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21.2.14.1. Retención sobre la ganancia en transmisión o reembolso de títulos IIC o de derechos de suscripción.

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La obligación de retener nace en el momento en que se formalice la transmisión o reembolso de las acciones o participaciones de IIC, cualesquiera que fuesen las condiciones de cobro pactadas.

La base de retención estará constituida por la cuantía de la ganancia patrimonial que deba integrarse en la base imponible.

IRPF. Cuota diferencial. Pagos a cuenta. Retenciones e ingresos a cuenta. En el caso de la transmisión de acciones o participaciones denominadas en divisa, la base de retención estará constituida por la diferencia entre el valor de adquisición y el de enajenación, determinados en euros al tipo de cambio correspondiente al día de la operación [contestación DGT 22/03/2004].

En caso de que el transmitente tuviera títulos de distintas entidades, con distintas fechas de adquisición o con distinta titularidad (exclusiva o compartida con otros sujetos), hay que proceder de la siguiente manera:

1. Determinar la titularidad de los valores transmitidos. Dentro de esta titularidad, que se trate de valores homogéneos conforme al artículo 8 RIRPF.

2. Para cada bloque homogéneo, hay que verificar si existan distintas fechas de adquisición, y si así fuese, se aplica el criterio FIFO, es decir, se considerará que los títulos que se han transmitido o reembolsado son los más antiguos (en coherencia con el criterio previsto en el artículo 37.2 LIRPF).

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3. Que en la operación se haya obtenido una ganancia patrimonial que se integre en base imponible. Recordemos que pueden ser de aplicar la reducción o exención prevista en la disposición transitoria 9º LIRPF para títulos adquiridos antes del 31 de diciembre de 1994 y el régimen de diferimiento del artículo 94.1.a) LIRPF en caso de reinversión en otros títulos de IIC.

El tipo de retención será del 20% entre el 1 de enero y el 11 de julio de 2015, del 19,5% del 12 de julio al 31 de diciembre de 2015 y del 19% a partir de 2016 (artículo 101.6 LIRPF).

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Practicum Fiscal 2021

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