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Un poco de historia

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Reformar significa —según el diccionario de la RAE— cambiar e innovar, pero también arreglar, enmendar y corregir. En el caso específico de la reforma “raulista”, no sólo es importante preguntarse en qué consiste tal “reforma” y cuáles son sus tramas principales para así comprender hacia dónde apuntan las modificaciones, sino conviene también precisar cuál es su punto de partida, para esclarecer qué es lo que está siendo corregido, transformado y renovado.

Los antecedentes del proceso actual se ubican en la profunda crisis económica que siguió a la caída del Muro de Berlín y a la desaparición del llamado campo socialista y en el conjunto de medidas de ajuste con que se intentó hacerle frente. A principios de la década de 1990, el gobierno cubano declaró el inicio del “Período Especial en Tiempos de Paz” y emprendió una primera reestructuración económica que condujo a un tímido acercamiento al mercado, con mínimos cambios políticos. Esta reestructuración económica incluyó la aceptación y promoción de la inversión extranjera (mixta y de capital privado) en diversos sectores; la legalización del trabajo por cuenta propia y la tenencia de divisas; la apertura del mercado interno; la cooperativización masiva de la producción agropecuaria; la racionalización del aparato estatal con reducción de puestos de trabajo, y la política fiscal.

En 1991, el Llamamiento al IV Congreso del Partido Comunista de Cuba convocó a un debate público de las líneas principales que habrían de seguir la política y la economía del país para los cinco años siguientes. En asambleas de trabajadores y vecinos se recogieron las opiniones de la población, y se pudo constatar una demanda social extendida sobre la necesidad de ampliar la democracia y la representatividad de los poderes populares y los mecanismos de sufragio. El congreso terminó sugiriendo a la Asamblea que elaborara una propuesta de reforma y, en 1992, la Asamblea Nacional aprobó lo que sería el cambio institucional más profundo desde su implantación en 1976, la Reforma Constitucional y la nueva Ley Electoral.

El nuevo texto constitucional modificó los artículos 1 y 3 que redefinían las bases del Estado; definió al Partido Comunista de Cuba (PCC) como martiano y marxista-leninista, vanguardia de la nación cubana y fuerza dirigente de la sociedad y el Estado. De igual modo, suprimió los principios de unidad de poderes y centralismo democrático (Art. 68: 24); eliminó el de ateísmo científico en la enseñanza y excluyó la “punibilidad de oponer la fe religiosa a la Revolución”; reformuló la propiedad socialista como la “propiedad de todo el pueblo sobre los medios fundamentales de producción” (Art. 14: 12, el subrayado es mío); y reconoció la pequeña propiedad privada y la posibilidad de que la propiedad estatal pueda ser transmitida a personas naturales o jurídicas (Art. 15)[1] (Constitución de Cuba, 1992).

Estos cambios generaron modificaciones en el orden institucional como la eliminación de los Comités Ejecutivos de las asambleas municipales y provinciales del Poder Popular que fueron sustituidos por unos Consejos de Administración, y el otorgamiento del reconocimiento legal a los Consejos Populares. Por su parte, la reforma electoral permitió la elección directa de los delegados provinciales y de los diputados a la Asamblea Nacional,[2] pero a través de candidaturas cerradas (tanto nombres, como puestos). Estas acciones ampliaron la inclusión ciudadana ya que, tanto la extensión de la definición del Estado (de la clase obrera a la nación) como el reconocimiento de los religiosos (y la eliminación de las restricciones para su ingreso al PCC y al ejercicio de cualquier profesión), trajeron una ciudadanía más inclusiva. Por otra parte, más allá de los cambios constitucionales, disminuyó el rechazo a los homosexuales y se abrió paso una política de tolerancia a la diversidad en las preferencias sexuales. No obstante, otras modificaciones como las leyes de Protección de la Independencia Nacional y la Economía de Cuba (ley 88 de 1991, creada para tipificar y sancionar actos de “colaboración con el bloqueo y la ley Helms Burton”) y de Reforma Constitucional (2002), que refrenda la irrevocabilidad constitucional del socialismo (adición de un párrafo al Art. 3 de la Constitución de 1992), fueron candados a la posibilidad de liberalización del sistema político.

El resto de los cambios constitucionales se destinaron a legalizar las medidas de ajuste económico; entre ellos la reforma a los Arts. 14 y 15 respecto a la definición de la propiedad socialista como la propiedad sobre los medios fundamentales de producción (Art. 14), la adición de una salvedad en cuanto a que los bienes del Estado socialista “no pueden transmitirse en propiedad a personas naturales o jurídicas, salvo los casos excepcionales en que la transmisión parcial o total de algún objetivo económico se destine a los fines del desarrollo del país y no afecten los fundamentos políticos, sociales y económicos del Estado” (Art. 15, el subrayado es mío); y la incorporación del Art. 23 que reconoce las empresas mixtas y sus propiedades concediendo respaldo legal a las inversiones extranjeras, uno de los pilares del proyecto económico de ajuste del llamado Período Especial. Por último, la aprobación de la ley que regula el Trabajo por Cuenta Propia, amparada por el Art. 21 (derechos sobre los medios e instrumentos de trabajo personal y familiar), dejó abierto el curso para la legalización de esta modalidad de empleo que se ha convertido en uno de los pivotes de la reforma actual.

Como consecuencias sociales (“no esperadas”) de estos cambios en la legislación y la aplicación de las medias de ajuste económico, se produjo una pluralización de la sociedad civil y la aparición de zonas de “relativa autonomía” dentro de ella. A partir de los noventa puede decirse que se produce un renacer de la sociedad civil cubana, ya que, junto a las organizaciones “oficiales”, surgieron asociaciones más autónomas que han estado operando en la escena cubana con mayor o menor grado de tolerancia por parte del Estado. Entre ellas se encuentran organizaciones no gubernamentales dedicadas a la investigación, a la educación popular y a otros temas; asociaciones comunitarias y barriales; organizaciones laicas vinculadas a las Iglesias y los cultos religiosos; pequeños grupos disidentes de derechos humanos, de familiares de presos políticos; y asociaciones de periodistas independientes (hostigados y perseguidos permanentemente por el gobierno). Tanto este aumento de la pluralidad social como el discurso legitimador de la reforma constitucional (marco legal del Período Especial) implicaban un reacomodo del consenso. Por una parte, la diversificación social significaba un reto a la definición del “pueblo” que había sido la base de la integración y la cohesión sociales; por la otra, el llamado a “salvar la Patria, la Revolución y el Socialismo” (en ese orden) replanteaba los logros revolucionarios en una versión restringida a las conquistas mínimas de la educación, la salud y la seguridad social, lo que contrasta con la idea de la construcción de un futuro mejor que había legitimado la adhesión en las décadas anteriores.

En suma, lo que me interesa destacar es que, si bien la reforma actual es la de mayor calado y profundidad de las realizadas en las últimas cinco décadas, durante los años que preceden la llegada al poder de Raúl Castro, tuvieron lugar importantes modificaciones tanto en la estrategia económica como en el ámbito político institucional.[3] Como veremos a continuación, la mayor parte de los cambios políticos y constitucionales necesarios para dar legalidad al proceso de actualización del socialismo y a la reforma económica que está hoy en curso, ocurrieron durante la década de los noventa y los primeros años del siglo XXI, por lo que la reforma actual no ha precisado de grandes cambios institucionales.

Cuba: ¿Ajuste o transición?

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