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V. CONCLUSIONES

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Teniendo en cuenta que a superior edad se precisa más ayuda para realizar las actividades básicas de la vida diaria, deviene necesaria la dotación de un sólido entramado público de auxilio no sólo económico sino de servicios, de modo que estos últimos abandonen el segundo plano que tradicionalmente habían ocupado para adquirir un papel preponderante en la atención de un riesgo social con previsiones de crecimiento exponencial a la vista de la progresiva inversión de la pirámide poblacional131. El Estado del Bienestar tiene que involucrarse más decisivamente en impulsar e invertir en este sector de cuidados en la vejez, acogiendo como principio fundamental el reconocimiento de que las personas ancianas, por el mero hecho de serlo, no pierden derechos ni autonomía, y que ésta por poca que sea, debe ser promovida y respetada, garantizando, en función de su voluntad, la permanencia en sus domicilios cuando esta fuera su preferencia.

La eficiencia y calidad en la asistencia a las personas ancianas en su propio domicilio se encuentra directamente condicionada por cuatro variables que operan a modo de desideratum: por una parte, la adecuación y suficiencia en la implementación de fondos públicos ordenados a proporcionar óptimos soportes técnicos, infraestructuras y profesionales, capaces de atender las circunstancias subjetivas de cada individuo; por otra, y no menos importante, la probidad de las condiciones de trabajo de los empleados en tal sector de la actividad, mayoritariamente mujeres, no en vano la calidad de las prestaciones del sistema es inseparable de la calidad del empleo; en fin, la confortabilidad de la vivienda, convenientemente adaptada para albergar la instalación de sistemas de teleasistencia avanzada132. Además, el reclutamiento de un empleado doméstico también debe quedar ubicado dentro del sector del empleo asociado a la LD y la atención familiar informal debe de ir dotada con una renta garantizada. Sin olvidar, a la postre, la necesidad de que la legislación laboral, convenientemente complementada y suplementada por la negociación colectiva, favorezca la conciliación o, mejor, la corresponsabilidad en los cuidados de la senectud, otorgando a las personas trabajadoras derechos de igual intensidad que los concebidos para el cuidado de hijos, sin dejar de considerar las situaciones particulares que plantean los cuidados de larga duración de las personas de mayor edad, aquejadas progresivamente de deterioros físicos, psíquicos y sensoriales y de enfermedades crónicas degenerativas, todo ello con el fin de no desincentivar la participación laboral y el desarrollo profesional de las personas cuidadoras, a su vez, asalariadas en el mercado de trabajo ordinario133.

La reciente incorporación del Mecanismo Recuperación y Resiliencia y del Plan Español de Recuperación Transformación y Resiliencia como consecuencia de la inyección extraordinaria de fondos que hará la Unión Europea entre 2021 y 2026, para superar el impacto de la COVID-19, conlleva una esperanza para los servicios sociales. En el componente 22 de dicho Plan, se prevé realizar una inversión de cerca de 3.000 millones para su refuerzo impulsando la economía de los cuidados y apostando por la “desinstitucionalización”134. Un primer paso tangible puede encontrarse en el consenso alcanzado por el Gobierno, los interlocutores sociales y las Comunidades Autónomas, materializado en enero de 2021 en el Acuerdo sobre el Plan de Choque en Dependencia 2021-2023, aglutinador de dos ejes: de un lado, el aumento de la financiación del sistema por parte de la Administración General del Estado, que habrá de revertir en la reducción de las listas de espera y los tiempos de tramitación de las ayudas asociadas a la LD; de otro, la mejora de las condiciones laborales de las personas que desempeñan su trabajo en el sistema, así como la introducción de mejoras en los servicios y prestaciones, priorizando los servicios profesionales de calidad135.

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2. RUBIO RUBIO, L. y DUMITRACHE, C.G.: “Salud y tercera edad”, en MONEREO PÉREZ, J.L.; MALDONADO MOLINA, J.A. y RUBIO HERRERA, R. (Dirs.): Prevención y protección de la dependencia: un enfoque transdisciplinar, Comares, Granada, 2014, pp. 103 y ss.

3. OMS: Envejecimiento y salud. Nota descriptiva núm. 404, septiembre 2015, https://bit.ly/3B2CkjX.

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9. MARTÍN VALVERDE, A.: “Asistencia social: propuesta de reconstrucción de un concepto constitucional”, Anuario de la Facultad de Derecho de la Universidad de Oviedo, núm. 2 (2017), p. 1150.

