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PRÓLOGO

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Una profunda emoción y un inmenso placer motivaron la redacción de las palabras que sirven de prólogo al presente libro. La importancia y la relevancia actual del contenido de los distintos y muy variados aportes de los autores que hacen parte de esta sólida obra, en materia de la disrupción de las nuevas tecnologías digitales en los mercados financieros, sin duda alguna convierten a la misma en una lectura obligatoria para todos los involucra-dos en dicho ecosistema, desde los estudiantes de pregrado y posgrado en proceso de formación, pasando por los académicos de distintas áreas del derecho, hasta los profesionales que han visto en la práctica la importancia de la tecnología en el sector financiero.

Según el Diccionario de la Real Academia de la Lengua, lo disruptivo es algo relativo a la disrupción, que es una rotura o interrupción brusca. Sin embargo, el concepto que hoy en día es más relevante y usado se atribuye a Clayton M. Christensen y Joshep Brower, de la Harvard Business School, en su artículo Disruptive Technologies: Catching the Wave, publicado en 1995. Allí los autores compararon el concepto de tecnología sostenible, “que tiende a mantener un ritmo de mejora; es decir, les da a los clientes algo más o mejor en los atributos que ya valoran”, frente al de tecnología disruptiva, que es aquella que introduce “un paquete de atributos muy diferente del que los clientes tradicionales valoran históricamente”, y al menos al principio, dada la preferencia del cliente por lo conocido que le funciona razonablemente bien, tiende a usarse y valorarse solo en nuevos mercados o nuevas aplicaciones, posibilitando la aparición de nuevos mercados1. Otra visión trae a colación conceptos complementarios derivados del área de negocios, que hacen énfasis en que lo disruptivo es algo que produce una gran turbulencia –o terremoto– en el mercado, y que más adelante se complementará inescindiblemente con el concepto de innovación2.

En la medida en que los desarrollos tecnológicos han tenido aparición y desarrollo en los últimos años –como lo ilustra la implementación de negocios y servicios basados en la blockchain–, las actividades empresariales y financieras, y quizás estas últimas más que aquellas, han venido asistiendo a un profundo conjunto de cambios en sus mercados. Esto ha generado una verdadera transformación en la forma de concebir el negocio financiero, aunque en esta primera etapa el upheaval del diccionario Merriam-Webster no haya tenido aún plena aparición. Empero, como lo enseña la literatura especializada, la característica común que distinguió a negocios que desaparecieron fue precisamente que subestimaron los alcances de este cambio, de esta disrupción, y se consideraron a salvo más allá de los riesgos que implicaba.

Por otro lado, es cierto que el sector financiero y del mercado de valores que podríamos llamar tradicional ha venido actualizándose para hacer frente a la competencia, para lo cual ha echado mano de lo que se conoce como canales digitales en la prestación del servicio. En efecto, la innovación a través de medios tecnológicos se ha empezado a convertir en uno de los principales motores del desarrollo de la prestación de los servicios financieros. Adicionalmente, los Estados han sostenido una preocupación por la (re)bancarización e inclusión financiera de sus habitantes, como quiera que el crecimiento económico está asociado al acceso al crédito y, en general, a los distintos servicios financieros; y la tecnología ha demostrado ser un instrumento capaz de tumbar esas barreras que tradicionalmente han existido en los mercados financieros. Así lo ha indicado la Unidad de Regulación Financiera en Colombia: “La innovación financiera es un instrumento de política pública que permite aumentar la eficiencia en la prestación de los servicios financieros, facilita la inclusión financiera y promueve el desarrollo y la competitividad del sector”3.

Es en este contexto que, en el caso colombiano, el Gobierno nacional ha impulsado una ambiciosa agenda regulatoria en procura de la transformación digital de la actividad financiera, tal y como puede observarse con la reciente regulación de (i) los sistemas de pago de bajo monto, (ii) el espacio controlado de prueba para actividades de innovación financiera y (iii) crowdfunding, entre otros. Por su parte, la Ley del Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 ha reconocido la importancia de la tecnología en la prestación de servicios financieros e incluyó estrategias tendientes a promover la transformación digital sectorial y territorial. En el mismo sentido, el Documento Conpes 3975, “Política Nacional para la Transformación Digital e Inteligencia Nacional”, busca incorporar tecnologías digitales en el sector privado, así como la creación de ambientes de prueba en sectores sensibles a la regulación financiera.

