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III. EL DERECHO DE LA COMPETENCIA

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Hoy también se consideran incluidas en el Derecho Mercantil las instituciones del que puede denominarse Derecho de la competencia. Son instituciones que han surgido de manera autónoma, pero que se han ido integrando, en virtud de una evolución legislativa y de la labor de la doctrina en lo que se denomina propiedad industrial y, como ya se ha dicho, Derecho de la competencia. Esas instituciones son las marcas y signos distintivos de las empresas, las patentes, el diseño industrial, la regulación contra la competencia desleal y las normas para la protección de la libre competencia.

La trascendencia de esta legislación, novedosa en Europa, consiste en que dio lugar a un cambio fundamental de perspectiva sobre la función que cumplen las normas reguladoras de la competencia.

Si con la proclamación de la libertad de industria y de comercio se establece el derecho de todos los ciudadanos a participar y competir en el tráfico económico, con las normas «antitrust» se produce un cambio radical de postura: quienes participan profesionalmente en el tráfico económico no sólo tienen derecho a competir, sino que tienen la obligación de hacerlo.

Esto hace que las instituciones de propiedad industrial que habían nacido fundamentalmente en el siglo XIX cobren un nuevo significado. Como se ha visto, las patentes, las marcas, la competencia desleal surgen concebidas para proteger a los empresarios. Pero con la vigencia del Derecho «antitrust» se pone de manifiesto que la regulación de la competencia tiene por objetivo fundamental que el régimen de economía de mercado funcione, y que para que la libre competencia funcione adecuadamente las instituciones que sirven para regular la competencia no pueden interpretarse exclusivamente desde la perspectiva de los intereses de los empresarios, sino que ante todo hay que tener en cuenta el interés público de que el sistema funcione correctamente.

A este cambio de perspectiva contribuye decisivamente la aparición en los años 60, a partir del célebre mensaje al Congreso de los EE. UU. del Presidente Kennedy, de 15 de marzo de 1962, del movimiento de protección a los consumidores. Ese movimiento hace que se considere que las normas que regulan la competencia económica y las instituciones vinculadas a ella tienen también por objetivo la protección de los consumidores.

Surge así la idea de que toda esta serie de instituciones que habían nacido de manera autónoma cobran su sentido integradas en el denominado Derecho de la competencia, porque todas ellas sirven para que el sistema competitivo funcione. Y funciona en beneficio de todos los participantes en el mercado, tanto los empresarios, como los consumidores, y en beneficio en general del interés público.

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