10. MARTÍN VALVERDE, A.: “Asistencia social: propuesta de reconstrucción de un concepto constitucional”, en MONEREO PEREZ, J.L.; MOLINA NAVARRETE, C. y MORENO VIDA, M.N. (Coords.): La Seguridad Social a la luz de sus reformas pasadas, presentes o futuras. Homenaje al Profesor José Vida Soria con motivo de la jubilación, Comares, Granada, 2008, p. 1130.

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14. CABEZAS CASADO, J.L. y GONZÁLEZ MALDONADO, M.C.: “La importancia de la participación en la tercera edad”, en MONEREO PÉREZ, J.L.; MALDONADO MOLINA, J.A. y RUBIO HERRERA, R. (Dir.): Prevención y protección de la dependencia: un enfoque transdisciplinar, Comares, Granada, 2018, p. 329.

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18. ALONSO SECO, J.M.: “Las nuevas Leyes autonómicas de servicios sociales: hacia un reconocimiento progresivo de los servicios sociales como derechos subjetivos”, Revista General de Derecho Administrativo, núm. 45 (2017), p. 2.

19. https://bit.ly/3jpgktN.

20. CES: Informe 3/2020. El sistema de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, cit., p. 137.

21. MARTÍN RODRÍGUEZ, O.M.: “Protección social de los cuidadores no profesionales: convenio especial”, AA.VV.: Seguridad Social para todas las personas. La protección de la Seguridad Social a las personas en situación de vulnerabilidad económica y fomento de su inclusión social. V Congreso Internacional y XVIII Congreso Nacional de la Asociación Española de Salud y Seguridad Social, Murcia, Laborum, 2021, p. 580.

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23. ROJO-PÉREZ, F. y FERNÁNDEZ-MAYORALAS, G.: “La calidad de vida en la población mayor”, Panorama Social, núm. 28 (2018), p. 68.

24. DURÁN BERNARDINO, M.: “La regulación de la dependencia en el derecho interno de la Unión Europea: modelos de protección ciudadana para los residentes en la Unión Europea”, Revista de Derecho Migratorio y Extranjería, núm. 38 (2015) (BIB 2015, 926), pp. 1 y ss.

25. Según los datos estadísticos facilitados por el IMPSERSO, el perfil de la persona beneficiaria de algún tipo de prestación asociada a la LD, coincide con el de una mujer española, mayor de 80 años, residente en una localidad de más de 50.000 habitantes, valorada en situación de gran dependencia, perceptora de una pensión de viudedad de la Seguridad Social, con una renta media situada entre uno y dos veces el IPREM y titular de un patrimonio inmobiliario, reducido mayoritariamente a su residencia habitual. https://bit.ly/3b4hYMN.

26. EUROPEAN COMMISSION.: The 2018 Ageing Report Economic & Budgetary Projections for the 28 EU Member States (2016–2070), Luxembourg, Publications Office of the European Union, 2018, p. 17.

27. CES: Informe 3/2020. El sistema de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, CES, Madrid, 2021, pp. 12-13.

28. RODRÍGUEZ ESCANCIANO, S.: “Los cuidados a las personas mayores: aspectos organizativos, subjetivos y asistenciales de los denominados servicios de proximidad”, Lex Social, vol. 11, núm. 2 (2021), pp. 662 y ss.

29. La mayor parte de la población beneficiaria, el 72 por 100, se encuentra en el tramo de edad superior a los 65 años, y el 54 por 100 ha alcanzado ya los 80 años. CES: Informe 3/2020. El sistema de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, cit., p. 39.

30. LLANO SÁNCHEZ, M.: “El marco procedimental del sistema de atención a la dependencia: balance crítico de los desarrollos normativos y de la práctica administrativa”, Documentación Laboral, núm. 102 (2014), vol. III, p. 140 o MOLERO MARAÑÓN, M.L.: Bases, evolución y retos de la Ley de Dependencia a los diez años de su aprobación, Bomarzo, Albacete, 2017, p. 23.

31. GARCÍA NINET, J.I.; DE VICENTE PACHÉS, F. y GARRIGUES GIMÉNEZ, A.: “Configuración técnica de los servicios sociales y régimen jurídico”, en MONEREO PÉREZ, J.L.; MOLINA NAVARRETE, C. y MORENO VIDA, M.N. (Coords.): La Seguridad Social a la luz de sus reformas pasadas, presentes y futuras, Comares, Granada, 2008, p. 1163.

