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5.7. Política agraria, forestal y de energías renovables

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En la misma línea que acabamos de indicar es probable que tampoco exista una duda razonable sobre la conexión de los factores ambientales y las políticas que se desarrollan en el territorio. Desde luego, entre las mismas, la política agraria y forestal y, en general, toda la que se vincula con las energías renovables.

Desde una perspectiva competencial, el artículo 149.1.23 atribuye al Estado la competencia exclusiva en relación con la normativa básica de montes, aprovechamientos forestales y vías pecuarias.

Por su parte, el artículo 148 de la CE señala la competencia de las Comunidades Autónomas, en el marco de sus Estatutos de Autonomía, sobre la “…7.ª La agricultura y ganadería, de acuerdo con la ordenación general de la economía. 8.ª Los montes y aprovechamientos forestales…”.

Comentarios a la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética

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