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Prólogo

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Miguel Ángel Collado Yurrita

Catedrático de Derecho Financiero y Tributario

Director del Centro Internacional de Estudios Fiscales

Universidad de Castilla-La Mancha

Las relaciones entre los contribuyentes y la Administración tributaria están destinadas a abrirse a nuevos espacios de diálogo y cooperación. Aunque la aparición del conflicto es, en no pocos casos, inevitable, dada la enorme complejidad de la legislación tributaria y de los procedimientos para su aplicación, debe impedirse su aparición en lo posible y, de surgir, procurar resolverlo con celeridad, dados los efectos perjudiciales que la confrontación produce para todas las partes de la relación jurídico-tributaria. La conflictividad tributaria empaña el desarrollo económico de grandes empresas y pymes, pero también dilata en exceso la recaudación efectiva de las deudas tributarias por parte de la Administración. Las disputas tributarias adquieren mayor impacto cuando concurre algún elemento transfronterizo, bien por afectar a alguna empresa multinacional o a personas físicas con grandes patrimonios en distintas jurisdicciones, bien por la elevada cuantía de la regularización. No sólo las disputas tributarias domésticas generan un coste económico a la Hacienda pública, sino especial y notoriamente las de carácter internacional, donde los recursos humanos empleados por la Administración tributaria son mayores y más dilatada la duración en el tiempo de unos procedimientos tributarios que generan costes y, frecuentemente, acaban residenciados en los órganos jurisdiccionales.

Ello explica que, en los últimos años, ante las limitaciones mostradas por las medidas de control ex post de las obligaciones tributarias de las grandes empresas y las dificultades para conocer la lógica comercial y fiscal que impulsa sus estructuras y operaciones, las administraciones tributarias hayan iniciado un cambio de estrategia hacia un nuevo modelo de relaciones entre la Administración y los contribuyentes basado no en la confrontación, sino en la transparencia, la confianza y la colaboración. Surge así la idea de “relación cooperativa” (después “cumplimiento cooperativo”) que ha cobrado forma a través, principalmente, de instrumentos de soft law y que puede resumirse en el establecimiento de una relación entre Administración tributaria y contribuyente basada en la buena fe y la confianza mutua, en la que, a cambio de una actitud transparente por parte del contribuyente, la Administración proporcione seguridad jurídica.

En España, este nuevo modelo de relación, hoy tímidamente reconocido en el art. 92.2 de la Ley General Tributaria, se puso en marcha a través de códigos de buenas prácticas, instrumentos convencionales y no vinculantes suscritos voluntariamente entre la AEAT y determinadas entidades o instituciones privadas, que contienen una serie de compromisos asumidos por ambas partes y encaminados a mejorar el cumplimiento tributario más allá de los establecido en las normas jurídicas vinculantes. Un modelo, inicialmente ceñido a grandes empresas, que está evolucionando hacia otro tipo de sujetos, alcanzando ya a profesionales tributarios y, en un futuro próximo, a pymes y autónomos, y que se complementa con el surgimiento de sistemas de gestión de tax compliance a efectos de prevenir y gestionar los riesgos tributarios de las empresas (Norma UNE 19602:2019), cuya implantación efectiva y certificación busca en última instancia ser un elemento de prueba a fin de evitar la imposición de sanciones administrativas y penales.

Ahora bien, la búsqueda de una relación más colaborativa, menos inquisitiva y más orientada a la prevención del conflicto trasciende la puesta en marcha de programas de cumplimiento cooperativo, de naturaleza voluntaria e informal y que posiblemente solo sirva o interese a ciertas categorías de contribuyentes. El tránsito hacia un modelo de relación jurídico-tributaria más colaborativa, erigido sobre los principios de transparencia, seguridad jurídica y buena administración, implica un auténtico cambio de cultura en el cumplimiento tributario, exigible, por supuesto, a contribuyentes e intermediarios, pero también, conviene recordar, a la propia Administración tributaria. Desde este enfoque más amplio del cumplimiento cooperativo, a mi juicio, son necesarias reformas en la aplicación de los tributos que garanticen la efectividad de los derechos de los contribuyentes y que permitan el desarrollo de una relación más colaborativa entre contribuyentes, intermediarios y Administración tributaria, que reduzca en lo posible la conflictividad y la litigiosidad. No se trata de reformar los procedimientos de tal manera que el debate los acabe petrificando, pero sí de mejorar sensiblemente las actuaciones de información y asistencia a los obligados tributarios, y de introducir y potenciar en el marco de la aplicación de los tributos y en vía de revisión administrativa aquellos instrumentos que permitan aproximar posiciones y buscar el entendimiento en casos complejos que impliquen, por ejemplo, valoraciones de bienes y derechos o interpretación de conceptos jurídicos indeterminados. De esta manera se estimularía un clima de colaboración que redundaría en una disminución del conflicto.

