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LOS PRIVILEGIOS EXCLUSIVOS

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Uno de los medios utilizados por el gobierno chileno para promover la instalación de industrias en el país fue el otorgamiento de privilegios exclusivos, que concedían al beneficiario el monopolio de la fabricación de ciertos productos o el empleo de ciertas maquinarias o procesos industriales por un plazo determinado.

Las razones para su otorgamiento fueron expuestas por Manuel Montt en un dictamen de 1839, quien afirmó que “semejante concesión [era] el estímulo más poderoso y eficaz para acelerar los progresos de la industria y remover las dificultades que siempre presenta toda innovación, y últimamente para vencer el fuerte apego que todos tienen a lo usado y practicado”683. De otra parte, existía conciencia de los perjuicios que ellas ocasionaban para la actividad empresarial de terceros y la posibilidad que ofrecían para asegurarse un monopolio injustificado.

Estas concesiones se venían otorgando desde el gobierno de Bernardo O’Higgins, pero solamente a finales de la administración de José Joaquín Prieto se aprobó la ley de 4 de septiembre de 1840 que reglamentó la materia684. Conforme a la misma, el “autor o inventor de un arte, manufactura, máquina, instrumento, preparación de materias o cualquiera mejora en ellas”, debía presentar una solicitud al Ministerio del Interior con una descripción de su invento acompañada de los correspondientes modelos, dibujos y demás. Esta obra o invención sería examinada por una comisión de expertos que informarían sobre la originalidad de la misma. En el caso de un dictamen favorable, el presidente concedería el privilegio exclusivo por un plazo máximo de 10 años, no sin que antes el solicitante pagara un derecho de 50 pesos y depositara los mencionados antecedentes de su invento en el Museo Nacional685. El informe de los peritos no solo debía considerar la utilidad de la innovación que sería beneficiada, sino también “los inconvenientes que del otorgamiento del privilegio que se solicita pudieran resultar a la industria o al comercio para graduar en vista de ellos el tiempo porque deba concedérseles”. Del mismo modo, se debía especificar si se trataba real-mente de un invento o solo de una novedad introducida al país686.

Los privilegios exclusivos se concedían a las invenciones y descubrimientos originales, procesos técnicos de fabricación e introducción de maquinaria desconocida en el país, y también se otorgaban para nuevas industrias que usaran maquinarias y procedimientos conocidos, pero cuya puesta en marcha requería de costosas inversiones, por lo cual se buscaba mitigar el riesgo mediante su empleo exclusivo. Es, asimismo, el caso de algunas concesiones para construir ferrocarriles, como ya se ha mencionado, y para establecer servicios de navegación687.

Como ha indicado Gilberto Harris, a fin de justificar el privilegio los solicitantes ponían énfasis en las presentaciones en la provisión del mercado interno con productos de mejor calidad y precios más económicos, en la incorporación de operarios calificados y en los fuertes desembolsos que significaba traer la maquinaria. Por su parte, las oposiciones a los pedimentos solían observar que no se trataban de verdaderos inventos sino de la aplicación de métodos conocidos, o bien que ya existía una industria establecida en el país688.

El número de solicitudes fue en aumento. En los primeros 10 años de vigencia de la ley, fueron aprobadas 68 solicitudes, de las cuales casi la mitad estaban relacionadas con la minería, como fue el caso de los cuatro privilegios concedidos al empresario Carlos Lambert. En la década de 1850 el número de concesiones aumentó a 87, subió a 116 en la de 1860 y alcanzó a 209 en la de 1870. Al mismo tiempo creció el número de privilegios exclusivos para manufacturar bienes de consumo masivo, lo que guarda relación con el desarrollo del sector fabril689.

Originalmente, la ley extendía este beneficio a la introducción de “artes, industrias o máquinas” inventadas en otras naciones, pero desconocidas en el país, otorgándoseles un plazo más corto de hasta ocho años. Esta franquicia propendía más a la protección de fabricantes de maquinaria en el extranjero, impidiendo la introducción de una nueva tecnología o de un medio mecánico similar, y no buscaba el fomento industrial, por lo que fue derogada en 1872690.

Cabe dudar de si las invenciones y procesos industriales patentados dieron origen a nuevas industrias o si funcionaron de manera efectiva. Puede resultar ilustrativo el caso de los privilegios otorgados a Pedro Gamboni por los gobiernos de Perú (1866 y 1873), Bolivia (1873) y Chile (1883) para un procedimiento de extracción del yodo. Conforme al estudio de Ronald Crozier sobre el tema, el procedimiento patentado no funcionaba como debía y hubo de ser mejorado por otros salitreros, lo que no fue obstáculo para que Gamboni reclamara por el pago de derechos691.

662 El tema ha sido abordado por Luis Ortega Martínez, Chile en ruta al capitalismo, Cambio, euforia y depresión, 1850-1880, Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos, Santiago, 2005, pp. 245-252, especialmente p. 252.

663 J. W. Duffy, A handbook of Valparaiso, containing the Laws and Regulations of the port, expenses incurred by ships upon their arrival and general information useful to masters of British and American vessels and others conversant with the English Language to which is added a brief description of the Town and a Chronological table of the principal events in the history of Chile, W. Helfmann’s “Universo” Printing Office, Valparaíso, 1862, p. 8.

664 Catálogo oficial de la Esposición Nacional de Agricultura inaugurada solemnemente en Santiago el 5 de mayo de 1869, Imprenta del Mercurio de Recaredo S. Tornero, Valparaíso, 1869, p. 9.

