Читать книгу Tratado de derecho farmacéutico y de los medicamentos - Jordi Faus Santasusana - Страница 15
5. BIBLIOGRAFÍA
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Scherer, F. M., 1997. Industry structure, strategy and public policy. Addison Wesley, Prentice Hall. Nueva Jersey.
Una discusión más amplia puede encontrarse en Lobo, F., 2015. Políticas actuales de precios de medicamentos en Europa: panorama general. Springer Healthcare. Madrid. Disponible en http://e-archivo.uc3m.es/bitstream/handle/10016/23136
Martínez, D., 2005. Curso básico de derecho farmacéutico: 100 cuestiones esenciales. Asociacion Española de Derecho Farmacéutico (ASEDEF). Madrid.
Seguimos en Lobo, F., 2015. Políticas actuales de precios de medicamentos en Europa: panorama general. Springer Healthcare. Madrid. Disponible en http://e-archivo.uc3m.es/bitstream/handle/10016/23136
Commission of the European Communities, 2009. Case N.º COMP/M.5476 - PFIZER/WYETH. Decision. Regulation (EC) N.º 139/2004. Merger procedure Article 6(1)(b) in conjunction with Art 6(2). 17/07. Office for Official Publications of the European Communities. L-2985 Luxembourg. Disponible en: http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/decisions/m5476_20090717_20212_en.pdf.
Scherer, F. M., 1997. Industry structure, strategy and public policy. Addison Wesley, Prentice Hall. Nueva Jersey.
En inglés se usan las siguientes expresiones y siglas: POM: Prescription Only Medicines (medicamentos con receta). OTC: Over The Counter (medicamentos sin receta).
Aunque no es el objetivo de este trabajo, es necesario indicar que algunos economistas de prestigio están en contra de las patentes y otros instrumentos de propiedad intelectual que otorguen derechos de monopolio. Véase por ejemplo el trabajo de Michelle Boldrin y David K. Levine (2005).
En esta sección hemos actualizado la parte correspondiente de Lobo, F., 2013. La intervención de precios de los medicamentos en España. Panorama de la regulación y los estudios empíricos. Springer Healthcare. Madrid. Disponible en http://e-archivo.uc3m.es/bitstream/handle/10016/21688 b.
Asociación de Economía de la Salud, 2012. Posición de la Asociación de Economía de la Salud sobre la reforma del derecho subjetivo a la asistencia sanitaria universal introducido por el Real Decreto Ley 16/2012.
En un estudio de la OCDE que ajusta por paridad de poder adquisitivo y por diferencias de precios entre países, España, con 824 dólares en gasto farmacéutico per cápita para el año 2005, es segunda, justo por debajo de Francia, frente a una media de 532 dólares para los países de la OCDE (OECD, 2008). Este ajuste de diferencias de precios entre países explica gran parte de la disparidad de esta cifra de España (824) con las que manejamos aquí, ya que los precios de los medicamentos en España son de los más bajos de la OCDE y en cambio el consumo es de los más altos.
Son dos partidas de la clasificación funcional de la Estadística de gasto sanitario público (MSSSI 2014). La primera se refiere a recetas dispensadas en oficinas de farmacia incluidos el reintegro de gastos farmacéuticos y el gasto en otros productos de suministro directo a los hogares. No se incluye el gasto en productos farmacéuticos que puedan dispensarse ambulatoriamente en los hospitales. La segunda cubre los gastos efectuados como transferencia corriente (reintegro de gastos) correspondientes a la entrega de prótesis ortopédicas permanentes o temporales, ayudas a la deambulación, así como las ayudas que pudieran darse para prótesis dentarias, y otras.
Bandrés, E. y R. González, 2015: «La reducción del gasto en sanidad durante la crisis». Cuadernos de Información Económica. N.º 248. Septiembre-Octubre, pág. 45.
OECD. Organization for Economic Cooperation and Development, 2015. Health at a Glance 2015. ¿Cómo compara España? París.
OECD. Organization for Economic Cooperation and Development, 2016. OECD Health Statistics, 2016. Disponible en http://www.oecd.org/els/health-systems/health-data.htm. Consultado el 14-10-2016.
OECD. Organization for Economic Cooperation and Development, 2016. National Accounts: Gross domestic product (GDP). Disponible en: https://stats.oecd.org/index.aspx?queryid=60702. Consultado el 24-10-2016.
Puig-Junoy, J., Rodríguez-Feijoó, S. y B. González López-Valcárcel, 2014. «Paying for formerly free medicines in Spain after one year of co-payment: 88 changes in the number of dispensed prescriptions». Applied Health Economics & Health Policy. 12(3): 279-87.
Los datos de ventas de medicamentos por oficinas de farmacia son estimaciones de Farmaindustria que se basan en las muy completas bases de datos de IMS Health, una fuente privada, elaboradas con métodos muestrales en vez de registros administrativos. Son datos de ventas al SNS más ventas al mercado privado. Están valoradas a «precios de salida de fábrica» (PVL, en la jerga del sector). Los datos de ventas a hospitales son una aproximación de Farmaindustria a las ventas a hospitales del SNS (no incluyen ventas a hospitales privados). Están basadas, según sus memorias anuales, entre 2000 y 2005, en datos del Ministerio de Sanidad. Después, en la Encuesta de deuda hospitalaria de la propia Farmaindustria y para 2014 y 2015 en datos provisionales de la nueva estadística de gasto hospitalario del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas a las que nos referimos a continuación.
MSSSI, 2016. Facturación de Recetas Médicas del Sistema Nacional de Salud 2004-2016.
La nueva estadística, llamada «Indicadores sobre gasto farmacéutico y sanitario», elaborada y publicada por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, llena no una laguna sino un auténtico mar de ignorancia sobre el gasto en hospitales y en productos sanitarios. Parece que la ha hecho posible la presión de la Comisión Europea y se basa en una modificación de la propia LGS. Se refiere a gasto devengado y cubre todas las administraciones públicas (Administración General del Estado, Mutualismo administrativo y Comunidades autónomas). Comprende tres sumandos: Gasto farmacéutico hospitalario (adicional a los datos que había en términos de PVL); Gasto en productos farmacéuticos y sanitarios por recetas médicas u orden de dispensación (a través de farmacias, adicional a los datos de facturación que facilita el MSSSI); Gasto en productos sanitarios sin receta médica u orden de dispensación (sobre el que hasta el momento no se disponía de ningún tipo de información pública según Gobierno de España 2016).