Читать книгу El régimen jurídico de la privación de la patria potestad - Lydia Noriega Rodríguez - Страница 27

5.1.2.1. La administración de los bienes de los hijos

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Son los progenitores los que deban administrar los bienes de sus hijos, adquiridos a título oneroso o gratuito porque no tienen capacidad de obrar, aunque sí capacidad jurídica.

El art. 164 CC establece que la forma en que deberá realizarse este deber. En primer lugar, se exige a los progenitores la misma diligencia en la administración de los bienes hijos que la empleada respecto a los suyos60. Asimismo, deben cumplir las obligaciones generales de todo administrador que LASARTE ÁLVAREZ61, sintetiza en las siguientes:

Es preciso que lleven las correspondientes cuentas y en caso de que los hijos las soliciten, rendirlas, conforme a lo dispuesto en los arts. 167 y 168 CC. El deber de actuar con la diligencia exigida se concreta en que los hijos pueden accionar contra sus padres en dos momentos temporales. En primer lugar, en tanto se está llevando a cabo la administración, conforme a lo indicado en el art. 167 CC “cuando la administración de los progenitores ponga en peligro el patrimonio del hijo, el Juez, a petición del propio hijo, del Ministerio Fiscal o de cualquier pariente del menor, podrá adoptar las medidas que estime necesarias para la seguridad y recaudo de los bienes, exigir caución o fianza para la continuación en la administración o incluso nombrar un Administrador”. Igualmente, cuando haya finalizado, como indica el art. 168 CC, los hijos podrán exigir a los padres la rendición de cuentas de la administración que han ejercido sobre sus bienes hasta ese momento. La acción para exigir el cumplimiento de esta obligación prescribirá a los tres años. Por otro lado, si han actuado con negligencia o desidia, los progenitores deberán responder de su gestión, como se recoge en párrafo 2.° del citado precepto “en caso de pérdida o deterioro de los bienes por dolo o culpa grave, responderán los padres de los daños y perjuicios sufridos”.

El régimen jurídico de la privación de la patria potestad

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