32. Resolución de 15 de enero de 2018, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, sobre determinación del contenido del servicio de teleasistencia básica y avanzada. RODRÍGUEZ MARTÍN-RETORTILLO, M.C.: “Los contratos de teleasistencia en la doctrina de los Tribunales administrativos de contratación”, Anuario de la Facultad de Derecho de la Universidad de La Coruña, núm. 23 (2019), pp. 339 y ss.

33. DURÁN BERNARDINO, M.: “La evolución de la acción protectora de las prestaciones de servicios. Impacto de las últimas reformas”, en MOLERO MARAÑÓN, M.L. (Dir.): Dependencia (long term care) y empleo en el Estado del Bienestar, Aranzadi, Pamplona, 2017, pp. 219.

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35. MARTÍN-SERRANO JIMÉNEZ, E.: El principio de cooperación como solución del Estado Autonómico. Una propuesta para la reforma (constitucional o no) del sistema público de protección social en España, Comares, Granada, 2018, p. 68.

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41. CABEZAS CASADO, J.L. y GONZÁLEZ MALDONADO, M.C.: “La importancia de la participación en la tercera edad”, en MONEREO PÉREZ, J.L.; MALDONADO MOLINA, J.A. y RUBIO HERRERA, R. (Dir.): Prevención y protección de la dependencia: un enfoque transdisciplinar, Comares, Granada, 2018, p. 329.

42. ALONSO SECO, J. M.ª y GONZALO GONZÁLEZ, B.: La asistencia social y los servicios sociales en España, BOE, Madrid, 1997, pp. 235 y 236.

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45. PROCURADOR DEL COMÚN DE CASTILLA Y LEÓN: Resolución 13/12/20119. Ayuda a domicilio. https://bit.ly/3m38MhX.

46. https://bit.ly/30L7kZm.

47. AGRA VIFORCOS, B. y MEGINO FERNÁNDEZ, D.: “Los cuidados a la vejez en el entorno rural: aistencia y el domicilio y teleasistencia”, en RODRÍGUEZ ESCANCIANO, S. y ÁLVAREZ CUESTA, H., (Dirs.): La economía social como palanca para la sostenibilidad de los territorios rurales, Tirant Lo Blanch, Valencia, 2020, pp. 211 y ss.

48. REVUELTA ALONSO, M.L.: “La ayuda a domicilio como servicio de proximidad en el contexto social actual”, Humanismo y Trabajo Social, Vol. 15 (2015), pp. 112 y ss.

49. MARTÍNEZ RODRÍGUEZ, T. y DÍAZ PÉREZ, B.: “El desarrollo de nuevos servicios de proximidad para la atención de personas mayores que viven en zonas rurales”. https://bit.ly/3vDjzCE.

50. REVUELTA ALONSO, M.L.: “La ayuda a domicilio como servicio de proximidad en el contexto social actual”, Humanismo y Trabajo Social, Vol. 15 (2015), pp. 112 y ss.

51. UGT: Trabajadoras del cuidado a domicilio. https://bit.ly/3CaARJW.

52. LÓPEZ ANIORTE, M.C. y FERRANDO GARCÍA, M.C.: “Precariedad y desprotección social del trabajo de limpieza y cuidados ante la situación de crisis sanitaria provocada por la COVID-19”, Adapt. Revista Internacional y Comparada de Relaciones Laborales y Derecho del Empleo, vol. 9, núm. 1 (2021), p. 19.

53. CES: Informe 3/2020. El sistema de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, cit., p. 141.

54. MIÑARRO YANINI, M.: “Innovación tecnológica, organización del trabajo y sostenibilidad ambiental: ¿es el teletrabajo una forma de empleo verde?”, Revista Trabajo y Seguridad Social (Centro de Estudios Financieros), núm. 454 (2021), p. 15.

55. GÓMEZ JIMÉNEZ, M.L.: “Vivienda domótica adaptada a la emergencia sanitaria: ideas preliminares, retos y propuestas normativas para la sociedad post COVID-19”, Revista de Derecho Urbanístico y medio ambiente, núm. 337-338 (2020), p. 346.

56. RAMOS QUINTANA, M.I.: “El futuro del trabajo y las mutaciones del empleo”, Trabajo y Derecho, núm. 11 (2015), pp. 11 y ss.

