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21.2.18.1. Declaraciones informativas

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El sujeto obligado a retener y a practicar ingresos a cuenta deberá presentar declaración informativa anual que corresponda en función del tipo de renta que haya satisfecho:

– Modelo 190, resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios e imputaciones de renta, con la adaptación introducida para soporte legible a ordenador del mismo modelo (artículo 1 Orden HAP/2429/2015, de 10 de noviembre).

– Modelo 196, resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del capital mobiliario obtenidos por la contraprestación derivada de cuentas en toda clase de instituciones financieras.

– Modelo 194, resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del capital mobiliario derivadas de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier tipo de activos representativos de la captación y utilización de capitales ajenos.

– Modelo 188, resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del capital mobiliario procedente de operaciones de capitalización y de contratos de seguros de vida o invalidez.

– Modelo 187, resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta por operaciones de adquisición y enajenación de acciones y participaciones.

– Modelo 180, resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos.

– Modelo 193, resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre el resto de rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta.

Estas declaraciones informativas, generadas mediante la utilización de los programas de asistencia y ayuda de la Administración tributaria, se presentarán entre el 1 de enero y el 31 de enero del año siguiente al del que corresponde dicha declaración. Se podrán presentar mediante impreso oficial o por vía telemática, debiendo disponer para ello el declarante a tal efecto de un certificado de usuario.

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IRPF. Cuota diferencial. Pagos a cuenta. Retenciones e ingresos a cuenta. La falta de presentación de las declaraciones informativas o su presentación con datos incompletos, inexactos o falsos, puede dar lugar a las infracciones de los artículos 198 y 199 LGT.

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Practicum Fiscal 2021

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