Читать книгу Acceso a la Abogacía y Procura. Preparación del examen de acceso 2022 - Alberto Palomar Olmeda - Страница 56
11. LA BUENA FE, EL ABUSO DE DERECHO Y EL FRAUDE DE LEY
ОглавлениеCONCEPTO
Buena fe
La buena fe es un concepto jurídico que se apoya en la valoración de una conducta deducida de unos hechos, como recogieron las sentencias de esta Sala de 29 de noviembre de 1985 (RJ 1985, 5915), 7 de mayo de 1993(RJ 1993, 3685) y 8 de junio de 1994 (RJ 1994, 4905), pero aunque un concepto jurídico es de libre apreciación por los Tribunales, debiendo presumirse la buena fe en tanto no sea declarada judicialmente –sentencias de 5 de julio de 1985(RJ 1985, 3642), 15 de febrero de 1991 (RJ 1991, 1272) y 12 de marzo de 1992 (RJ 1992, 2172) – (Cfr. Sentencia del Tribunal Supremo de 29 de enero de 2004 [RJ 2004, 154]).
La Sentencia de 21 mayo 1982 (RJ 1982, 2588) estableció que «el principio de la buena fe, como límite al ejercicio de los derechos subjetivos, precisa la fijación de su significado y alcance y en este sentido ya la Sentencia de esta Sala de 29 enero 1965 (RJ 1965, 262) establece una serie de supuestos típicos cuya concurrencia autoriza, en términos generales, a admitir contradicen dicho principio, concretando que se falta a la buena fe cuando se va «contra la resultancia de los actos propios, se realiza un acto equívoco para beneficiarse intencionadamente de su dudosa significación o se crea una apariencia jurídica para contradecirla después en perjuicio de quien puso su confianza en ella», señalando también la doctrina científica moderna más autorizada que actúa contra la buena fe el que ejercita un derecho en contradicción con su anterior conducta en la que hizo confiar a otro –prohibición de ir contra los actos propios–, y especialmente infringe el mismo principio el que ejercita su derecho tan tardíamente que la otra parte pudo efectivamente pensar que no iba a actuarlo –retraso desleal– vulnerando, tanto la contradicción con los actos propios como el retraso desleal, las normas éticas que deben informar el ejercicio del derecho, las que lejos de carecer de trascendencia..., determinan el que el ejercicio del derecho se torne inadmisible, con la consiguiente posibilidad de impugnarlo por antijurídico...» (en el mismo sentido ver S. 21 septiembre 1987 [RJ 1987, 6186]) (Cfr. Sentencia del Tribunal Supremo de 2 de febrero de 1996 [RJ 1996, 1081]).
Abuso de derecho
El artículo 7 del Código Civil, tras establecer, en su apartado 1, que «los derechos deberán ejercitarse conforme a las exigencias de la buena fe», dispone, en su apartado 2, que «la Ley no ampara el abuso del derecho o el ejercicio antisocial del mismo. Todo acto u omisión que por la intención de su autor, por su objeto o por las circunstancias en que se realice sobrepase manifiestamente los límites normales del ejercicio de un derecho, con daño para tercero, dará lugar a la correspondiente indemnización y a la adopción de las medidas judiciales o administrativas que impidan la persistencia en el abuso». Como recuerda la sentencia de esta Sala de 28 de enero de 2005 (RJ 2005, 1829), en relación con el abuso del derecho, «la doctrina jurisprudencial exige para su apreciación como elementos esenciales: a) el uso de un derecho objetivo y externamente legal; b) daño a un interés no protegido por una específica prerrogativa jurídica, y c) la inmoralidad o antisocialidad de ese daño, manifestada en forma subjetiva (ejercicio del derecho con intención de dañar, o sin verdadero interés en ejercitarlo «ausencia de interés legítimo»), o en forma objetiva (ejercicio anormal del derecho, de modo contrario a los fines económico-sociales del mismo) –Sentencias, entre otras, 21 diciembre 2000 (RJ 2001, 1082), 16 mayo (RJ 2001, 6212) y 12 julio 2001 (RJ 2001, 5161), 2 julio 2002 (RJ 2002, 5834), 13 junio 2003 (RJ 2003, 5048), entre otras» (Cfr. Sentencia del tribunal Supremo de 25 de enero de 2006 [RJ 2006, 612]).
Fraude de ley
Los actos realizados al amparo del texto de una norma que persigan un resultado prohibido por el ordenamiento jurídico, o contrario a él, se considerarán ejecutados en fraude de ley y no impedirán la debida aplicación de la norma que se hubiere tratado de eludir (artículo 6.4 del Código Civil).