57. MENÉNDEZ REXACH, A.: “Los objetivos económicos de la regulación del suelo (1956–2015)”, Revista de Derecho Urbanístico y Medio Ambiente, núm. 311 (2017), p. 293 o SÁNCHEZ, V.: “Las implicaciones de la economía digital en el sector de la construcción”, Gaceta Sindical, núm. 27 (2016), p. 305.

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59. CES: Informe 3/2020. El sistema de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, cit., 2021, p. 115.

60. AGRA VIFORCOS, B. y MEGINO FERNÁNDEZ, D.: “Los cuidados a la vejez en el entorno rural: aistencia y el domicilio y teleasistencia”, en RODRÍGUEZ ESCANCIANO, S. y ÁLVAREZ CUESTA, H. (Dirs.): La economía social como palanca para la sostenibilidad de los territorios rurales, Tirant Lo Blanch, Valencia, 2020, pp. 221 y ss.

61. AGRA VIFORCOS, B. y MEGINO FERNÁNDEZ, D.: “Los cuidados a la vejez en el entorno rural: aistencia y el domicilio y teleasistencia”, en RODRÍGUEZ ESCANCIANO, S. y ÁLVAREZ CUESTA, H. (Dirs.): La economía social como palanca para la sostenibilidad de los territorios rurales, Tirant Lo Blanch, Valencia, 2020, pp. 221 y ss.

62. https://bit.ly/3C9nNEF.

63. POQUET CATALÁ, R.: “COVID-19, crisis sanitaria, económica y laboral: ¿hacia un trabajo decente en el trabajo doméstico?”, Adapt. Revista Internacional y Comparada de Relaciones Laborales y Empleo, Vol. 9, núm. 1 (2021), p. 250.

64. CAVAS MARTÍNEZ, F.: “Prestaciones del sistema”, en MONTOYA MELGAR, A. (Dir.): La protección de las personas dependientes. Comentario a la Ley 39/2006, de promoción de la autonomía personal y atención a las situaciones en situación de dependencia, Civitas, Madrid, 2007, p. 159.

65. LLANO SÁNCHEZ, M.: “Los cuidados informales tras diez años de aplicación de la Ley de Dependencia: puntos críticos y algunas propuestas de mejora”, en MOLERO MARAÑÓN, M.L., Dir.: Dependencia (Long term care) y empleo en el Estado del Bienestar, Aranzadi, Pamplona, 2017, p. 175.

66. CES: Informe 3/2020. El sistema de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, cit., p. 143.

67. MOLERO MARAÑÓN, M.L.: “El espacio de las prestaciones económicas en la protección social de las personas dependientes: una reflexión sobre el sistema de cuidados deseable”, Temas Laborales, núm. 102, vol. III (2014), p. 167 o HUETI-GARCÍA, A.; CHAVERRI-CARVAJAL, A. y MORALES-ROMO, N.: “El sistema para la autonomía y atención a la dependencia en España (SAAD). Memoria de debilidades desde su implantación”, Prisma Social, enero (2021), p. 35.

68. https://bit.ly/3EdTNrV.

69. Los últimos datos publicados por el IMSERSO revelan que, del conjunto de prestaciones del SAAD, un 31,57% (en 2020) son de esta naturaleza.

70. MARTÍNEZ BARROSO, M.R.: “La atención a la dependencia en el mundo rural”, en RODRÍGUEZ ESCANCIANO, S. y ÁLVAREZ CUESTA, H. (Dirs.): La economía social como palanca para la sostenibilidad de los territorios rurales, Tirant Lo Blanch, Valencia, 2020, pp. 227 y ss.

71. FERNÁNDEZ COLLADOS, M.ª B.: “Los cuidados en el entorno familiar más de una década después: los vaivenes en su regulación, su aplicación por la doctrina judicial y sus efectos en materia de igualdad”, Nueva Revista Española de Derecho del Trabajo, núm. 210 (2018), p. 12.

72. MARTÍNEZ BARROSO, M.R.: “La atención a la dependencia en el mundo rural”, en RODRÍGUEZ ESCANCIANO, S. y ÁLVAREZ CUESTA, H. (Dirs.): La economía social como palanca para la sostenibilidad de los territorios rurales, Tirant Lo Blanch, Valencia, 2020, pp. 227 y ss.