El Documento Conpes 4005, “Política Nacional de Inclusión y Educación Económica y Financiera”, pretende integrar los servicios financieros a las actividades cotidianas de los ciudadanos y de las mipymes, entre otros, a través del fortalecimiento de la infraestructura financiera y digital para un mayor acceso a los servicios financieros tradicionales. Por último, la Superintendencia Financiera de Colombia ha implementado mecanismos como InnovaSFC y laArenera para facilitar el proceso de innovación de entidades vigiladas. Lo anterior es clara evidencia de la preocupación del Estado colombiano por la necesidad de integrar esquemas tecnológicos a la prestación de servicios financieros.

Hace unos años se empezó a hacer uso del término fintech (contracción del conjunto de palabras en inglés, Financial Technology) para hacer referencia al uso de tecnología y software para soportar y habilitar servicios financieros, incluyendo innovaciones en modelos de negocio, aplicaciones, procesos o productos que tienen un efecto material en la prestación de servicios financieros, v. gr. en mecanismos de recaudo de dinero, educación financiera e incluso en criptoactivos4. En este punto debe recordarse que en el IBM Interconnect de 2015, Heather Cox, directora de Servicio al Cliente de Citi, manifestó que “la gente necesita servicios bancarios, pero no necesariamente necesita a los bancos”. Se trata de una manifestación que demuestra un descontento de las personas con la banca tradicional, circunstancia que ha impulsado la creación de alternativas y la presencia de nuevos actores en el ecosistema. Ahora bien, es razonable considerar que no es probable que los actores tradicionales desaparezcan por la presencia de nuevos partícipes en el mundo digital, sino que, por el contrario, los primeros han venido encontrando distintas maneras de adaptarse a esta nueva revolución digital. Como lo ha manifestado el Financial Stability Board (FSB), no es evidente que fintech vaya a cambiar la esencia de la intermediación en la prestación de servicios financieros, pero sí ayuda a reducir fricciones, tales como asimetrías de información, externalidades negativas o distorsiones de comportamiento, entre otros5.

La academia no puede ser ajena a estos cambios en los mercados; de ahí que resulta de gran relevancia contar con los distintos y variados aportes de distintos miembros que hacen parte del sector financiero, ya sea desde un punto de vista académico o práctico, máxime cuando la implementación y puesta en práctica de estos nuevos esquemas tecnológicos debe construirse de manera armónica entre los distintos partícipes, siendo la academia un actor fundamental en tan importante tarea.

Teniendo en cuenta estos antecedentes, y bajo el nombre de Los mercados financieros ante la disrupción de las nuevas tecnologías digitales, la Universidad Externado de Colombia y el Departamento de Derecho Financiero y Bursátil de la misma casa de estudios presentan ante la comunidad académica una obra sin par en el concierto nacional, que recoge casi una veintena de trabajos que tienen como común denominador ocuparse de diversos tópicos tradicionales de los mercados financieros mirados ahora a partir del prisma de las nuevas tecnologías digitales. De esta manera, el libro que usted, amigo lector, tiene en sus manos, lo paseará desde las interesantes facetas del asesoramiento financiero, ahora desde la visión del llamado robo advice, hasta lo relacionado con la naturaleza jurídica de los criptoactivos y la función de la blockchain en la compensación y liquidación de los mercado de valores, pasando por las características y problemáticas de los denominados neobancos y de los ecosistemas de pago digitales, para solo mencionar algunos de los principales temas tratados.

En primer lugar, la obra cuenta con estudios sobre las principales aplicaciones de la tecnología en servicios y productos que tradicionalmente han sido prestados por el sistema financiero tradicional. Así, Erick Rincón presenta un detallado análisis de los ecosistemas de pagos digitales, incluyendo sus problemáticas y las propuestas para dichos sistemas; Paola Carroza nos habla de la nueva banca y la manera como big data, small data y business analytics presentan una oferta de valor para los clientes del sector financiero; Andrés Felipe García analiza la regulación algorítmica en los mercados financieros; Luisa Fernanda Herrera realiza unas apreciaciones de algunos de los efectos jurídicos de la tecnología en el negocio de los seguros y en su comercialización; y Juan Sebastián Peredo lleva al lector por un recorrido de los bancos digitales –neobancos–, su ambiente regulatorio y retos frente a la innovación constante.