En el supuesto del debate, nos encontramos ante la figura del fraude civil, que exige la concurrencia necesaria de una serie de actos, que pese a su apariencia de legalidad, violan, aunque no frontalmente, sí, por otras vías indirectas, el concepto ético o el contenido jurídico de las normas, en la procura de ventajas, logros o intereses propios con daño y perjuicio deliberado o aprovechado para personas ajenas y que son las destinatarias de tales efectos negativos, por consecuencia de constatadas infracciones de deberes jurídicos, que pretenden cobertura legal, al acomodarse a la letra de la Ley, pero vulnerando su sentido, espíritu y la filosofía de rectitud y adecuada ordenación social que la debe inspirar (STS de 30 de mayo de 1994 [RJ 1994, 3765]), ya que la finalidad de los contratos que nos ocupan ha sido la compra por la demandada de los votos de determinados acreedores de la junta de graduación de la quiebra al objeto de obtener los apoyos de los mismos en detrimento de los demás, en el acuerdo final del órgano indicado, cuyo concepto, como de mero hecho, es de la apreciación del Juzgador de instancia, a menos que se impugne con éxito a través del artículo 1692.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEG 1881, 1), lo que aquí no ha tenido lugar (Cfr. Sentencia del Tribunal Supremo de 20 de julio de 2006).
REGULACIÓN
– Código Civil, art. 6.4.
TEST
1. El principio de buena fe se encuentra recogido
a) En el Código Civil.
b) En el Código Civil y en la Ley de Enjuiciamiento Civil.
c) En el Código Civil y en la Ley Orgánica del Poder Judicial.
d) En el Código Civil, en la Ley de Enjuiciamiento Civil y en la Ley Orgánica del Poder Judicial.
2. En virtud del principio de buena fe
a) No surtirán efecto las pruebas obtenidas, directa o indirectamente, violentando los derechos o libertades fundamentales con manifiesto abuso de derecho.
b) Los Juzgados y Tribunales rechazarán fundadamente las peticiones, incidentes y excepciones que se formulen.
c) Los Juzgados y Tribunales deberán resolver siempre sobre las pretensiones que se les formulen.
d) Los Juzgados y Tribunales deberán desestimar las pretensiones que se les formulen por motivos formales cuando el defecto fuese insubsanable.
3. Si el Tribunal estima que alguna de las partes ha actuado conculcando las reglas de la buena fe procesal, podrán imponerle
a) Amonestación pública.
b) Apercibimiento por escrito.
c) Multa.
d) Suspensión del ejercicio de la abogacía por un plazo no superior a tres meses.
4. Las sanciones que se impongan por infracción de la buena fe procesal
a) Serán recurribles en vía administrativa.
b) Ponen fin a la vía administrativa y son recurribles ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
c) Son susceptibles de recurso de audiencia en justicia.
d) No cabe recurso alguno.
5. Si el Tribunal entiende que la actuación contraria a las reglas de la buena fe podría ser imputable a alguno de los profesionales intervinientes en el proceso
a) Podrá dar traslado al Consejo General del Poder Judicial.
b) Dará traslado al Consejo General del Poder Judicial.
c) Dará traslado al correspondiente Colegio Profesional.
d) Dará traslado, en todo caso, al Ministerio Fiscal.
6. Las peticiones e incidentes que se formulen con manifiesto abuso de derecho o entrañen fraude de ley o procesal.
a) Serán inadmitidas.
b) Serán inadmitidas y comunicadas al Ministerio Fiscal.
c) Serán rechazadas sin necesidad de otra motivación.
d) Serán rechazadas fundadamente.
7. Supone una actuación en abuso de derecho
a) Cualquier acto que, por la intención de su autor, tenga por objeto el ejercicio de un derecho, y suponga perjuicio daño para un tercero.
b) Toda omisión que, de forma intencionada, sobrepase manifiestamente los límites normales del ejercicio de un derecho, con daño para tercero.
c) Todo acto que, aún sin intención de su autor, sobrepase manifiestamente los límites normales del ejercicio de un derecho, con daño para tercero.
d) Toda omisión que, aún sin intención de su autor, sobrepase manifiestamente los límites normales del ejercicio de un derecho, con daño para tercero.
8. El abuso de derecho con daño para tercero dará lugar a...
a) A la correspondiente indemnización y a la adopción de las medidas judiciales que compensen la persistencia en el abuso.
b) A la correspondiente indemnización que compense el ejercicio de ese abuso.
c) A la correspondiente indemnización y a la adopción de las medidas judiciales o administrativas que impidan la persistencia en el abuso.
d) A la adopción de las medidas administrativas y penales que impidan la persistencia en el abuso.
9. Se consideran ejecutados en fraude de ley
a) Los actos realizados al amparo de una norma jurídica con rango de ley que persigan un resultado prohibido por el ordenamiento jurídico, o contrario a él.
b) Los actos realizados al amparo de una norma jurídica que persigan un resultado prohibido por el ordenamiento jurídico, o contrario a él.
c) Los actos realizados al amparo de una norma jurídica que persigan el resultado contrario al establecido en la norma.
d) Los actos realizados al amparo de una norma jurídica que persigan un resultado no previsto en esa norma.
10. Los actos ejecutados en fraude de ley
a) impiden la debida aplicación de la norma que se hubiere tratado de eludir y dan lugar a la correspondiente sanción.
b) impiden la debida aplicación de la norma que se hubiere tratado de eludir y están tipificados, en todo caso, como delito leve.
c) impiden la debida aplicación de la norma que se hubiere tratado de eludir y están tipificados, en todo caso, como delito.
d) no impedirán la debida aplicación de la norma que se hubiere tratado de eludir.