665 Ortega, op. cit., p. 254. El autor incluye otros productos, como maderas para la construcción y suelas, que no corresponden necesariamente a productos manufacturados.

666 Estadística Comercial de la República de Chile correspondiente al año de 1876. Primera parte, Imprenta del Universo de G. Helfmann, Santiago, 1877, pp. 195-278.

667 Ortega, op. cit., p. 253.

668 Citado por Baldomero Estrada, “Valparaíso y el proceso de industrialización en Chile a fines del siglo XIX”, en Valparaíso 1536-1986. Primera jornada de Historia Urbana, Instituto de Historia, Universidad Católica de Valparaíso, Valparaíso, 1987, p. 139.

669 Recaredo Tornero, Chile Ilustrado. Guía descriptivo del territorio de Chile, de las capitales de provincia, de los puertos principales (1872), Santiago, Biblioteca Fundamentos de la Construcción de Chile. Cámara Chilena de la Construcción, Santiago, 2011, pp. 170-171, 300, 522, 600, 666.

670 Marcello Carmagnani, Desarrollo industrial y subdesarrollo económico: el caso chileno (1860-1920), Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos, Santiago, 1998, p. 40.

671 Esposición nacional de artes e industria de 1872, Imprenta de la República, Santiago, 1873, pp. 67-76.

672 Diario Oficial de la República de Chile, 18 de junio de 1878, pp. 7-9.

673 Ortega, op. cit., pp. 255-256.

674 Para la zona de Concepción, véase Leonardo Mazzei de Grazia, “Orígenes del establecimiento británico en la región de Concepción y su inserción en la molinería del trigo y en la minería del carbón”, en Historia 28, 1994, pp. 217-239. Sobre el molino San Cristóbal, ver Nazer Ahumada, José Tomás Urmeneta, pp. 156-157.

675 Guía de Valparaíso y Santiago o Repertorio General para el año de 1858. Año primero entrega primera. Valparaíso, Imprenta del Comercio, 1858, p. 76.

676 “Matricula de las industrias i profesiones sujetas al pago de patente fiscal en el presente año de 1878”. Diario Oficial, 18-6-1878, pp. 7-9.

677 Ortega, op. cit., pp. 259-261.

678 Raúl Santa María M., 50 años. Cía. Refinería de Azúcar de Viña del Mar 1887-1937, Imprenta y Litografía Universo, Viña del Mar, 1939, p. 13; Tarifa de avalúos que deberá regir en las aduanas de la República de Chile desde el 1º de enero de 1896, Imprenta del Universo de G. Helfmann, Valparaíso, 1895.

679 Juan Ricardo Couyoumdjian, “Una bebida moderna: la cerveza en Chile en el siglo XIX”, en Historia, 37, vol. II, julio diciembre 2004, pp. 314-316.

680 Patricio Bernedo, “Los industriales alemanes de Valdivia, 1850-1914”, en Historia, 32, 1999, pp. 12-20.

681 Recaredo Tornero, Chile Ilustrado. Guía descriptivo del territorio de Chile, de las capitales de provincia, de los puertos principales (1872), Santiago, Biblioteca Fundamentos de la Construcción de Chile. Cámara Chilena de la Construcción, 44, 2011. p. 334; Esposición nacional de artes e industria de 1872, Santiago, Imprenta de la República, 1873, pp. 76-79.

682 Reginald Lloyd (editor jefe), Twentieth Century Impressions of the Western Republics of South America (London, Jas Truscott and Sons Ltd., 1915, p. 790.

683 Dictamen del Fiscal Interino de la Corte Suprema, Valparaíso 2 de febrero de 1839, AN, FMI, vol. 193, citado por Gilberto Harris Bucher, “Privilegios exclusivos y actividades empresariales del extranjero en la temprana industrialización porteña y chilena”, en su Emigrantes e inmigrantes en Chile, 1810-1915. Todo revisitado todo recargado, Valparaíso, Editorial Puntángeles, 2012, pp. 282-283.

684 Harris, op. cit., pp. 279-283.

685 La ley de 4 de septiembre de 1840 en Dirección General de Obras Públicas, Recopilación de leyes, decretos i demás disposiciones sobre obras públicas i privilejios esclusivos, Santiago, Imprenta Nacional, 1896, pp. 298-300.

686 Decreto de 1 de agosto de 1851 en Dirección General de Obras Públicas, op. cit., p. 301.

687 Pedro Álvarez Caselli, Inventar en el fin del mundo. Orígenes de la propiedad industrial y el sistema de patentes de invención en Chile (1840-1880), tesis para optar al grado de Doctor en Historia, Pontificia Universidad Católica de Chile, 2016, pp. 170-172.

688 Decreto Supremo de 1 de agosto de 1851, citado por Gilberto Harris, op. cit., pp. 283-284.

689 Sobre las patentes concedidas véase Arturo Montero, Registro general de patentes de invención que comprende todos los privilegios ya sean de invención o de introducción concedidos …desde el año 1840 hasta 1912, Imprenta y encuadernación El Globo, Santiago, 1913, pp. 9, 18 y 22; Álvarez Caselli, op. cit., p. 264. El autor también incluye, como apéndice, una lista de concesiones hasta 1880 en pp. 303-327.

690 Ley de 25 de julio de 1872 que deroga el art. 8º de la ley de 9 de septiembre de 1840 en Dirección General de Obras Públicas, op. cit., p. 303; Álvarez Caselli, op. cit., p. 271.

691 Ronald Crozier, “La industria del yodo 1815-1915”, en Historia 27, 1993, pp. 166-174.

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