Читать книгу Reflexiones para una Democracia de calidad en una era tecnológica - Rosa María Fernández Riveira - Страница 9

3. ¿CÓMO Y EN QUÉ MEDIDA AFECTAN LA TECNOLOGÍA O LAS REDES SOCIALES A LA OPINIÓN PÚBLICA?; ¿CÓMO ÉSTAS ESTÁN CONFIGURANDO LA COMUNICACIÓN DE MASAS?

Оглавление

De un modo que es difícil imaginar. Cuando nos hablan del número de teléfonos inteligentes, del número de usuarios de redes sociales, de la influencia de los youtubers, nos hablan en definitiva del grado de influencia de la tecnología o las redes sociales en la sociedad, lo que equivale también al grado de influencia en la opinión pública. Obama fue uno de los primeros políticos que supo utilizar las redes sociales, abriendo una puerta que hoy utilizan todos los políticos. El caso de Trump y Cambridge Analitica es especialmente significativo. La campaña electoral de 2016 del futuro presidente fue un ejemplo de manipulación de la información, de desinformación, de generación de noticias falsas, con la ayuda de redes como Breitbart News o el Denver Guardian, medio online que llegó a afirmar que el Papa Francisco apoyaba a Trump6.

Por supuesto que la tecnología y las redes sociales afectan a la opinión pública7. Exponer esos cambios no sería difícil. Lo que al jurista entonces debe preocupar es cómo este nuevo escenario puede afectar a los derechos fundamentales y cómo es posible reaccionar. Y, como antes señalaba, existen vías para conseguirlo. Un ejemplo lo tenemos en la Sentencia Constitucional 76/2019, de 22 de mayo de 2019 a la que ya antes me he referido. En su recurso, el Defensor del Pueblo advertía que “el derecho a la participación política en los asuntos públicos que garantiza el art. 23 CE …. difícilmente puede darse en un entorno tecnológico en el que las modernas técnicas de análisis de la conducta sobre la base del tratamiento masivo de datos y la inteligencia artificial permiten procedimientos complejos orientados a modificar, forzar o desviar la voluntad de los electores y sin que estos sean conscientes de ello”. Lo mismo cabe decir de los riesgos que la tecnología puede suponer para la manipulación de la información, la alienación de las personas y la creación de noticias falsas.

En cualquier caso, los riesgos que derivan de la tecnología y las redes sociales no deben llevar a limitar la libertad de información. El voto particular de Xiol Ríos, al que se adhiere Encarna Roca, formulado en la reiterada Sentencia constitucional 14/2021, de 28 de enero es claro al respecto: “Es cierto que en la sociedad moderna se ha puesto de relieve la facilidad para provocar desviaciones cognitivas o emocionales (Daniel Kahneman) en los electores mediante la manipulación informativa cuya intensidad es especialmente digna de destacar en la sociedad digital; pero resulta evidente que la manipulación informativa en general y, en particular, la electoral, no puede evitarse imponiendo el silencio, pues solo con información contrastada, llevada a cabo especialmente con criterios profesionales por medios solventes, puede lucharse contra la desinformación”.

Reflexiones para una Democracia de calidad en una era tecnológica

Подняться наверх