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Inversión extranjera

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La inversión interna en Cuba representa la mitad del promedio de América Latina, lo que ha inducido a una baja tasa de crecimiento económico del país. Según Marino Murillo, jefe de la Comisión Permanente para la Implementación de las Reformas, se requieren entre dos mil y dos mil quinientos millones de dólares anuales para que despegue la economía a un crecimiento razonable (Granma, 5 de octubre de 2014). Para lograrlo se aprobó en abril de 2014 una nueva ley de inversión extranjera que entró en vigor a fines de junio.

La nueva ley tiene avances respecto a la de 1995. Extiende la inversión extranjera a todos los sectores excepto salud, educación y fuerzas armadas. Exime el pago del impuesto sobre ingresos personales, el de la fuerza de trabajo y el aduanero para ciertas importaciones; el de utilidades por ocho años, y el impuesto sobre ventas por un año. Permite abrir cuentas en divisas en bancos extranjeros, así como la importación y exportación directas (lo último ya existía en la ley previa, pero no se cumplió). Limita el trámite de autorización/denegación de la inversión a 45 o 60 días dependiendo del ente estatal que aprueba; antes no había límite y a menudo tomaba años. Autoriza empresas con capital totalmente extranjero (estipulado en la ley previa, en la práctica 49%). Permite ser inversionista a las “personas jurídicas” cubanas residentes en la isla, y de manera implícita a los cubanos residentes en el exterior. Ofrece garantías a los inversionistas extranjeros incluyendo indemnización en caso de expropiación. Se espera que la Zona Especial de Desarrollo de Mariel (ZEDM) sea un imán para la inversión extranjera.

La ley no cambia ciertas normas previas o agrega limitantes. Continúa la contratación del personal a través de agencias estatales autorizadas; el inversor extranjero no puede escoger su personal o despedirlo, tiene que recibir el que le ofrezca la agencia estatal (salvo los de alto nivel); si surge un conflicto con un empleado, debe someterlo a la agencia para su resolución. Mantiene la entrega de los salarios en divisas por la empresa extranjera al gobierno y éste, a su vez, paga una fracción de lo cobrado a los trabajadores en pesos y la diferencia se la queda el Estado, lo cual es un desincentivo (el inversor puede crear un fondo de estimulación sobre sus utilidades para distribuir entre el personal).[8] Prohíbe ser inversionista a las “personas naturales” y a los trabajadores por cuenta propia, pero lo autoriza para las cooperativas. Los inversionistas extranjeros pueden ser expropiados por motivo de utilidad pública o interés social; en varios casos se deja la solución de conflictos a los tribunales locales y no a la corte de arbitraje internacional.

Las reformas sino-vietnamitas han extendido notablemente la inversión extranjera, lo cual ha sido un factor esencial para el boom económico de ambos países, los cuales han logrado de las más altas tasas de crecimiento en el mundo.

Cuba: ¿Ajuste o transición?

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