 46
E. AUTORIDAD INDEPENDIENTE DE RESPONSABILIDAD FISCAL 1. Planteamiento
ОглавлениеComo se lee en el preámbulo de la Ley Orgánica 6/2013, de 14 de noviembre, de creación de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal: «Las autoridades fiscales han demostrado ser un elemento clave para los Gobiernos a la hora de diseñar, implementar y evaluar las políticas fiscales, sobre todo en el actual escenario de crisis financiera donde resulta imprescindible realizar un control exhaustivo y riguroso del cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y deuda pública, así como de la regla de gasto».
Esta entidad de tan rebuscado nombre, Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, constituye un organismo público extraño a nuestra tradición organizativa, y que en nuestro ordenamiento jurídico ha sido alumbrado por exigencias de la Unión Europea (entre otras disposiciones, la Directiva 2011/85/UE del Consejo, de 8 de noviembre de 2011, sobre los requisitos aplicables a los marcos presupuestarios de los Estados miembros), siguiendo el ejemplo de lo que ya han hecho, con mayores o menores similitudes, otros países comunitarios, como, por ejemplo, Alemania, que lo estableció en 1963, y el Reino Unido, Francia e Italia, que lo hicieron respectivamente en 2010, 2012 y 2013. Como señala el profesor Solanes Mullor: «Las sucesivas incorporaciones de estos organismos a la organización administrativa constituyen una transformación en el paradigma de la naturaleza del Estado y del modo como este ejerce el poder político»6.
Por último, las fuentes reguladoras de la entidad que nos ocupa se encuentran en la citada Ley Orgánica, y en el Real Decreto 215/2014, de 28 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto Orgánico de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal.