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9. LA DEFENSA EN LOS MECANISMOS EXTRAJUDICIALES DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS: EL ARBITRAJE, LA MEDIACIÓN, LA TRANSACCIÓN, LA NEGOCIACIÓN Y OTROS

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CONCEPTO

Instrumentos que permiten dirimir controversias jurídicas al margen de los procedimientos establecidos para ellos en las normas procesales.

La transacción es un contrato por el cual las partes, dando, prometiendo o reteniendo cada una alguna cosa, evitan la provocación de un pleito o ponen término al que había comenzado (art. 1.809 del Código Civil)

↔ [Véase el Practicum Ejercicio de la abogacía 2021 15/5 a 15/205]

REGULACIÓN

– LOPJ, LEC, LECrim, LJCA, LRJS, Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje, Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles (además de la normativa autonómica en esta materia).

– Ley 4/2015, de 27 de abril, de Estatuto de la Víctima del Delito.

– Código Civil, arts. 1.809 a 1.819.

CASO PRÁCTICO

PLANTEAMIENTO

Rómulo y Remo son amigos desde la infancia. Fueron al mismo colegio, les gustaban las mismas cosas, estudiaron juntos Ingeniería Informática en la Universidad y montaron un negocio de desarrollos informáticos que ha dado lugar a una gran empresa.

Tras la comida que celebran todos los años en junio para celebran el aniversario de la creación de la empresa iniciaron una discusión en la que aparecieron los reproches, de ahí pasaron a los insultos, las amenazas y que derivó en una pelea en el aparcamiento del restaurante en el que se agredieron mutuamente y en la que cada uno de ellos causó cuantiosos daños en el vehículo del otro y que termino con ambos en urgencias y con denuncias recíprocas por delitos de lesiones.

Aunque ambos están arrepentidos ninguno ceja en su empeño. Rómulo y Remo han sido llamados a declarar ante el Juzgado de Instrucción donde se incoan las correspondientes diligencias previas y tanto al Juez como al Fiscal les parece un caso que puede derivarse hacia la mediación.

1. ¿Está permitida la mediación penal en nuestro sistema?

2. ¿Es posible en este caso?

3. ¿Qué requisitos han de darse?

4. ¿Sería posible derivar a mediación penal una denuncia de violencia de género?

5. ¿Sería posible suspender la pena que se les impusiera en un hipotético juicio?

RESPUESTA

La medición penal (o justicia restaurativa) está recogida como sistema de resolución de conflictos en la Ley 4/2015, de 27 de abril, de Estatuto de la Víctima del Delito.

El artículo 15.1 de la Ley 4/2015, de 27 de abril, de Estatuto de la Víctima del Delito

Dispone que las víctimas podrán acceder a servicios de justicia restaurativa, en los términos que reglamentariamente se determinen, con la finalidad de obtener una adecuada reparación material y moral de los perjuicios derivados del delito.

Para ello es preciso que se cumplan los siguientes requisitos

a) el infractor haya reconocido los hechos esenciales de los que deriva su responsabilidad;

b) la víctima haya prestado su consentimiento, después de haber recibido información exhaustiva e imparcial sobre su contenido, sus posibles resultados y los procedimientos existentes para hacer efectivo su cumplimiento;

c) el infractor haya prestado su consentimiento;

d) el procedimiento de mediación no entrañe un riesgo para la seguridad de la víctima, ni exista el peligro de que su desarrollo pueda causar nuevos perjuicios materiales o morales para la víctima; y

e) no esté prohibida por la ley para el delito cometido.

Resulta posible en tanto que no esté expresamente prohibida (como sucede con la violencia de género donde no cabe la mediación).

El artículo 84.1.1.ª del Código Penal establece que el cumplimiento del acuerdo alcanzado por las partes en virtud de mediación permite al juez o tribunal condicionar la suspensión de la ejecución de la pena.

MINI-CASOS

1. Ana, propietaria de un inmueble, celebró un contrato de arrendamiento con Joaquín en el que se incluían determinadas causas que podían dar lugar a la resolución del contrato. Ambas partes mantienen una discrepancia sobre si concurre causa que da lugar a la resolución del contrato.

No tratándose de materias indisponibles para las partes acuerdan su disputa a arbitraje y nombrar como árbitro a George Smith, abogado de nacionalidad británica.

a) No es posible porque el arbitraje tiene que ser dirimido por, al menos, tres árbitros.

b) No es posible porque el árbitro tiene que tener nacionalidad española.

c) Es posible en tanto que el árbitro tenga la condición de jurista.

d) El arbitraje sobre inmuebles tiene que ser realizado por instituciones públicas.

