Читать книгу Regularización, aclaración y armonización de la legislación concursal - Ana Belén Campuzano Laguillo - Страница 4
Presentación.
ОглавлениеLos días 15, 16 y 17 de junio de 2017 se celebró en La Granja, Segovia, el IX Congreso Español de Derecho de la Insolvencia (CEDIN IX), dedicado al análisis del Texto Refundido de la Ley Concursal –regularización, aclaración y armonización de la legislación concursal–, bajo la presidencia de Ángel Rojo y con la dirección de Ana Belén Campuzano. El Congreso fue organizado por la Editorial Thomson-Reuters Aranzadi y la Asociación Española de Derecho de la Insolvencia (AEDIN), contando con la colaboración de la Universidad San Pablo CEU, Cuatrecasas, Dictum Abogados y el Ministerio de Economía y Competitividad -a través de proyectos de investigación de las Universidades San Pablo CEU y Autónoma de Madrid-.
La disposición final octava de la Ley 9/2015, de 25 de mayo, autorizó al Gobierno para aprobar, a propuesta conjunta de los Ministerios de Justicia y de Economía y Competitividad, un texto refundido de la Ley Concursal. Esa autorización no era sólo para refundir, sino que incluía expresamente la facultad de «regularizar», la facultad de «aclarar» y la facultad de «armonizar» los textos legales objeto de refundición (art. 82.5 CE). No se trataba de confeccionar un texto consolidado, sino de algo mucho más ambicioso: la idea que estaba latente en esa disposición final era la de que existía una acusada necesidad de regularizar, aclarar y armonizar las normas contenidas en la muy compleja y desordenada Ley Concursal. Ciertamente, es difícil encontrar una Ley reciente que haya sido objeto de tantas modificaciones. En efecto, las muchas y muy importantes –y no siempre afortunadas– modificaciones llevadas a cabo a lo largo de los años de vigencia de la Ley 22/2003, de 9 de julio, y, muy especialmente, las realizadas en los años 2014 y 2015, hacían especialmente aconsejable afrontar esa delicada tarea. Sin duda alguna, el proceso continuado de reforma de la Ley Concursal ha permitido superar algunos defectos de concepción de la propia ley; ha contribuido a flexibilizar un procedimiento demasiado rígido; ha posibilitado la introducción en el Derecho español de los denominados «expedientes preconcursales»; y ha ofrecido soluciones novedosas a algunos de los problemas manifestados en la aplicación práctica de dicha ley. Sin embargo, junto con otros aspectos positivos, las reformas más recientes, materializadas sin un estudio suficiente y detenido, no sólo han producido una muy grave ruptura del delicado equilibrio de intereses conseguido en la redacción originaria de la Ley Concursal, sino que han abierto delicados problemas de interpretación y los no menos delicados problemas de relación entre esa redacción originaria o ya modificada y la redacción ahora vigente. La mala técnica legislativa no ha hecho sino acrecentar esos problemas.
La idea que parece haber inspirado la redacción de esa disposición final octava es la de que todo aquello que pueda solucionarse mediante modificaciones sistemáticas y de redacción de las normas legales vigentes debe materializarse en ese necesario texto. Naturalmente, por muy amplios que sean los términos para elaborar un texto refundido, el resultado no puede conducir a soluciones distintas de las ya arbitradas por el legislador. Pero, con todo, si se realiza con acierto, partiendo, por supuesto, de un conocimiento lo más completo posible de lo que acontece en la práctica, podrá solucionar muchas de las cuestiones que ahora ocupan a quienes resultan implicados por la insolvencia declarada del deudor común.
El IX Congreso Español de Derecho de la Insolvencia contó con la presencia e intervención de destacados especialistas, provenientes de diferentes ámbitos profesionales, con la intención de suscitar un animado debate en torno al alcance de esa regularización y al sentido de la aclaración y armonización de la legislación concursal.
La presente obra recoge sustancialmente las ponencias y comunicaciones presentadas en dicho Congreso, a la espera de que sea un instrumento útil para quienes desarrollan su labor en el ámbito del Derecho de la insolvencia o pretenden aproximarse al mismo.
Madrid, octubre de 2017