73. IMSERSO: Datos sobre cuidadores no profesionales a 31 de diciembre de 2020, 2020, recuperado de https://bit.ly/3b5l96Y (15-01-2021).

74. OBSERVATORIO ESTATAL DE LA DEPENDENCIA: XX Dictamen del Observatorio, Asociación Estatal de Directoras y Gerentes en Servicios Sociales, Madrid, 2020, p. 31.

75. CES: Informe 3/2020. El sistema de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, cit., p. 49.

76. MOLERO MARAÑÓN, M.L.: “El espacio de las prestaciones económicas en la protección social de las personas dependientes: una reflexión sobre el sistema de cuidados deseable”, Documentación Laboral, núm. 102, vol. III (2014), p. 168.

77. CRISTÓBAL RONCERO, R.: “Los cuidadores familiares y su visualización”, en AA.VV: Protección a la familia y Seguridad Social: Hacia un nuevo modelo de protección sociolaboral, II Congreso Internacional y XV Congreso Nacional de la Asociación Española de Salud y Seguridad Social, Vol. 1, Laborum, Murcia, 2018, p. 95.

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79. SÁNCHEZ-TERÁN HERNÁNDEZ, J.M.: “En las fronteras del contrato de trabajo: el cuidador no profesional de las personas en situación de dependencia”, Revista Trabajo y Seguridad Social (Centro Estudios Financieros), núm. 70 (2008), p. 38.

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81. MIÑARRO YANINI, M.: El trabajo al servicio del hogar familiar: análisis de su nueva regulación, Reus, Madrid, 2013, p. 19.

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86. BARCELÓN COBEDO, S.: “Seguridad Social y prestaciones en favor de cuidadores no profesionales”, en GONZÁLEZ ORTEGA, S. (Dir.): La aplicación de la Ley de Dependencia en España, CES, Madrid, 2013, pp. 387 y ss.

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92. LOZANO LARES, F.: “Los déficits de protección social del trabajo femenino”, Revista General de Derecho del Trabajo y Seguridad Social, núm. 58 (2021), p. 122.

93. MOLERO MARAÑÓN, M.L.: “Las trabajadoras del cuidado. Por un futuro de trabajo decente”, Revista de Derecho Social, núm. 89 (2019), p. 55.

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95. MIÑARRO YANINI, M.: El trabajo al servicio del hogar familiar: análisis de su nueva regulación, Reus, Madrid, 2013, pp. 10-11.

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98. RODRÍGUEZ CARDO, I.A.: “El nuevo sistema especial de empleados de hogar: una revolución inconclusa”, Nueva Revista Española de Derecho del Trabajo, núm. 158 (2013), p. 163.

99. LOZANO LARES, F.: “Los déficits de protección social del trabajo femenino”, Revista General de Derecho del Trabajo y Seguridad Social, núm. 58 (2021), p. 113.

100. LÓPEZ ANIORTE, M.C. Y FERRANDO GARCÍA, F.M.: “Precariedad y desprotección social del trabajo de limpieza y cuidados ante la situación de crisis sanitaria provocada por la COVID-19”, Adapt. Revista Internacional y Comparada de Relaciones Laborales y Empleo, Vol. 9, núm. 1 (2021), p. 243.

101. DURÁN BERNARDINO, M.: “La regulación de la dependencia en el derecho interno de la Unión Europea: modelos de protección ciudadana para los residentes en la Unión Europea”, Revista de Derecho Migratorio y Extranjería, núm. 38 (2015) (BIB 2015, 926), pp. 1 y ss.

102. CASAS BAAMONDE, M.E.: “Soberanía sobre el tiempo de trabajo e igualdad de trato y de oportunidades de mujeres y hombres”, Derecho de las Relaciones Laborales, núm. 3 (2019), p. 236.

103. BALLESTER PASTOR, M.A.: Retos y perspectivas de la discriminación laboral por razón de sexo, Tirant Lo Blanch, Valencia, 2016, p. 100.

104. MOLERO MARAÑÓN, M.L.: “La necesaria reorientación de la conciliación de la vida profesional y familiar y la negociación colectiva”, Relaciones Laborales, núm. 19 (2011), p. 23.

105. CABEZA PEREIRO, J.: “Las políticas de conciliación al servicio de la igualdad entre hombres y mujeres”, en VV.AA (CABEZA PEREIRO, J. y FERNÁNDEZ DO CAMPO, B., Dirs.): Conciliación de la vida familiar y laboral y corresponsabilidad entre sexos, Tirant Lo Blanch, Valencia, 2011, p. 85.