En segundo lugar, la obra cuenta con estudios sobre los nuevos actores en los ecosistemas financieros. En este contexto, Daniel Castaño y Sebastián Ocampo presentan al lector un análisis sobre los aspectos orgánicos y los aspectos dinámicos de la innovación fintech y las start-ups; y Jorge Alberto Padilla presenta un análisis sobre el crowdfunding en Colombia, su regulación y propuestas de mejora.

En tercer lugar, se presenta un trabajo del profesor Fernando Zunzunegui en el cual se plantea y desarrolla la figura del robo-advisor, se hace un estudio comparativo entre el asesoramiento tradicional y el automatizado, y, respecto de este último, se analizan su complejidad, ventajas y riesgos. El aporte del profesor Zunzunegui finaliza con unas propuestas concretas sobre su tratamiento futuro.

En cuarto lugar, los autores Jorge Alberto Ramírez Gómez, Jorge Armando Corredor Higuera y Daniela Ríos realizan un juicioso análisis de las implicaciones de la tecnología blockchain en los mercados de valores, en particular en los sistemas de compensación y liquidación; así como su impacto en la inclusión financiera para América Latina. En el mismo sentido, en el libro se estudian distintas aplicaciones de los sistemas de registro distribuido, como lo son las criptomonedas y la regulación de los proveedores de servicios de cambio y de custodia de los monederos electrónicos, aspecto frente al cual Pablo Sanz Bayón nos presenta una interesante perspectiva desde el desarrollo que se ha presentado sobre el particular en la Unión Europea. De igual manera, Ligia Catherine Arias presenta un análisis de los contratos inteligentes en el sistema financiero, incluyendo un estudio desde los elementos de la regulación realmente responsiva. Luis Fernando López y Jorge Alberto Padilla introducen al lector al concepto de garantías inteligentes y su potencial aplicación en el sistema jurídico colombiano. Por último, Constanza Blanco plantea una interesante aproximación a las ofertas públicas iniciales de monedas, incluyendo una propuesta sobre el concepto de valor que tiene en cuenta la naturaleza propia de los criptoactivos.

En quinto lugar, el lector encontrará importantes estudios con respecto a la protección del consumidor en el marco del nuevo ecosistema digital. En este contexto, resultan fundamentales los aportes de José Orlando Montealegre con respecto a competencia en los mercados financieros digitales, de los que se destacan los desafíos que el entorno de la economía digital plantea a las autoridades de la competencia, las propuestas para estimular la competencia y la adaptación de los instrumentos tradicionales a los mercados digitales. Así mismo, los autores Mauricio Humberto Baquero Herrera, Jorge Armando Corredor y Daniela Ríos presentan interesantes análisis con respecto al principio de trato justo y equitativo como fundamento de los mecanismos de protección de los inversionistas en plataformas digitales de inversión.

Por último, el lector encontrará un profundo análisis de las aproximaciones regulatorias al fenómeno fintech, frente al que Mauricio Baquero y Jorge Corredor nos presentan un detallado y completo estudio sobre las areneras regulatorias y la democratización de la provisión y acceso a los servicios financieros a través de fintech.

Esta breve descripción del enfoque y de los temas que fueron tratados por los distintos autores a lo largo de la obra muestran su riqueza y su valor doctrinario para los distintos interesados en el ecosistema fintech. El abanico de temas tratados en el presente libro pretende dar al lector un material de consulta que le permita comprender de manera reflexiva y profunda las distintas manifestaciones de esta revolución disruptiva en los mercados financieros, para luego aplicar las lecciones en un ámbito académico o profesional.

LUIS FERNANDO LÓPEZ ROCA

Director

Departamento de Derecho Financiero y Bursátil

Bogotá, Colombia, octubre de 2021

Los mercados financieros ante la disrupción de las nuevas tecnologías digitales

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