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XIV. PROGRAMAS DE «COMPLIANCE» Y PREVENCIÓN DE RIESGOS PENALES
ОглавлениеEl término compliance tiene su origen en el derecho angloamericano y su uso en materia jurídica lleva implícito el with the law, es decir, el cumplimiento legal o con la ley. Por tanto, una traducción correcta de dicho concepto al español podría ser el de «programa de cumplimiento legal», o «programa de cumplimiento efectivo».
En definitiva, los compliance programs describen nuevos conceptos de la dirección empresarial, dirigidos a determinados objetivos y procedimientos en la dirección de las empresas.
Y en especial, los programas compliance van dirigidos a prevenir y neutralizar la criminalidad empresarial, dado que con ellos se expande una ética empresarial o corporativa positiva que conseguirá orientar a los empleados y directivos a tener una conducta respetuosa, cuidadosa a fin de evitar o de que lleven a cabo conductas delictivas.
Dichos programas actúan como un potente disuasorio e intimidatorio de conductas ilícitas por parte de los miembros de la persona jurídica, a quienes el programa les recuerda que deben cumplir la ley, conminándoles con la oportuna sanción a quienes la infrinjan.
Por otro lado, los programas de cumplimiento actúan como un detector de las conductas dolosas o negligentes de miembros de la empresa.
Y, por último, no puede olvidarse que una vez que la persona jurídica haya sido imputada, el establecimiento de un programa de compliance con posterioridad a la comisión del delito, pero antes de la celebración del juicio oral, puede dar lugar a la atenuación de la pena.
Por tanto, los programas de cumplimiento interno de las empresas no se agotan en la prevención, sino que requieren detección, reacción y seguimiento de los eventualesincumplimientos de la normativa interna.
Los programas de compliance son también especialmente apropiados para prevenir la criminalidad debido a sus contenidos específicamente relacionados con la prevención de la criminalidad.
Por otro lado, no puede olvidarse que los programas de compliance tienen límites jurídicos:
- Los derechos de personalidad de los trabajadores frente a una vigilancia técnica de los trabajadores de la empresa.
- La protección de los trabajadores frente a sistemas sancionadores internos de la empresa.