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El entorno legal
ОглавлениеEn diciembre de 1992, el gobierno de Alberto Fujimori, dictaminando sin contrapeso legislativo28, deroga los artículos centrales del Decreto Ley N.o 19327, de Promoción de la Industria Cinematográfica, dictado en 1972 por el régimen militar presidido por el general Juan Velasco Alvarado (Bedoya y León, 1995, pp. 108-112). Se desmonta el régimen de la exhibición obligatoria de cortos y largometrajes, así como la entrega a favor del productor de una parte del impuesto a los espectáculos públicos no deportivos. La razón: la supuesta incompatibilidad de esos beneficios y estímulos con el principio de la libertad de comercio consagrado por la Constitución.
El final de esa ley clausura un período intenso de producción de cortometrajes, proyectados de manera obligatoria en todas las salas del país, así como de largometrajes, que llegaron a bordear los sesenta títulos. También genera la frustración de una promoción de nuevos realizadores que se iniciaban en la producción de cortos, como Aldo Salvini, Luis Barrios, Augusto Cabada y Edgardo Guerra. Algunos de ellos migran hacia la televisión, realizando, años después, proyectos cinematográficos (García, 2013).
En octubre de 1994, una nueva ley de cine es promulgada (Ley N.o 26370). Esa norma, expurgada de cualquier “desviación” proteccionista, se ajusta a la ortodoxia liberal con la que se administran las políticas económicas durante ese momento del régimen de Alberto Fujimori.
En su parte considerativa, la ley reconoce el papel cultural que desempeña la actividad cinematográfica y proclama el deber de promoción que le toca al Estado. Crea un organismo, el Consejo Nacional de la Cinematografía Peruana (Conacine), dependiente del Ministerio de Educación, pero con un directorio conformado por miembros del gremio. Conacine se encarga de aplicar el sistema de fomento estatal que, de acuerdo a la letra de la ley, toma la forma de un sistema de concursos destinados a premiar cada año a los seis mejores proyectos de largometrajes y a cuarenta y ocho cortos terminados.
Las recompensas se fijan en dinerario no reembolsable y gratifican la calidad, sea del proyecto del largometraje o del cortometraje acabado. Para cumplir con el sistema de fomento se requiere un monto, en moneda nacional, equivalente a dos millones de dólares, aproximadamente, que debe consignar el Tesoro Público cada año para cumplir con los concursos y sufragar los gastos administrativos del Conacine. El sistema creado no interfiere con los principios de libertad contractual y de mercado proclamados por la política económica de raigambre liberal.
El mecanismo de los concursos se sustenta en un modelo de concesión estatal de estímulos directos (premios a la calidad) a la producción cultural y no en subsidios indirectos, reprobados por la doctrina liberal. En otras palabras, no se trata de un régimen legal de promoción industrial, como pretendía serlo la ley dictada en 1972. Es, más bien, un modelo basado en estímulos y premios a la calidad de los proyectos de largometrajes y a los cortometrajes ya realizados. Es el punto que marca la diferencia de este régimen con el anterior.
La ley no establece canales de exhibición forzosa para los cortos premiados. Diseña un régimen concertado de exhibición de los largometrajes y la intervención arbitral del Estado en el caso de que algún exhibidor, presionado por los distribuidores de cintas extranjeras, abuse de su posición en el mercado.
Al cabo de poco tiempo se comprueba que la voluntad estatal de apoyar al cine no es consistente. El Estado no cumple con asignar los recursos para que la ley de cine se aplique sin tropiezos.
Desde 1996, año en que se convocan los primeros concursos, hasta 2011, el cine peruano recibe fondos menores a los establecidos por la ley. Ello afecta la periodicidad de los concursos, incrementa las expectativas insatisfechas de los cineastas más jóvenes y dificulta el desarrollo de la cinematografía peruana con voluntad empresarial, es decir con capacidad para proyectar resultados y persistir en el empeño.
Sin embargo, la ineficiencia de la ley no detiene los afanes creativos, sobre todo en un momento de cambios profundos en las modalidades de la producción cinematográfica y de aparición de nuevas tecnologías, el abaratamiento de las cámaras digitales y la disponibilidad de múltiples herramientas para la grabación y edición de imágenes y sonidos. Desde el año 2000 llegan a las salas de cine comerciales los primeros títulos de nuevos realizadores. Pero no solo eso. Se realizan películas fuera del esquema de los premios oficiales y surge una promoción de directores en Lima y en otras regiones del país dispuesta a cumplir sus propósitos de acuerdo a sus recursos económicos y en función de sus necesidades expresivas. En paralelo, los propios productores y realizadores crean circuitos de exhibición alternativos en diferentes zonas del país, instalados para dar visibilidad a una producción regional inédita.
A partir de 2005 se aumenta el presupuesto de Conacine pero sin alcanzar los montos estipulados en la ley. Recién en 2012 se entregan los recursos debidos. En ese período se premian proyectos de largometrajes de Lima y de las regiones (a partir de 2006 se convocan concursos de proyectos exclusivos para las regiones, con excepción de Lima metropolitana y el Callao), proyectos de documentales y se dirigen recursos para la posproducción. Entre otros cambios, se incorpora como jurados de los concursos de proyectos de largometrajes a especialistas extranjeros, con el fin de procurar una mayor transparencia en los resultados.
En julio de 2010 se crea el Ministerio de Cultura y el cine pasa a depender de este. En la reorganización de los organismos del Poder Ejecutivo desaparece el Conacine, que es absorbido por el nuevo Ministerio, y la administración del cine peruano se convierte en responsabilidad de la Dirección de Industrias Culturales y Artes (Dicine) del Ministerio de Cultura.
En noviembre de 2011, bajo la presidencia de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes del Ministerio de Cultura, se instala una Comisión dedicada a elaborar un nuevo proyecto de ley de cine. Participan representantes de la Asociación Peruana de Prensa Cinematográfica (Apreci), del Sindicato de Artistas e Intérpretes del Perú (SAIP), de la Unión de Cineastas Peruanos (UCP), de la Asociación de Cineastas Regionales del Perú (ACRIP) y de la Asociación de Productores Cinematográficos del Perú (APCP). El resultado de su trabajo es un proyecto de ley de cinematografía que prevé la creación de un fondo financiero alimentado por el porcentaje del valor de la entrada al espectáculo cinematográfico que se destina a las municipalidades, y una cuota de pantalla facultativa. En 2014, luego de una observación del Ministerio de Economía al proyecto, el Ministerio de Cultura decide archivarlo.
Desde 2013, los asuntos vinculados con el cine son administrados por la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios (DAFO) del Ministerio de Cultura. Se convoca a concursos para premiar también proyectos experimentales y proyectos de gestión cultural para el cine y para el audiovisual.