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1.1. LA PERSUASIÓN O EL PROPÓSITO FINAL

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Etimológicamente, el término persuasión deriva del latín persuadere, palabra formada por suadere (atraer a otros a una opinión por medios agradables), y per, partícula que intensifica el sentido del verbo suadere. Por lo tanto, la persuasión puede definirse como un proceso destinado a cambiar de una persona (o de un grupo) la actitud o comportamiento hacia algún evento, idea, objeto o persona(s), mediante el uso de palabras escritas o habladas para transmitir información, sentimientos, razonamientos, o una combinación de los mismos1).

Con las razones que uno expresa oralmente, la persuasión, induce, mueve u obliga a otro a creer o hacer una cosa. Así, a través de la persuasión, tratamos de que el entendimiento de otras personas se incline hacía la idea que proponemos para, de esta forma, conseguir que la idea penetre en la voluntad de aquellas.

Desde una perspectiva forense, como indica Concha Calonje2), persuadir y convencer son los elementos esenciales de la argumentación del abogado. La persuasión es el arte de preparar el ánimo y la atención del cliente o interlocutor para que éste sobrepase el mundo de su emoción y opinión individual y descubra el mundo de la valoración que esconde su propio juicio. Dicho de otro modo, a través de la persuasión, el abogado prepara a su oyente o interlocutor para que acepte su argumentación. Convencer, por otro lado, supone establecer los hechos ocurridos como posibles, definir los términos por los que la acción se relaciona con el caso, valorar la esencia de lo ocurrido y dar las razones de dicha valoración. Hay que persuadir con la emoción y convencer a la razón.

Con la Venia, Manual de oratoria para abogados

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