106. INSTITUTO DE LA MUJER Y PARA LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES: Mujeres en Cifras, https://www.inmujeres.gob.es/gl/MujerCifras/Home.htm.

107. INE: Encuesta de Empleo del Tiempo (2009–2010).

108. SSTJUE de 30 de septiembre de 2010, asunto Roca Álvarez, C– 104/09, y de 16 de julio de 2015, asunto Maistrellis, C-222/14.

109. GONZÁLEZ DE PATTO, M.R.: “Cuestiones básicas sobre las políticas de empleo y contratación de la mujer”, en MOYA AMADOR, R. (Dir.): Estudios sobre los diversos aspectos jurídicos del trabajo de la mujer, Aranzadi, Pamplona, 2016, p. 82.

110. CASAS BAAMONDE, M.E.: “Soberanía sobre el tiempo de trabajo e igualdad de trato y de oportunidades de mujeres y hombres”, Derecho de las Relaciones Laborales, núm. 3 (2019), p. 236.

111. LANTARÓN BARQUÍN, D.: “Transparencia salarial y otras reflexiones a propósito de la discriminación por razón de género”, en MONSALVE CUÉLLAR, M.E. (Coord.): Género y no discriminación, Alderabán, Madrid, 2019, p. 118.

112. BALLESTER PASTOR, M.E.: “Del trabajo al trabajo de calidad: los nuevos retos de las políticas de empleo femeninos”, en MOYA AMADOR, R. (Dir.): Estudios sobre diversos aspectos jurídicos del trabajo de la mujer, Aranzadi, Pamplona, 2016, p. 52.

113. LÓPEZ BALAGUER, M.: “Principio de igualdad en el acceso al empleo y en mate-ria retributiva”, en BALLESTER PASTOR, M.E. (Coord.): La transposición del principio antidiscriminatorio contrario al ordenamiento jurídico laboral español, Tirant Lo Blanch, Valencia, 2010, p. 89.

114. SSTCo 3/2007, de 15 de enero y 108/2019, de 30 de septiembre.

115. MARTÍNEZ MORENO, C.: “Vida privada y relación de trabajo. A propósito de la posibilidad de pactar individualmente las condiciones de ejercicio de los derechos de conciliación de la vida familiar y laboral”, Tribuna Social, núm. 97, 2007, pp. 20 y 22.

116. NÚÑEZ-CORTÉS CONTRERAS, P.: “Avances en corresponsabilidad y flexibilidad en cuidado del lactante y adaptación de jornada por motivos familiares”, Revista General de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, núm. 55, 2020, p. 110.

117. CASAS BAAMONDE, M.E.: “Igualdad, conciliación de la vida personal, familiar y laboral y Seguridad Social”, en MONEREO PÉREZ, J.L.; MOLINA NAVARRETE, C. y MORENO VIDA, M.N. (Dirs.): Homenaje al Profesor José Vida Soria con motivo de su jubilación. La Seguridad Social a la luz de sus reformas pasadas, presentes y futuras, Comares, Granada, 2008, p. 999.

118. DE VICENTE PACHÉS, F.: “Servicios sociales, envejecimiento activo y aprendizaje a lo largo de la vida”, en AA.VV: Por una pensión de jubilación, adecuada, segura y sostenible, Tomo II. III Congreso Internacional y XVI Congreso Nacional de la Asociación Española de Salud y Seguridad Social, Laborum, Madrid, 2019, p. 308.

119. VADILLO RUÍZ, J.J.: “Respuestas a los nuevos retos de envejecimiento, protección a la salud y cuidados: la perspectiva médica”, en VV.AA.: Por una pensión de jubilación, adecuada, segura y sostenible, III Congreso Internacional y XVI Congreso Nacional de la Asociación Española de Salud y Seguridad Social, Laborum, Murcia, 2019, p. 64.

120. RODRÍGUEZ ESCANCIANO, S.: “Medidas para la conciliación de la vida laboral y familiar ante la emergencia sanitaria por COVID-19”, Derecho de las Relaciones Laborales, núm. 4 (2020), p. 457.

121. MORALES ORTEGA, J.M.: “Tiempo de trabajo y crisis sanitaria: adaptación y reducción de jornada y permiso obligatorio recuperable”, Trabajo, Persona, Derecho, Mercado, núm. 1 (2020), p. 24.