2. Dolores Fuertes ha formulado demanda frente al Ayuntamiento de Teruel en reclamación de cantidad por los daños sufridos en su vehículo mientras circulaba por la calle Amantes de esa ciudad.

Si en la vista del procedimiento abreviado las partes exponen haber alcanzado un acuerdo que implica la desaparición de la controversia, el Juez

a) Dictará auto declarando terminado el procedimiento.

b) Dictará auto declarando terminado el procedimiento, siempre que lo acordado no fuera manifiestamente contrario al ordenamiento jurídico ni lesivo del interés público o de terceros.

c) Dictará sentencia mediante la que ratificará el acuerdo alcanzado por las partes.

d) Suspenderá la vista y otorgará un plazo de veinte días para que las partes aporten el acuerdo por escrito.

3. María y José se conocen desde niños. Nacieron y crecieron en el mismo barrio de Teruel. Hace diez años se casaron y fruto de su relación tuvieron una hija. Pero las cosas se torcieron hace unos meses y la relación se ha deteriorado.

En los últimos dos meses han mantenido varias discusiones y la semana pasada, en un arrebato, llegaron a las manos. María golpeo a José con una lámpara y José le propinó dos manotazos en la cara. El resultado es que ambos terminaron en la comisaría y José fue detenido por la posible comisión de un delito de violencia sobre la mujer.

Ambos están muy arrepentidos y el Abogado de María que, aunque se dedica al Derecho Laboral quiere ayudarles porque los conoce de toda la vida, propone derivar la situación a la mediación penal.

a) La mediación en estos casos es una solución admitida por la Ley Orgánica del Poder judicial.

b) La mediación en estos casos es una solución no previstas en la Ley Orgánica del Poder judicial pero admitida en la Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

c) En todos estos casos está vedada la mediación.

d) Aunque la Ley de mediación penal no dice nada al respecto se entiende que estos casos son susceptibles de mediación penal.

4. Jonas Fisher, de nacionalidad británica y al que le encanta la pesca, ha contratado los servicios de la empresa Asturiana de Salmones, SL, para pasar unos días en el río Narcea.

El primer día se encuentra con Manuel que será su guía durante los siguientes tres días. En ese primer día Manuel lleva a Jonas a diversos lugares, le presenta a fabricantes de moscas y le enseña el lugar en el que van a pescar al día siguiente.

Manuel le explica que mañana se espera un día nublado y que van a pescar al amanecer. De esa forma quedan a las seis de la mañana en un recodo profundo en el que el agua fluye a gran velocidad. Manuel le explica a Jonas que tienen autorización para pescar en ese lugar entre las seis de la mañana y las once de la noche.

Jonas está impaciente y a las 4:30 de la mañana ya está en el lugar en el que ha quedado con Manuel. Incapaz de esperar a que llegue Manuel a las cinco empieza a pescar. Cuando a las cinco y media aparece Manuel, Jonas acaba de pescar un hermoso ejemplar de más de siete kilos. Cuando Ángel está sacando unas fotos de la captura, aparece Ahab, el Guarda, que denuncia a Jonas por pescar sin autorización. Manuel convence a Jonas y devuelven el salmón, todavía vivo, al río. Aun así Ahab mantiene la denuncia en la que hace constar que la sanción que se le puede imponer es de 601 euros.

Manuel le propone a Jonas que se olvide del asunto. Que su hermano Ángel es Abogado y que cree que podrán llegar a un acuerdo para reducir la sanción.

Al día siguiente Ángel solicita una reunión con el instructor del expediente. A la semana siguiente se reúne con el instructor y le propone el siguiente acuerdo. Jonas reconoce su culpabilidad, y dado que Jonas tenía autorización para la pesca de salmón en ese lugar a partir de media hora después y que no se ha causado ningún daño, puesto que el salmón volvió de forma inmediata al río, se reduzca la sanción a 220 euros.

Al instructor le parece bien, pero advierte a Ángel que al tratarse de una infracción grave la sanción mínima es la señalada inicialmente (601 euros) y que se estaría aplicando una reducción de casi el 70% sobre la cuantía mínima, y que la resolución de los procedimientos sancionadores corresponde al Consejero. Justo en ese momento entran en el despacho del instructor el Director General y el Consejero. El instructor les presenta a Ángel y les comenta el objeto de la reunión. El Consejero pide la opinión del Director General que considera que las circunstancias expuestas son constitutivas de infracción si bien es cierto que concurren todas las circunstancias que permiten acceder a lo solicitado y que, en esos términos, el acuerdo no es contrario al ordenamiento jurídico. El Consejero muestra su conformidad y el Director general le dice al instructor que prepare propuesta de terminación convencional.

