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21.3.3. Importe de los pagos fraccionados en actividades agrícolas ganaderas, forestales o pesqueras

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Para estas actividades, sea cual sea el régimen de determinación del rendimiento neto: 1. Cada pago fraccionado se calcula aplicando el 2% al volumen de ingresos del trimestre (en el volumen de ingresos se incluyen las subvenciones corrientes y la compensación, en su caso, del régimen especial de agricultura, ganadería y pesca del IVA o IGIC y se excluyen las subvenciones de capital y las indemnizaciones). El tipo se reducirá a la mitad cuando resulte aplicable la deducción por rentas obtenidas en Ceuta y Melilla prevista en el artículo 68.4 LIRPF(desde el 5 de julio de 2018 se adapta el tipo de retención en Ceuta y Melilla dado que la deducción ha sido aumentada del 50% al 60%).

2. De la cantidad resultante de cada pago fraccionado se deducirán en cada trimestre:

1. Retenciones e ingresos a cuenta soportados en el trimestre.

IRPF. Cuota diferencial. Pagos a cuenta. Retenciones e ingresos a cuenta. Cuando el importe de las retenciones e ingresos a cuenta soportados en el trimestre sea superior al pago fraccionado, el exceso podrá deducirse en cualquiera de los siguientes pagos fraccionados correspondientes al mismo período impositivo cuyo importe positivo lo permita y hasta el límite máximo de dicho importe. Esto es, no cabe un pago fraccionado negativo como consecuencia de la deducción.

2. Cuando el sujeto pasivo destine cantidades a la inversión en vivienda habitual utilizando financiación ajena, cuyo volumen previsible de ingresos del período impositivo (resultante de elevar al año el volumen de ingresos del primer trimestre), excluidas las subvenciones de capital y las indemnizaciones, sea inferior a 33.007,20 euros, se podrá deducir el 2% del volumen de ingresos del trimestre, excluidas las subvenciones de capital y las indemnizaciones.

IRPF. Cuota diferencial. Pagos a cuenta. Retenciones e ingresos a cuenta. Esta deducción no será aplicable cuando los contribuyentes ejerzan 2 o más actividades comprendidas en ordinales distintos, ni cuando perciban rendimientos del trabajo y hubiesen efectuado a su pagador la comunicación relativa a la reducción del tipo de retención por esta circunstancia ni cuando las cantidades se destinen a la construcción o ampliación de la vivienda o a cuentas vivienda.

IRPF. Cuota diferencial. Pagos a cuenta. Retenciones e ingresos a cuenta. Como consecuencia de esta deducción, el pago fraccionado podrá ser negativo.

3. El resultado será el pago fraccionado del ejercicio.

El pago fraccionado resultante se declarará mediante el modelo 130 cuando el sujeto pasivo calcule el rendimiento por estimación directa, y mediante el modelo 131 cuando lo calcule por estimación objetiva, con independencia de que resulte a ingresar, cero o negativo. Se presentarán, para los tres primeros trimestres, entre el día 1 y el 20 de los meses de abril, julio y octubre, y para el cuarto trimestre, entre el día 1 y el 30 del mes de enero.

IRPF. Cuota diferencial. Pagos a cuenta. Retenciones e ingresos a cuenta. Los vencimientos de plazo que coincidan con un sábado o día inhábil se entenderán trasladados al primer día hábil inmediato siguiente.

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Practicum Fiscal 2021

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