Читать книгу El Régimen de Gananciales - Luis Felipe Ragel Sánchez - Страница 7

2. ARGUMENTOS FAVORABLES AL CARÁCTER SUPLETORIO DEL RÉGIMEN DE GANANCIALES

Оглавление

En una primera aproximación, podría pensarse que el régimen de gananciales es más justo y solidario que los demás regímenes recogidos en el Código Civil. Las personas que se casan establecen una comunidad de vida, lo que implica también una comunidad de uso sobre la mayoría de los bienes, sean comunes o privativos, siendo lógico que se instaure también una comunidad de tipo patrimonial. Si se comparten las alegrías y las tristezas, deben comunicarse también las miserias y las riquezas. Se favorece de esa forma el uso de la palabra «nuestro». Y, como todos los bienes no entran en el fondo común, cada uno de los cónyuges conserva cierto margen de maniobra de carácter económico.

Por el contrario, podría pensarse que el régimen de separación de bienes es una muestra clara del egoísmo humano: se comparten las malas rachas, pero no se comunica la riqueza. Se favorece la utilización de la palabra «mío», de la discriminación, y de la vejación a la postre. Un cónyuge puede ser rico, pero su consorte puede ser una persona insolvente.

En los territorios donde se aplica el Código Civil, se aprecia una cierta desconfianza hacia el régimen de separación de bienes. Existe un prejuicio social hacia ese tipo de régimen «egoísta» y sienta mal que se plantee la cuestión del acogimiento al mismo. Parece que el que sugiere el régimen de separación de bienes desconfía de su pareja, de la rectitud de sus intenciones.

La razón de ser del régimen de gananciales ha consistido históricamente en la necesidad de compensar económicamente a uno de los cónyuges, la esposa, que por lo general no obtenía ingresos durante la vigencia del matrimonio y dedicaba todos sus esfuerzos al cuidado del hogar y de los hijos comunes. Esta justa compensación estaba fuertemente contrapesada por la dirección única de la gestión económica, que se confería por la ley exclusivamente al marido. Pero esas circunstancias ya son históricas, es decir, no son actuales, al menos en una alta proporción de los matrimonios españoles.

El Régimen de Gananciales

Подняться наверх