Читать книгу Regularización, aclaración y armonización de la legislación concursal - Ana Belén Campuzano Laguillo - Страница 10
IV. LEGITIMACIÓN
ОглавлениеEn coherencia con la regulación de los concursos con especialidades en el Título XIV del texto refundido, se suprime del artículo 3 la regulación de la legitimación para instar el concurso de la herencia que pasa al artículo 567.
De igual forma, el reconocimiento de la legitimación al mediador concursal para solicitar el concurso del deudor que ha instado un acuerdo extrajudicial de pagos se regula en el artículo 704 a propósito de las especialidades del concurso consecutivo a un acuerdo extrajudicial de pagos8).
Salvo en lo indicado, el contenido del vigente artículo 3 de la Ley Concursal se mantiene en el proyectado artículo 3 del texto refundido sin más modificación, a propósito de la legitimación para solicitar la declaración de concurso de persona jurídica, que la sustitución de este último término por el de sociedad, y de la muy ambigua expresión socios, miembros o integrantes que sean personalmente responsables, conforme a la legislación vigente, de las deudas de aquélla por la más precisa de socios que sean personalmente responsables de las deudas de aquélla.
Por lo demás, la remisión a la legislación vigente resulta superflua y se suprime en el texto refundido.