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II. ASPECTOS SOCIO-JURÍDICOS DEL TRABAJO DE LA MUJER

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Abarcar el mundo del trabajo involucra tanto las dinámicas del trabajo para el mercado como las del trabajo no remunerado; particularmente en este último, aquel que se realiza dentro de los hogares para el beneficio de las sociedades y la economía. De ahí el reconocimiento de la importancia que tiene el trabajo de las mujeres al interior de los hogares, porque las actividades que ellas realizan son indispensables para la supervivencia de miembros de la propia familia y la reproducción económica familiar. Sin embargo, las labores del hogar endilgadas durante muchas generaciones exclusivamente a las mujeres, se convierten en un aspecto de molestia frente al sistema socioeconómico, ya que se trata como un aspecto no mercantil, de un trabajo fuera del mercado pese a su gran valor.

En tal sentido y con la necesidad de una profunda transformación, Carrasco (2017) considera que la reproducción social en la que intervienen tareas, trabajos y energías para la reproducción biológica y de fuerza de trabajo, también involucra los trabajos de cuidado, entre ellos el correspondiente a las labores domésticas. De tal forma, la autora muestra la relación entre lo económico y lo social bajo la consideración de que los trabajos de cuidados realizados desde los hogares son parte relevante del proceso de reproducción social1.

De acuerdo con Vaca, (2019), “las tendencias actuales muestran que las mujeres, en comparación con los hombres, presentan una menor tasa de participación en el empleo y una mayor concentración en sectores vulnerables y de baja productividad. Los patrones culturales patriarcales relegan a las mujeres al ámbito doméstico en un contexto marcado por la desigual distribución sexual del trabajo. Como consecuencia las mujeres presentan una sobrecarga de trabajo no remunerado que opera como barrera a la plena inserción laboral femenina”2. Lo cual confirma que el trabajo de las mujeres se ha encontrado durante mucho tiempo opacado y es un fenómeno extendido en el panorama social de América Latina.

La Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) mediante el estudio de Vaca (2019), indica que “ante la necesidad de gene-ración de ingresos de los hogares, la mayor participación de las mujeres en el mercado laboral en muchas ocasiones está sujeta a ser una medida de compensación del ingreso de los hombres y no como un avance real hacía una mayor autonomía económica. Esto repercute en la discriminación existente en los mercados laborales que resulta en una inserción precaria, inestable y de baja calidad para las mujeres. Las mujeres que se desempeñan por cuenta propia en ocasiones lo han hecho a través de microempresas sobre todo por las escasas oportunidades de trabajo asalariado y por la urgencia de generar sus ingresos”3.

A partir del Siglo XX se ha venido operando un cambio en la situación de la mujer, de manera especial en las sociedades de occidente, porque hay mayor ingreso de la mujer a la educación superior y al mercado laboral. A medida que la mujer va ganando espacio en el sistema educativo lo gana en las esferas del poder, lo que a su vez tiene repercusiones en la relación trabajo-familia. La afirmación que las mujeres se están incorporando al trabajo laboral, es cuestionada por Iglesias de Ussel (2004), cuando recuerda que históricamente las mujeres se encontraban incorporadas al trabajo agrario, como también lo estaban los niños. Todos los miembros de la familia concurrían a la economía del hogar. Comenta el mismo autor que la Revolución Industrial al principio produjo un alejamiento de la mujer del trabajo fuera del hogar, pero la industrialización la incorporó como a los niños al trabajo fuera de la casa. Este mismo autor habla de los efectos que produce la incorporación al trabajo, extra doméstico a la vida familiar, que no solo ocurre con relación a los hijos que se tienen4.

Cuando el trabajo de la mujer logra ser aceptado por el esposo o compañero, seguramente la relación no se verá afectada por él. Sin embargo, cuando ocurre lo contrario y hay un rechazo al trabajo, se presenta la frustración personal la cual se traslada al hogar, creando situaciones de violencia que conducen a la terminación de la relación o a las agresiones recíprocas, llevando la mujer la peor parte. Esto coincide con lo que la Organización Internacional del Trabajo (2017), ha indicado, la violencia doméstica se extiende hacia el mundo del trabajo, cuando el objetivo de la conducta violenta es impedir que una persona se integre o permanezca en la fuerza de trabajo5.

Todo lo anterior permite destacar la necesidad de ahondar en el fenómeno Violencia Intrafamiliar – Trabajo y la necesidad de generar mecanismos de protección jurídica de las mujeres. Un estudio denominado “Relación entre Empleo y Violencia Intrafamiliar” llevado a cabo por el Ministerio de Desarrollo Social (2011) de Chile, planteó a modo de conclusión que es necesario un acercamiento en la relación entre los dos fenómenos la violencia intrafamiliar y la participación en el mercado laboral de las mujeres6. En tal sentido, la reunión de expertos de la OIT no muy lejos de tal planteamiento, concluyó que en los convenios colectivos pueden incorporarse elementos que contribuyan a la superación de los efectos de la violencia doméstica por ejemplo a través de “las cláusulas sobre la violencia doméstica podrían prever, la prestación de apoyo y la concesión de licencias a las víctimas, y mecanismos para poner en contacto a las víctimas con los servicios comunitarios”7.

En atención a las consecuencias devastadoras de la violencia doméstica, la comunidad internacional adoptó el Convenio número 190 sobre la violencia y el acoso y la Recomendación número 206 en junio de 2019, en la Conferencia del Centenario de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Estos instrumentos jurídicos internacionales fueron elaborados por representantes de los gobiernos, los empleadores y trabajadores; establecen un marco común para prevenir y abordar la violencia y el acoso, particularmente reconocen los efectos indirectos negativos de la violencia intrafamiliar en el mundo del trabajo, además distingue entre: violencia en la pareja, violencia doméstica y violencia intrafamiliar.

Estudios Interdisciplinares de género

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