Читать книгу Anuario de Derecho de la Competencia 2018 - Miguel Ángel Recuerda Girela - Страница 37

IV. CONCLUSIÓN

Оглавление

La digitalización de la economía y la creciente utilización de los algoritmos ha cambiado radical y definitivamente la manera de interactuar tanto de los propios operadores como de los clientes finales.

Si bien es incuestionable que el uso de algoritmos puede reportar enormes beneficios tanto desde el punto de vista de la oferta (reducción de costes, mejora de la eficiencia, disminución de barreras de entrada) como desde el punto de vista de la demanda (incremento de la transparencia, eliminación de la asimetría en el acceso a información, aumento de la presión competitiva sobre la oferta), las autoridades de competencia han de estar vigilantes ante la posible utilización fraudulenta e ilícita de los algoritmos por parte de las empresas.

El verdadero reto de las autoridades de competencia no se refiere tanto a los algoritmos utilizados como medio para ejecutar un acuerdo anticompetitivo previo (para lo que el marco jurídico actual ya pone a su disposición suficientes herramientas), sino a los algoritmos que, en ausencia de acuerdo previo, facilitan la existencia de colusión tácita incluso en mercados que no reúnen elementos oligopolísticos.

De entre todas las medidas que las autoridades de competencia podrían adoptar para combatir el uso ilícito de los algoritmos, destaca la aplicación de un sistema de autoevaluación por parte de las empresas, de tal forma que analicen los posibles efectos que un determinado algoritmo producirá en el mercado. Este sistema cambiaría por completo la manera actual de afrontar y analizar los cárteles, que podrían dejar de considerarse una infracción por objeto y empezarían a evaluarse bajo un análisis de efectos.

Sin perjuicio de lo anterior, no hay que perder de vista que el uso de algoritmos puede dar lugar a importantes beneficios para el mercado. Por ello, las autoridades de competencia han de ser cautas a la hora de aplicar cualquier medida de regulación en torno a los algoritmos y su utilización, en la medida en que una sobre-regulación podría limitar e incluso acabar con sus potenciales beneficios y efectos pro-competitivos. En palabras del Secretario de la OCDE «resulta necesario llevar a cabo un análisis coste-beneficio antes de adoptar ningún tipo de regulación que pueda tener un impacto perjudicial en la economía digital y superar los posibles beneficios»8).

Anuario de Derecho de la Competencia 2018

Подняться наверх