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1. CONCEPTO DE SALARIO

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Es importante delimitar el concepto de salario a efectos laborales. Según el artículo 26.1 del Estatuto de los Trabajadores, se considera salario la totalidad de las percepciones económicas de los trabajadores, en dinero o en especie, por la prestación profesional de los servicios laborales por cuenta ajena, ya retribuyan el trabajo efectivo, –cualquiera que sea la forma de remuneración–, o los períodos de descanso computables como de trabajo.

El concepto reseñado es tan amplio y genérico que resulta en la práctica, más eficaz, acudir al párrafo segundo del precepto, que contiene lo que no se considera salario a estos efectos, a saber:

1. Las cantidades percibidas por el trabajador en concepto de indemnizaciones o suplidos por los gastos realizados como consecuencia de su actividad laboral.

2. Las prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social.

3. Las indemnizaciones correspondientes a traslados, suspensiones o despidos.

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