Читать книгу Derecho Financiero y Tributario - Luis María Cazorla Prieto - Страница 62
B. CLASES EN PARTICULAR 1. Ingresos del Estado, de las Comunidades Autónomas y de las Corporaciones Locales
ОглавлениеLa más elemental de las clasificaciones de los ingresos de los entes públicos es la que se funda en el criterio subjetivo. Esta clasificación decanta por un lado y agrupa por otro los ingresos en función del ente público que los perciba. Según nuestro ordenamiento jurídico son entes públicos básicos perceptores de ingresos el Estado, las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales. Cada una de estas entidades públicas da pie a un subordenamiento jurídico más o menos autónomo o heterónomo en el que se regula el régimen jurídico de los ingresos que en particular reciben tales entidades.