122. MOLINA NAVARRETE, C.: “Autodeterminación (soberanía) sobre el tiempo y adaptación de la jornada a la carta por razones conciliatorias: entre utopías”, Revista Trabajo y Seguridad Social (Centro de Estudios Financieros), núm. 441 (2019), p. 15. Además de supeditar el ejercicio del derecho a una previa petición por parte del trabajador a modo de mera expectativa, el art. 34.8 ET sigue condicionando la adaptación de las condiciones de trabajo: primero, a que se trate de cambios “razonables” y proporcionados a las necesidades de las personas y a las demandas organizativas o productivas, quedando incólume la facultad de oposición empresarial; segundo, la solicitud se realizará conforme a lo que haya dispuesto al efecto el convenio colectivo, al que se le hace un llamamiento para que, de modo obligatorio, establezca “los términos de ejercicio, que se acomodarán a criterios y sistemas que garanticen la ausencia de discriminación, tanto directa como indirecta, entre las personas trabajadoras de uno y otro sexo”, pero tal exigencia no se considera contenido mínimo del convenio colectivo y sólo se vincula tangencialmente al plan de igualdad; tercero, ante el silencio convencional, habrá de abrirse un procedimiento de negociación individualizada (sin intervención de terceros que intenten mediar o conciliar las posturas enfrentadas, ni posibilidad de resolución arbitral), durante un período máximo de 30 días, concluido el cual la empresa es quien habrá de comunicar si acepta la posición, plantea una alternativa o deniega el ejercicio del derecho indicando las “razones objetivas” en que se sustenta su postura. GORELLI HERNÁNDEZ, J. “La nueva regulación de la adaptación de la jornada: de la melancolía a una esperanza contenida“, Derecho de las Relaciones Laborales, núm. 2 (2020), p. 118.

123. MARTÍNEZ MORENO, C.: Brecha salarial de género y discriminación retributiva: causas y vías para combatirlas, Bomarzo, Albacete, 2019, p. 125.

124. NÚÑEZ-CORTÉS CONTREAS, P.: Novedades en relación con la jornada de trabajo y los derechos de conciliación (tras la aprobación del RD 6/2019, de 1 de marzo), Dykinson, Madrid, 2019, p. 103.

125. SSTSJ, Social, Madrid 10 mayo y 19 junio 2019 (núm. 191/2019 y 292/2019).

126. MOERO MARAÑÓN, M.L.: “Los desafíos de una genuina conciliación de la vida profesional y familiar en la sociedad española del siglo XXI”, Revista del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, núm. Extraordinario, 2019, p. 164.

127. CES: Informe 3/2020. El sistema de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, cit., p. 28.

128. BALLESTER PASTOR, M.A.: De los permisos parentales a la conciliación: expectativas creadas por la Directiva 2019/1158 y su transposición al ordenamiento español, Derecho de las Relaciones Laborales, núm. 11 (2019), p. 1122.

129. LOUSADA AROCHENA, J.F.: “La construcción de los derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral como derechos fundamentales”, Derecho de las Relaciones Laborales, núm. 9 (2019), p. 783 y ss.

130. IGARTÚA MIRÓ, M.T.: “Conciliación y ordenación flexible del tiempo de trabajo. La nueva regulación del derecho de adaptación de jornada ex art. 34.8 ET”, Revista General de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, núm. 53 (2019), p. 81.

131. MALDONADO MOLINA, J.A.: Génesis y evolución de la protección social por vejez en

España, MTAS, Madrid, 2002, p. 24.

132. CES: Informe 3/2020. El sistema de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, cit., p. 165.

133. CES: Informe 3/2020. El sistema de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, cit., p. 50.

134. CABRA DE LUNA, A.: “Servicios sociales en España y en Europa”, VV.AA.: Seguridad Social para todas las personas. La protección de la Seguridad Social a las personas en situación de vulnerabilidad económica y fomento de su inclusión social. V Congreso Internacional y XVIII Congreso Nacional de la Asociación Española de Salud y Seguridad Social, Murcia, Laborum, 2021, p. 584.

135. CES: Resumen Ejecutivo. Economía, Trabajo y Sociedad. Memoria sobre la situación socioeconómica y laboral. España 2020, Madrid, CES, 2021, p. 72.

Agenda 2030, Desarrollo Sostenible e Igualdad

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