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I. INTRODUCCIÓN

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El D&O (seguro de directores y oficiales1 corresponde a un contrato de seguro de tipo social, ya con cierta historia, que se remonta a los casos más antiguos que se recuerdan de principios de los años 30. La figura es uno de los muchos ejemplos de contratos sociales típicos que se originan en el conocido y reputado mercado internacional de Lloyd’s en Londres (Reino Unido). Sin embargo, la explosión de su popularidad se produciría más tarde, ya en los decenios de 1980 y 1990, en los Estados Unidos de América.

El principal factor subyacente a este fenómeno de popularidad fue el clima de litigios cada vez más intenso en esa jurisdicción, con la inherente multiplicación de demandas presentadas contra los administradores de empresas por todo tipo de entidades, tanto individualmente como a través de acciones colectivas.

La asunción de un cargo directivo ha llegado a considerarse una actitud arriesgada, a veces casi temeraria, siendo el riesgo tanto mayor cuanto mayor es el grado de exposición mediática de la empresa a cuya dirección ascendía. El ejercicio de las funciones de gestión se convirtió gradualmente en una actividad de alto riesgo. Aceptar una invitación para dirigir una empresa implicaría avanzar con el pecho abierto hasta la línea de fuego.

“Los administradores no estaban dispuestos a enfrentar, con sólo sus bienes, el riesgo de ser blanco de una demanda colectiva. Su derrota estuvo casi asegurada desde el principio por la incapacidad econó-mica para costear la defensa. El costo de la defensa por sí solo fue casi suficiente para obligar al administrador a rendirse. El seguro D&O fue la solución”2.

Con el fin de hacerlos más atractivos para los gerentes y ejecutivos más calificados, las grandes empresas comerciales comenzaron a ofrecerles un seguro de D&O, que se convirtió en una condición casi sine qua non para aceptar un puesto en la dirección de una gran empresa3.

“¿Qué ejecutivo, hoy en día, en buena conciencia, aceptaría la invitación de dirigir una gran empresa o de formar parte de su consejo de administración sin antes asegurarse de contratar una cómoda y completa póliza de seguro de D&O?”4

El seguro de D&O es actualmente un producto fuertemente estandarizado5. En Lisboa o Nueva York, Londres o São Paulo, las cláusulas contratadas difieren poco. En esencia, las siguientes son las coberturas sociales típicas de un seguro de D&O 6:

Side A. Esta garantía cubre directamente la responsabilidad civil de los directores y sus gastos de defensa, cuando la empresa no lo hace, porque no quiere o no puede asumir dichos gastos.

Side B. Esta garantía cubre los gastos incurridos por la empresa con los gastos de defensa y las indemnizaciones que deben pagar los respectivos directores para el reembolso o adelanto de lo que deben pagar como consecuencia de su propia responsabilidad civil frente a terceros.

Side C. Esta garantía cubre la responsabilidad civil de la propia sociedad. Esta garantía se limita normalmente a circunstancias muy específicas, que se asocian a las anteriores por razones históricas.

El seguro de D&O se contrata normalmente en forma de seguro de responsabilidad civil, conocido como seguro de “reclamaciones hechas” (claims made). Se trata de una forma de seguro en la que el plazo de cobertura tiene en cuenta el momento de reclamar una indemnización a la persona que reclama la condición de perjudicado: las reclamaciones estarán cubiertas durante el período de cobertura estipulado contractualmente7.

Por regla general, en estos seguros también hay una fecha –general-mente denominada “fecha retroactiva”– que delimita en el tiempo los hechos que dan lugar a la responsabilidad civil que pueden reclamarse en virtud del contrato de seguro: sólo las pretensiones relativas a hechos supuestamente cometidos después de dicha fecha retroactiva pueden ser cubiertas por el seguro.

En Portugal, el seguro de D&O aún no ha sido objeto de una reglamentación especial. En el Brasil, su modo de funcionamiento es el definido en los párrafos II y III del art. 3 de la Circular SUSEP N.º 553 de 23/05/2017.

Normalmente, las propias empresas comerciales contratan seguros en beneficio de sus directores y otros altos cargos. Aunque este seguro puede calificarse como seguro de responsabilidad civil, en los términos y a los efectos de la aplicación de los respectivos planes8, en sentido estricto es un seguro multirriesgo que, además de la cobertura de responsabilidad civil, incluye la cobertura de riesgos auxiliares y complementarios del riesgo de responsabilidad civil9. Entre ellas se encuentran la cobertura de los costos de investigación y defensa.

“En común, estos diversos riesgos comparten el hecho de que están vinculados al riesgo principal, que es el riesgo de que los bienes de la persona asegurada se vean obligados a indemnizar a terceros”10.

“Así, lo dispuesto en el artículo 787 del CCB, es decir, ‘en el seguro de responsabilidad civil, el asegurador garantiza el pago de las pérdidas y daños adeudados por el asegurado a un tercero’, no significa que todos los recursos derivados de la indemnización que debe pagar el asegurador deban destinarse, exclusivamente, a los terceros perjudicados por la conducta del asegurado, sino que también deben cubrir los gastos necesarios para establecer si las cantidades reclamadas son efectivamente adeudadas por el asegurado, así como, delimitar la cantidad adeudada”11.

Dimensiones y desafíos  del seguro de responsabilidad civil

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