Читать книгу Reflexiones para una Democracia de calidad en una era tecnológica - Rosa María Fernández Riveira - Страница 11
5. POPULISMO, CLIENTELISMO, LOBBISMO, ACTIVISMO, PARTICIPACIÓN CIUDADANA…, ¿CÓMO ESTÁN AFECTANDO AL DERECHO A LA INFORMACIÓN?
ОглавлениеNo querría entrar a valorar en general y abstracto lo que el populismo, el clientelismo, el lobbismo, el activismo y la participación ciudadana suponen. En cualquier caso no creo que deban, y ni siquiera puedan, valorarse en un mismo bloque. El activismo y la participación ciudadana son perfectamente compatibles con la democracia y aún propias de ella. El artículo 9.2 de la Constitución dispone que corresponde a los poderes públicos, entre otras cosas, facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social. El Artículo 23.1 reconoce el derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes. Y, a otro nivel, el artículo 105 exige que la ley regule la participación de los ciudadanos en la actuación y en la toma de decisiones de las Administraciones públicas.
Todavía no contamos con una normativa de alcance general que regule el lobbismo o grupos de interés. Algunas Comunidades Autónomas lo han previsto en la legislación de transparencia o buen gobierno, como Cataluña, que lo hace al regular el registro de Grupos de Interés en la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, que define tales grupos como “las personas físicas o jurídicas de carácter privado que realizan actuaciones de participación activa en políticas públicas o en procesos de toma de decisiones en Cataluña con la finalidad de influir en la orientación de dichas políticas en defensa de un interés propio o de terceros, o de un interés general”14. El Tribunal Supremo, en su Sentencia 351/2012, 11 de junio que lo reprobable no es tanto la existencia de lobbies sino que pretendan, no solo influir, sino controlar y viciar el proceso de decisión. Por otra parte, en noviembre de 2020 el Grupo Parlamentario Socialista ha presentado una proposición no de ley en el Congreso de los Diputados para regular los lobbies15, indicando con razón que la actividad de los grupos de interés debe ser transparente y estar regulada.
En cuanto al clientelismo (práctica política de obtención y mantenimiento del poder asegurándose fidelidades a cambio de favores y servicios, según la Real Academia de la Lengua), su presencia es un fallo de la democracia, la trastoca, la subvierte, y su influencia en la configuración de la información no puede en ningún caso ser positiva, pues está directamente contaminada por la obtención de favores.
El populismo, por su parte, no es un fenómeno nuevo, pero sí especialmente relevante en nuestros días por su generalización en múltiples países y con las más diversas identidades, desde la derecha a la izquierda. Estados Unidos, Grecia, Italia, Venezuela, Austria, Francia, Alemania o España experimentan la que según la Real Academia de la Lengua, es una “tendencia política que pretende atraerse a las clases populares”. VALLESPÍN y MARTÍNEZ-BASCUñÁN16 han recordado que más de 550 intelectuales de 105 países han considerado el populismo como la más importante amenaza para la estabilidad de los Estados, según un estudio elaborado por la Fundación Konrad Adenauer. LASALLE lo ha identificado con el “totalitarismo posmoderno”17. En este escenario, la irrupción generalizada de los populismos no puede ser considerada sino como claramente contraproducente para el derecho a recibir una información veraz. Y las situaciones que todos tenemos en la cabeza y que seguramente pueden ser consideradas evidencias y no meras sospechas son muestra de la manipulación de la información para conseguir el enfrentamiento entre los hipotéticos representantes verdaderos de las clases populares y sus hipotéticos enemigos.
En consecuencia, creo que los populismos y el clientelismo no traen nada bueno para la libertad de información y la comunicación. Lo contrario que sucede con el activismo bien entendido y con la participación ciudadana, que, sobre todo ésta, son por el contrario requisito esencial para la efectividad de la libertad de información en una democracia de calidad. Más aún en el marco de innovación tecnológica al que me he referido al responder las preguntas anteriores. En fin, el lobbismo o los gupos de interés requieren ya una regulación acorde con la realidad de su existencia y con las necesidades de transparencia en la gestión pública. De hecho, el IV Plan de Gobierno Abierto, 2020-202418, en cuya elaboración he tenido el privilegio de participar como miembro del Foro de Gobierno Abierto, prevé la regulación de un registro de lobbies obligatorio y de las relaciones de los grupos de interés con las y los responsables públicos, al objeto de cubrir un vacío normativo en nuestro ordenamiento. La normativa que regule los grupos de interés, señala el Plan, “supondrá un claro fortalecimiento en la calidad, en la mejora de la transparencia de la participación de los grupos de interés en la toma de decisiones”.