Читать книгу Comentario al Texto Refundido de la Ley Concursal - Abel B. Veiga Copo - Страница 14

1. INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA (INE)

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El INE y el Consejo General del Poder Judicial firmaron en 2005 una adenda al Convenio de colaboración ya existente entre estas dos instituciones para la realización de las estadísticas judiciales. En virtud del acuerdo, el INE16 elabora trimestralmente estadística sobre los procesos concursales, a través de la información que mensualmente es recogida vía cuestionario de los Juzgados de lo Mercantil, así como de los Juzgados de 1.ª Instancia y los Juzgados de 1.ª Instancia e Instrucción con competencia mercantil. La estadística se realiza desde 2005 y sustituye a la estadística de sus pensiones de pagos y declaraciones de quiebra, que dejo de realizarse con la entrada en vigor de la Ley concursal.

El principal objetivo de la estadística es proporcionar información trimestral sobre el número de deudores concursados y algunas de sus principales características. La estadística es de carácter coyuntural, pretende servir de indicador de la situación empresarial y de la coyuntura económica, y junto con otros indicadores, contribuir al análisis de los periodos de crecimiento, crisis o enfriamiento de la economía española.

En el cuestionario que se recogen mensualmente de los juzgados, se aporta información sobre las siguientes variables: número de expedientes de concursos presentados en el Juzgado; número de concursos declarados; identificación fiscal del concursado; tipo de concurso (voluntario o necesario); clase de procedimiento (ordinario o abreviado); si existe, o no, propuesta anticipada de convenio y, en caso positivo, su contenido (quita, espera, quita y espera, otra proposición); masa activa del deudor concursado; y masa pasiva del deudor concursado.

Adicionalmente, y en el caso de los deudores concursados que ejerzan una actividad empresarial, ya sean personas físicas o jurídicas, esta estadística proporciona información de otras variables obtenidas del cruce del NIF de la empresa concursada recogido en el cuestionario, con los datos del Directorio Central de Empresas del INE y de otras encuestas del INE. Dichas variables son: tramo de asalariados al que pertenece la empresa concursada; actividad económica principal de la empresa concursada (según la Clasificación Nacional de Actividades Económicas de 2009 (CNAE-2009); tramo de volumen de negocio anual de la empresa concursada; la pertenencia de la empresa concursada a un grupo empresarial, y en caso afirmativo, si el grupo está o no bajo control extranjero; y la personalidad jurídica del deudor concursado.

A partir del 2010 la recogida de la información proveniente de los Juzgados, se realiza vía cuestionario telemáticamente, utilizando una aplicación de Internet. Además, como fuente adicional se recoge la información publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Los datos solicitados para la realización de la estadística son cumplimentados en un cuestionario on-line (boletín estadístico), elaborado por el INE con el apoyo del Consejo General del Poder Judicial.

Las estadísticas del INE, son las utilizadas tanto por el Consejo General del Poder Judicial, como los diversos centros o institutos estadísticos de las Comunidades Autónomas y demás organizaciones17.

Comentario al Texto Refundido de la Ley Concursal

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