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1. NO EROSIÓN

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La principal ventaja sustantiva de la Mediación para la solución de conflictos empresariales es que minimiza la erosión de las relaciones entre las partes. Esto se facilita especialmente si se extrema la asimetría de la información conforme al siguiente modelo, que impide la contradicción:

Las partes facilitan alegaciones y pruebas únicamente al Mediador que no las traslada abiertamente a la otra parte, sino que las utiliza únicamente para hacer su propia relación de hechos probados. Esto le permite ir socavando los errores fácticos de las partes en sus respectivas entrevistas con ellos, depurándolos hasta hacer aceptable la propuesta del Mediador.

Al no trasladar abiertamente a una parte la posición de la otra, se evita la confrontación radical entre aquéllas. En la medida que las partes solo se reúnen para evaluar una propuesta concreta de solución, se impide la contradicción. Las alegaciones se tienden a discutir con el Mediador. La contradicción tiende a restringirse a la relación parte/Mediador.

De esta forma, se limita la erosión de las relaciones comerciales entre empresas, que pueden continuarlas paralelamente al desarrollo del mecanismo de solución. Igualmente, se protegen las relaciones personales entre los representantes de las respectivas empresas, que, en la práctica, tanto condicionan las relaciones empresariales.

Desde este punto de vista (no erosión), la Mediación se percibe como un mecanismo más eficiente que la negociación, en la que la ausencia de un tercero neutral obliga a las partes a una confrontación directa durante el proceso.

Una interesante reflexión sobre la asimetría de las posiciones de las partes y la capacidad del Mediador para equilibrarlas, centrada en la Mediación familiar pero plenamente válida para la Mediación empresarial la plantea, MERINO ORTIZ (2013): «Los temas principales relacionados con el poder y con el riesgo de caer en el discurso dominante en la Mediación se resumen en cuatro planteamientos: la neutralidad y autodeterminación, la simetría, el perfil de la persona Mediadora y el paradigma dominante».

En concreto, la no erosión se valora especialmente en sectores económicos de competencia restringida, endogámicos por la existencia de cruces de paquetes accionariales, en los que las condiciones de mercado obligan a operar a través de, UTEs, «joint venture» o de uniones temporales de empresas, o en los que existe un fuerte control estatal o público. Las diferencias culturales generan también distintas percepciones y reacciones frente a la conflictividad. DODSON, resalta el interés del mercado asegurador para favorecer el uso de los MASC, especialmente por la concentración que implican las relaciones de coaseguro y coreaseguro que llegó a concretarse en el Reino Unido en el «Market ADR Commitment 1998».

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