El acuerdo propuesto por Ángel...

a) No es posible, puesto que la transacción no está reconocida entre las formas de terminación del procedimiento administrativo

b) No es posible, puesto que la transacción está reconocida como forma de terminación del procedimiento administrativo, está expresamente excluida para los procedimientos sancionadores

c) Es posible, puesto que la transacción está reconocida como posible forma de terminación del procedimiento siempre que el acuerdo no sea contrario al ordenamiento jurídico ni verse sobre materias no susceptibles de transacción.

d) Es posible, puesto que la transacción está reconocida como posible forma de terminación de cualquier tipo procedimiento siempre que, como señala la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, ambas partes muestren, de forma expresa y por escrito, su conformidad.

TEST

1. Están excluidos del ámbito de aplicación de la Ley de Arbitraje

a) Los arbitrajes sobre materias de libre disposición conforme a derecho.

b) Los arbitrajes laborales.

c) Los arbitrajes internacionales.

d) Los arbitrajes internacionales en los que una de las partes sea un Estado.

2. Para la asistencia judicial en la práctica de pruebas en un arbitraje será competente

a) El Juzgado de Primera Instancia del lugar del arbitraje.

b) El Juzgado del lugar donde hubiere de prestarse la asistencia.

c) El Juzgado de Primera Instancia del lugar del arbitraje o el del lugar donde hubiere de prestarse la asistencia.

d) El Juzgado de lo Mercantil del lugar del arbitraje.

3. Para la ejecución forzosa de laudos o resoluciones arbitrales será competente

a) El órgano arbitral.

b) El Juzgado de Primera Instancia del lugar en el que se haya dictado.

c) La Audiencia Provincial del lugar en el que se haya dictado.

d) La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia del lugar en el que se haya dictado.

4. Para conocer de la acción de anulación del laudo será competente

a) El órgano arbitral.

b) El Juzgado de Primera Instancia del lugar en el que se haya dictado.

c) La Audiencia Provincial del lugar en el que se haya dictado.

d) La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia del lugar en el que se haya dictado.

5. Están excluidos del ámbito de aplicación de la Ley de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles

a) Los conflictos transfronterizos de cualquier clase.

b) En materia de consumo.

c) En materia de responsabilidad contractual.

d) En materia de responsabilidad extracontractual.

6. La solicitud de inicio de mediación

a) No suspende la prescripción de acciones.

b) No suspende la prescripción de acciones pero interrumpe el plazo de caducidad.

c) Suspende la prescripción o caducidad de acciones.

d) Suspende la prescripción de acciones pero no interrumpe el plazo de caducidad.

7. El plazo para firmar la sesión constitutiva del procedimiento de mediación desde la recepción de la solicitud de inicio de la mediación es de

a) Diez días.

b) Quince días.

c) Veinte días.

d) Un mes.

8. El reconocimiento y ejecución en territorio español de las decisiones arbitrales y acuerdos de mediación dictados en el extranjero corresponde...

a) A los correspondientes órganos administrativos españoles.

b) A los Tribunales Civiles españoles.

c) A los órganos administrativos o judiciales del país en el que se haya adoptado esa decisión arbitral o ese acuerdo de medición.

d) La Ley Orgánica del Poder Judicial prohíbe el reconocimiento y ejecución en territorio español de las decisiones arbitrales y acuerdos de mediación dictados en el extranjero.

9. Cuando se trate del reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales, decisiones arbitrales y acuerdos de mediación dictados por los Tribunales extranjeros...

a) Los Tribunales españoles podrán declinar su competencia.

b) Los Tribunales españoles podrán abstenerse.

c) Los Tribunales españoles no podrán abstenerse o declinar su competencia.

d) Los tribunales españoles podrán inhibirse

10. Los Letrados de la Administración de Justicia tendrán competencias en materia de medición:

a) En ningún caso.

b) Únicamente para la mediación penal en materia de violencia de género.

c) Cuando así lo prevean las leyes procesales.

d) En todo caso, puesto que la Ley Orgánica de Poder Judicial les atribuye esa competencia

Acceso a la Abogacía y Procura. Preparación del examen de acceso 2022

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