Читать книгу La transformación digital de la cooperación jurídica penal internacional - María de las Nieves Jiménez López - Страница 4

Prólogo

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En primer lugar mi agradecimiento a la profesora Fontestad por encomendarme el prólogo de esta magnífica obra, al tiempo que le doy since-ramente la enhorabuena.

Como ha declarado la Comisión de la UE, la eliminación progresiva de los controles fronterizos en la Unión ha facilitado considerablemente la libre circulación de los ciudadanos de la Unión, pero también ha permitido a los delincuentes actuar con mayor libertad a escala transnacional. Con el fin de afrontar el reto de la delincuencia transfronteriza, el espacio de libertad, seguridad y justicia implica medidas para promover la cooperación judicial en materia penal entre los Estados miembros. El punto de partida es el respeto del principio de reconocimiento mutuo. Se han adoptado medidas específicas para luchar contra la delincuencia transnacional y el terrorismo, y para asegurarse de que en toda la Unión se respetan los derechos de las víctimas, de los sospechosos y de los presos.

En un Espacio de Justicia Común, es preciso afrontar la cooperación judicial penal como una necesidad insoslayable, como signo de coherencia institucional, con el fin de que podamos establecer un marco de derechos y garantías común, así como unos objetivos compartidos de política criminal que aseguren el desarrollo del estado de derecho en todos los Estados de la UE, protegiéndolos de las graves amenazas delincuenciales que sobre ellos se ciernen.

1. Por ejemplo la normativa relativa a la Orden de Detención Europea (ODE) supuso un giro copernicano, abandonando la extradición como instrumento de referencia para avanzar hacia una entrega mutua y flexible de los imputados o condenados.

Sin embargo, el paso del tiempo ha convertido la ODE en insuficiente, debido a los escasez de tipos penales recogidos y a la interpretación en clave de soberanía nacional que efectúan algunos Tribunales.

Es preciso como primer paso que los diferentes Estados centralicen la resolución de la ODE en pocos Tribunales para facilitar la homogeneidad de la interpretación y la potenciación de la experiencia jurisdiccional, al igual que se hace en España, en la que se residencia esa competencia en la Audiencia Nacional.

2. Es preciso potenciar la especialización de los Jueces y Fiscales en materia de derecho penal económico, para que puedan afrontar en condiciones de éxito la investigación del blanqueo de capitales intra y extracomunitario.

Es mucho mas eficaz el levantamiento de una trama de blanqueo de capitales que la incautación de un alijo de droga, aunque menos llamativo.

La incautación sirve para dejar fuera del mercado una determinada partida mas menos importante de droga, según su naturaleza y pesaje, pero la investigación sobre blanqueo frustra los intereses de toda la organización criminal, al tiempo que yugula sus fuentes de financiación.

En la actualidad los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad el Estado cuentan con personal especializado que no encuentra correspondencia en la formación de Jueces y Fiscales.

3. Es en materia de blanqueo transnacional en la que Eurojust ha tenido un papel determinante coordinando sistemas judiciales de diferentes Estados de la UE, facilitando información y coordinación entre Jueces de diferentes Estados, posibilitando que la investigación se concentrase solo en uno de ellos, evitando discordias competenciales.

4. Muchas de las investigaciones sobre blanqueo de capitales se inician en Estados del norte de la UE, pero precisan de las fuentes de prueba documentales que se encuentran en los Estados del Mediterráneo, especialmente en las provincias con costa, en las que la revalorización de los inmuebles supone una oferta atractiva para el dinero procedente de delito.

Otra vez ha sido Eurojust la que ha puesto el foco, para implementar cauces ágiles para facilitar una documentación prolija (bancos, Registros de la propiedad, Notarías, etc.).

En concreto en Málaga se designó un Juzgado de Marbella, para atender esas peticiones que en muchas ocasiones colapsaban el desenvolvimiento de un órgano judicial, favoreciendo asimismo la especialización.

5. De lo hasta ahora referido se deduce que el delito se ha podido cometer en un Estado pero gran parte de las pruebas se encuentran en otro y por ello la “Asistencia judicial mutua” es un instrumento de indudable importancia, que debe estar presidido por un espíritu de cooperación entre los diferentes Tribunales, evitando las reservas o recelos.

El soberanismo exacerbado de algunos tribunales es incompatible con el espíritu que debe presidir las relaciones entre Tribunales que forman parte de un Espacio de Justicia Común, que como tal reconoce la existencia de estados de derecho en todos los integrantes de la UE.

6. Quisiera destacar la problemática de la trata de seres humanos, fundamentalmente hacia el submundo de la prostitución.

Es un ámbito en el que la investigación es ardua, dado que es difícil conseguir testimonios de las víctimas y a las que aún es mas complicado otorgarles la necesaria protección no solo en su Estado de residencia sino también a sus familiares en el Estado de procedencia. Para ello es precisa una estrecha coordinación de las Policías de los diferentes Estados y una política común de protección de testigos con la salvaguarda de su intimidad.

Es una lacra que no quiere visualizarse, al ser incómoda, pero que constituye la esclavitud de nuestro siglo (fundamentalmente de mujeres), contra la que no se concentran los esfuerzos necesarios.

7. Como colofón quisiera hacer referencia al cibercrimen.

Las redes tecnológicas (Internet…) y las criptomonedas suponen un escalón mas en el desarrollo delincuencial hasta el punto de que hablamos de sociedades o multinacionales del crimen.

Es la mayor amenaza contra la paz de los Estados, ya hablemos de terrorismo, narcotráfico, etc., hasta el punto de que las Policías son un instrumentos insuficientes para su contención, siendo precisa la intervención de los Servicios de Inteligencia.

Son estos grupos delictivos los que pueden insertarse en las estructuras políticas de los Estados, dado que con su gran potencial económico, pueden conseguir verdaderos Estados títeres, narcoestados, o santuarios del terrorismo.

Madrid, 19 de febrero de 2021

Francisco Javier Arroyo Fiestas

Magistrado del Tribunal Supremo del Reino de España

La transformación digital de la cooperación jurídica penal internacional

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