Esas y otras cuestiones son objeto de análisis en la obra que tengo el placer de presentar y que forma parte del proyecto de I+D “El cumplimiento cooperativo de las obligaciones tributarias en la era post BEPS: nuevos retos” (PGC2018-097713-B-I00), dirigido por la profesora Saturnina Moreno González y el profesor Pedro José Carrasco Parrilla. Este trabajo colectivo es el resultado de dos eventos científicos realizados en el seno del citado proyecto. Por un lado, el Curso de Verano de la Universidad de Castilla-La Mancha sobre “Las relaciones entre Administración tributaria y contribuyentes desde la óptica del cumplimiento cooperativo de las obligaciones tributarias”, celebrado el 24 y 25 de septiembre de 2020, y, por otro lado, el curso de especialización en “Tax Compliance”, realizado dentro de la edición XXI de los Cursos de Postgrado en Derecho de la Universidad de Castilla-La Mancha, celebrado del 11 al 27 de enero de 2021. La obra cuenta con la participación de reconocidos investigadores nacionales e internacionales expertos en cumplimiento cooperativo y reducción de la conflictividad tributaria.

El libro se estructura en cuatro partes que ayudan a la comprensión y seguimiento de su objeto de estudio. El primer bloque temático se titula “Cumplimiento cooperativo en materia tributaria: fundamentos y modelos”. En él, el lector encontrará las líneas generales sobre los principios inspiradores del cumplimiento colaborativo de las obligaciones tributarias y la naturaleza jurídica de los distintos modelos empleados para la puesta en marcha de este tipo de experiencias; esta cuestión, además, se analiza no solo desde un enfoque de derecho interno, sino también desde la óptica del derecho comparado, gracias a la colaboración de especialistas italianos y mexicanos.

En el segundo bloque, titulado “Las relaciones entre la Administración tributaria y los contribuyentes en la era del cumplimiento cooperativo: nuevos desafíos sobre las garantías de los contribuyentes”, se analiza el impacto del cumplimiento cooperativo sobre el comportamiento de los contribuyentes, así como la exigencia para la Administración tributaria de salvaguardar la seguridad jurídica en el seno del compliance tributario. De igual forma, se examina la interacción entre los nuevos deberes de información a cargo principalmente de intermediarios fiscales y la implantación de un nuevo modelo de cumplimiento cooperativo.

El tercer bloque se dedica al estudio del cumplimiento cooperativo y su relación con la reducción de la conflictividad tributaria, analizando la cuestión desde la óptica de las buenas prácticas en la información y asistencia a los obligados tributarios, pasando por los instrumentos que pretenden prevenir el afloramiento de disputas y reducir la conflictividad en los procedimientos de aplicación de los tributos y en la vía administrativa, finalizando con los mecanismos de resolución de las mismas desde la perspectiva doméstica e internacional.

Por último, la obra se cierra con un novedoso cuarto bloque temático novedoso destinado al análisis de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (como el blockchain y la inteligencia artificial) para mejorar el cumplimiento tributario y reducir la conflictividad. Es esta una cuestión de presente y, sobre todo, de un futuro cada día más inmediato que requiere, sin duda, un examen atento y sosegado.

Solo me resta agradecer a los autores de esta obra su compromiso y la calidad de sus trabajos, lo que, sin duda, redunda en beneficio de nuestra disciplina científica. Gracias, asimismo, a las entidades públicas y privadas que han participado en las actividades científicas que han dado origen a este trabajo y a las instituciones que han financiado su realización y publicación. Hago extensivo el agradecimiento a los directores y coordinador de esta obra y a la editorial Thomson-Reuters Aranzadi por aceptar su publicación.

Cumplimiento cooperativo y reducción de la conflictividad: hacia un nuevo modelo de relación entre la Administración tributaria y los contribuyentes

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